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Sentencias — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 4700131210022014000900

Sujetos: ACCIONANTE/SOLLCITANTE: PETRONA MERIÑO CACERES Y OTROS. ACCIONADO/OPOSITOR: LA FRANCISCA S.A.S. Y OTROS

Descriptores: DESPLAZAMIENTO FORZADO - / CONTEXTO DE VIOLENCIA GENERALIZADA - / CALIDAD DE VÍCTIMA - / RESTITUCIÓN DE TIERRAS POR COMPENSACIÓN - / BUENA FE EXENTA DE CULPA - / TESIS: Se demuestra el desplazamiento forzado padecido por las víctimas y su relación jurídica con los predios Las Franciscas I y Francisca II. Se ampara el derecho fundamental a la restitución de tierras abandonadas a: PETRONA MERIÑO, MARIA DEL ROSARIO SARABIA, MABEL SARMIENTO, JUANA ZAPATA, NILETH DIAZ, CRISTINA RIVERA, LEOPOLDO GÓMEZ, RAFAEL LOBATO, JUAN CHARRIS, RAFAEL CUADRADO, MODESTO MIRANDA, WILFRIDO CHARRIS, RAFAEL GUERRERO, RAMON AHUMANDA, MANUEL MIRANDA, NESTOR MIRANDA, ANGEL RODRIGUEZ, JULIO MACHACON, ELISEO PADILLA, EVER FERNANDEZ, RICARDO GARCIA, CARLOS MARQUEZ, MIGUEL RODRIGUEZ, FEDERICO AYOLA, LUIS MÁQUEZ CONRADO, JOSÉ CASTELLANOS, ÁNGEL LONDOÑO, CESAR RADA, HENRYS SOLANO, ALBERTO CHARRIS, JOSE CHARRIS, ANGELA OROZCO, ELIZABETH OROZCO, MATILDE CASTRO, ROSMINE SAN JUAN, ARCENIA PEREZ, CARMEN PAREJO, JOSE OROZCO, MIGUEL MANDA MEDINA, FRANCISCO FERNANDEZ, ARNULFO BARRANCO, GABRIEL GARCIA, JAIRO CASTRO, PEDRO RUIZ, ADOLFO FERNANDEZ, PABLO PAREJO, RAFAEL OROZCO y TOMAS TORREGROZA MIRANDA. No procede la buena fe exenta de culpa invocada por el opositor. Tema : DESPLAZAMIENTO FORZADO - / CONTEXTO DE VIOLENCIA GENERALIZADA - / CALIDAD DE VÍCTIMA - / RESTITUCIÓN DE TIERRAS POR COMPENSACIÓN - / BUENA FE EXENTA DE CULPA - / TESIS: Se demuestra el desplazamiento forzado padecido por las víctimas y su relación jur

Ponente: Martha Patricia Campo Valero

Fecha: 2018-01-24

TRIBUNAL SUPERIOR DE CARTAGENA MAGISTRADO: MARTHA PATRICIA CAMPO VALERO RADICACION: 4700131210022014000900 FECHA PROVIDENCIA: 24/01/2018 HECHOS: 1.

HECHOS DE LA SOLICITANTE PETRONA MERIÑO CACERES. De acuerdo a los hechos relatados en la demanda, se tiene que la señora PETRONA MERIÑO CACERES, llegó a las Franciscas junto con su esposo, JOSE KELSY CARRERA (Q.E.P.D.), en el año 1987 y que luego regresó en el 1996. Se informa que en la parcela tenían sembrado plátano, limón, guayaba, mango y ají. Se dice, además, que tenían un rancho en la parcela, condiciones que actualmente mantienen la solicitante y su núcleo familiar.

Que el despojo y desplazamiento forzado al que se vio expuesta la solicitante y su familia generó en ellos una serie de daños psicosociales, económicos, familiares e individuales, que perturbaron el proyecto de vida que tenían en familia. Se indica que las afectaciones psicosociales, tienen su origen en el asesinato selectivo del cual asegura fue víctima el esposo de la señora Petrona Meriño, hecho por el cual tanto la actora como sus hijos han sentido una profunda tristeza y tuvo que asumir la responsabilidad de padre y madre de sus menores hijos.

