TRIBUNAL SUPERIOR DE CARTAGENA MAGISTRADO: RADICACION: FECHA PROVIDENCIA:
Sentencias — Tribunal Superior de Cartagena
Radicado: 7000131210042014008800
Sujetos: Solicitante: WILDER ANTONIO HERNÁNDEZ VANEGAS, GLOBIS JACINTO MERCADO VANEGAS, DORCA CELIS HERNÁNDEZ VANEGAS Y HEREDEROS DETERMINADOS ELIZABETH, ULISES HERNÁNDEZ VANEGAS, MARY LUZ MERCADO VANEGAS E INDETERMINADOS DE LA FINADA EFIGENIA VANEGAS BERRIO (Q.E.P.D.) \ Opositor: OLGA MARTÍNEZ RÍOS Y GLORIA MARTÍNEZ LLORENTE.
Descriptores: TITULARIDAD DEL DERECHO DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS - / DESPLAZAMIENTO FORZADO - / CALIDAD DE VÍCTIMA - / BUENA FE EXENTA DE CULPA - / JUSTICIA TRANSICIONAL Y LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO - / TESIS: La relación jurídica del solicitante con el bien objeto de restitución, que puede derivarse de la calidad de propietario o poseedor o explotador de baldíos cuya propiedad se pretenda adquirir por adjudicación, se tiene que los solicitantes manifiestan que durante años junto a su madre Efigenía Vanegas Berrio y el señor Ulises Rafael Hernández Batista (quien además era padre de los solicitantes Dorca Celis, Wilder y Elizabeth Hernández Vanegas), ya fallecidos, habitaron y explotaron económicamente el predio Pela Bollo-El Sapote. Es menester precisar que el predio solicitado en restitución fue adjudicado por el lncoder mediante Resolución No. 254 de 28 de mayo de 2009, a las señoras Oiga Lucía Martínez Ríos y Gloria Elena Martínez Llorente, por lo que el fundo actualmente es privado, sin embargo, se deduce entonces que para la época en que los solicitantes junto a sus padres habitaron y explotaron la finca de acuerdo a los hechos narrados en la demanda, el inmueble era un bien baldío perteneciente a la Nación, por lo que estos últimos ostentaban la calidad de ocupantes, pese a que manifiestan los solicitantes que el bien fue adquirido por sus ascendientes mediante una herencia y una compraventa, y que vendría hacer parte del haber sucesora! que correspondería a ellos. Por lo q
Ponente: Laura Elena Cantillo Araujo
Fecha: 2017-04-25