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Artículo 1

Decreto 1410 de 1966 · por el cual se nombra la representación de Colombia en una reunión de la ALALC.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Designase al doctor Alberto Ospina, en representación de la Superintendencia de Comercio Exterior y a la doctora Lucila Lozano de Estrada, Ingeniero Electricista al servicio de la División del Arancel, de la Dirección Nacional de Aduanas, para que asistan en representación de Colombia a las reuniones que tendrán lugar en Montevideo, a partir del 13 de junio del presente año, la primera para negociar un Acuerdo de Complementación de la Industria Electrónica, y la segunda, Sectorial de las Industrias Electrónicas y de Comunicaciones Eléctricas de la ALALC.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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