En el caso de su hija Carolina, quien tenía 4 años al momento del asesinato de su padre, sufre de problemas de memoria y comportamiento y su hijo Deymer, quien para ese entonces contaba con 10 años de edad y presenció la muerte violenta de su padre, refiere sentir un intenso miedo al considerar el retorno a las tierras donde fue violentamente asesinado el señor José Kelsy Carrera.

Respecto de las dificultades económicas, la situación de la señora PETRONA MERIÑO, se asegura es complicada, toda vez que los pocos ingresos con los que ha logrado sostenerse ella y su familia, son producto de trabajos como el corte y recolección de fruta, pasando por incumplimiento en los pagos por parte de sus empleadores, por lo que actualmente se dedica a la venta de cerdo frente a su casa que le permite contar con ingresos económicos permanentes, más no suficientes. 2.

HECHOS DE LA SOLICITANTE MABEL DEL SOCORRO SARMIENTO JULIO. Explica el apoderado de los solicitantes, que la señora Mabel Sarmiento Julio, explotaba el predio denominado EL RENACER que ocupó junto con su pareja ABEL BOLAÑO MORALES, ubicado en el predio La Francisca 1, señala que su ingreso a la parcela como la mayoría de los solicitantes fue en el año 1996 e iniciaron su vida en pareja en el año 1999.

Comenta que después de ser despojada de su predio y desplazada forzosamente, la señora Mabel Sarmiento y su familia no sólo perdieron su fuente principal de ingresos, sino que se vieron abocados a una serie de daños individuales, psicosociales y económicos, especialmente porque son víctimas directas del asesinato selectivo del ABEL BOLAÑO MORALES.

Aduce el representante de los actores, que la señora Mabel Sarmiento y su núcleo familiar han sufrido desde el 2004 las consecuencias psicosociales por ser víctimas de tales hechos violentos, así como de discriminación por su color de piel, lo que los han llevado a vivir en circunstancias de vulnerabilidad y frustración al ver como no solo perdieron su tierra, vivienda, recursos, vida en comunidad.

Se afirma que, la señora Mabel del Socorro Sarmiento ha ejercido de buena fe la posesión del predio de menor extensión desde 1999. 3.

HECHOS DE LA SOLICITANTE MARÍA DEL ROSARIO SARABIA BUSTAMANTE. Comenta que la señora MARIA DEL ROSARIO SARABIA BUSTAMANTE, está vinculada con el predio desde el año 1996 donde justo a su esposo ABEL AVILA (Q.E.P.D.), ejercían la posesión del mismo. Se indica que el 24 de enero de 2001, en hechos aún confusos, el señor ABEL ÁVILA fue asesinado, por lo que la solicitante continuó haciendo posesión del predio "Las Marías" en las Francisca l. Al igual que todos los y las solicitantes, vivía en comunidad y con su familia.

Se hace alusión a que la solicitante tenía cultivos de yuca, plátano, papaya y estaban preparando un sector para el cultivo de banano. Que luego del asesinato de su pareja, a señora María del Rosario se vio obligada asumir como madre cabeza de familia y además de ese hecho victimizante, tuvo que padecer, junto a toda la comunidad el desplazamiento forzado del año 2004.

Explica que posterior al despojo de su predio y desplazamiento forzado de su predio, la señora María del Rosario Sarabia y su familia no sólo perdieron su fuente principal de ingresos, sino que se han visto abocados a una serie de afectaciones familiares, psicosociales y económicas. Señala que la solicitante y su familia se instalaron en Orihueca, donde la señora Sarabia Bustamante volvió a vivir en pareja, sin embargo, en el año 20 10 su nueva pareja también fue asesinada y tuvo que desplazarse nuevamente.

Así mismo, denuncia que por su rol de líder y por su lucha continua por los derechos de las mujeres víctimas del conflicto armado interno, siendo beneficiaria del auto 092 de 2008 de la Corte Constitucional - una de sus hijas sufrió de persecución política, por lo que tuvo que abandonar el país e irse a vivir al extranjero. 4.

HECHOS DE LA SOLICITANTE ISMENIA MORALES MATTOS. Se explica, que en el caso de la señora ISMENIA MORALES, vivía con su familia en las fincas LAS FRANCISCAS. Señala que entre sus familiares vivía su hijo ABEL BOLAÑOS MORALES, quien desde 1996, explotaba un predio de aproximadamente tres hectáreas. Se relaciona que después del desplazamiento forzoso masivo que sufrió la comunidad por el asesinato del líder JOSE KELSY, algunas familias y solicitantes, en cabeza del líder ABEL BOLAÑO MORALES buscaron retornar a sus predios.

Se pone de manifiesto, que en el 2005 ocurrió el asesinato selectivo del señor Bolaño, quien no tuvo hijos, pero convivía con la señora Mabel del Socorro Sarmiento y sus dos hijos, a los cuales asumió como propios. Se resalta en los hechos de la solicitante, que después de la muerte de su hijo Abel Bolaño, se vio en la necesidad de dispersarse como estrategia de supervivencia, dirigiéndose a diversos destinos, que distanciaron sus vínculos y comunicación. Manifiesta el apoderado de la actora, que en vista de que Abel Bolaños Morales, hijo de la señora lsmenia Morales Mattos, ejerció de buena fe la posesión del predio de menor extensión hasta la fecha de su asesinato, la señora lsmenia, en calidad de heredera legítima en el segundo orden por ser su madre, alega haber adquirido el derecho a que le sea reconocida la prescripción adquisitiva de dominio a su favor, la porción que le corresponde frente a la masa herencial equivalente al 50% del predio objeto de su solicitud. 5.

HECHOS DE LA SOLICITANTE JUANA ZAPATA JIMENEZ. Se aduce que la señora JUANA ZAPATA, llegó a las Franciscas junto con su esposo y su núcleo familiar alrededor del año 1996. En la parcela que ocupaban sembraba guineo, plátano, yuca, ají y limón. Tenía además un rancho en la parcela. Continua en su relato, argumentando que el desplazamiento forzoso al que se vio expuesta la solicitante, generó en ella y en su núcleo familiar una serie de afectaciones psicosociales y económicas.

Se dice que, desde la ocurrencia de los hechos victimizantes, la señora Juana Zapata ha sufrido de ataques de nervios y profundas depresiones como consecuencia del asesinato de su hermano y la muerte de su mamá, a escaso un mes después. Comenta que su situación económica es preocupante, toda vez que los ingresos que percibe es el sueldo de su esposo, donde le pagan $550.000 como ingreso fijo, lo que según sus afirmaciones no es suficiente para costear sus necesidades básicas, tanto así, que afirma que en muchas ocasiones el dinero no es suficiente para comprar las tres comidas diarias para la familia. 6.

HECHOS DE LA SOLICITANTE NILETH DEL CARMEN DIAZ FUENTES. Se informa que la señora NILETH DIAZ FUENTES, llegó junto con su compañero MANUEL ISISDRO JIMENEZ DIAZ a las FRANCISCAS en el año 2001, cuando entró con el consentimiento de la señora Adelaida María Fernández, quien ejercía la posesión desde el año 1996. Se afirma que mientras ejercieron la posesión, la actora y su núcleo familiar, se dedicaron a cultivos de pan coger.

Señala que luego del desplazamiento, su familia se vio obligada a vivir en condiciones de miseria con afectación directa de su mínimo vital, que hasta la fecha lo vienen soportando. Se hace mención, que en las condiciones actuales de la señora Nileth Díaz, ésta se encuentra desempleada y su compañero es una persona en condición etaria, quien no cuenta con posibilidades de obtener un empleo, y afirma que actualmente no les dan empleo por ser parte de los reclamantes del predio. 7.

HECHOS DE LA SOLICITANTE CRISTINA ISABEL RIVERA ACUÑA. Explica que la señora CRISTINA ISABEL RIVERA, llegó junto con su compañero LUIS ALFONSO IGLESIAS, al predio 'MARIA JOSE', ubicado en Las Franciscas para el año 1996, dedicándose al cultivo de guineo y limón. Que luego de ser víctima del despojo y desplazamiento forzado, la señora Cristina Isabel y su familia no sólo perdieron su fuente principal de ingresos, sino que se han visto abocados a una serie de daños individuales, familiares, psicosociales y económicas.

Indican que la situación económica y laboral por la que atraviesan es precaria, ya que la solicitante ha tenido que subsistir como empleada doméstica mientras que el señor IGLESIAS no pudo seguir trabajando en el campo y subsiste por medio de la venta de fruta ambulante. 8.

HECHOS DEL SOLICITANTE LEOPOLDO ENRIQUE GÓMEZ ESTRADA. Manifiesta el apoderado de los solicitantes que el señor Gómez Estrada, llegó junto con su compañera Dora Ortiz Charris a las Franciscas alrededor del año 1996 y se dedicó con su familia al cultivo de pan coger y frutales. Manifiestan que la compañera del solicitante, señora Dora Ortiz Charris, se encuentra actualmente incapacitada físicamente, y requiere atención médica inmediata para su protección, como consecuencia de las experiencias traumáticas que han vivido posteriores al desplazamiento.

Afirma que sus hijos han visto afectado su proyecto de vida en condiciones que comprometen su mínimo vital, en razón de la situación económica de su padre. 9.

HECHOS DEL SOLICITANTE RAFAEL GUILLERMO LOBATO MARTINEZ. Comentó que el señor Rafael Lobato Rodríguez, llegó junto con su compañera Fabiola Botello Sanguino al predio denominado La Flojera, ubicado dentro de "La Francisca I" en el año 2001, por compraventa de posesión a la señora Juana Zapata, otra de las solicitantes de esta demanda y quien venía ejerciéndola desde el año 1996.

En el feudo, el solicitante y su núcleo familiar se dedicaron al cultivo de pan coger, en especial limón, plátano y ají. Se argumenta que cada miembro de la familia sufrió una afectación a su proyecto de vida, en particular sus hijos Tahiris Paola y Wendy Vanesa, a quienes se les privó del acceso a la educación y formación profesional, relegándoles en un mundo cada vez más competitivo.

Que el señor Rafael Lobato, fue privado de ejercer el libre de desarrollo de su personalidad en los años productivos de su vida, donde ha perdido la fuerza laboral y ahora solo puede sobrevivir con algunas labores ocasionales. 10.

HECHOS DEL SOLICITANTE JUAN BAUTISTA CHARRIS PAZOS. Se relaciona en los hechos de la presente solicitud, que el señor Juan Bautista Charris, llegó a "Las Franciscas" en el año 1987 junto con toda su familia, quienes también se distribuyeron en parcelas contiguas por ser todos miembros de la AUCIBE. Luego retornaron en 1996. Se dice que en el terreno que ocupaban sembraron maíz, ahuyama, papaya, yuca, limón, zapote, tomate, cebolla y mango.

En cuanto a las consecuencias del alegado desplazamiento forzado del que dice haber sido víctima, pone de presente que su hija LEONARDA, hija del solicitante, sufra serias dificultades para conciliar sueño, alteraciones permanentes cada vez que escucha ruidos fuertes y constantes sentimientos de angustia. Respecto de las dificultades económicas, la situación del señor Juan Bautista, presenta dificultades, toda vez, que por ser quien se encarga de acompañar a su esposa a las citas médicas, no puede emplearse de manera fija. 11.

HECHOS DEL SOLICITANTE RAFAEL ANTONIO CUADRADO MEJIA. Explica el representante de los actores, que el señor Rafael Cuadrado Mejía, llegó a Las Franciscas desde antes del año 1994 y retornó al predio en 1996. En dicho predio, el señor Cuadrado Mejía y su núcleo familiar, tenían un rancho en el predio y se dedicaban al sembrado de cultivo de pan coger y frutales.

Se indica en los hechos, que el abandono forzoso del que fue víctima el señor Rafael Cuadrado y su compañera, Rosario Belén Retamozo, genero afectaciones en su proyecto de vida, lo que afectó su derecho al mínimo vital. Señala que sus hijos ESPERANZA CEICLIA, SANDRA MARIA, DORALIS ISABEL, ADIEL RAFAEL, MARIA JOSEFEA, VICTOR HUGO, VIANDRA JUSITH y MAURY, se vieron sufrieron las consecuencias del desplazamiento al no poder continuar con una preparación como herramienta para lograr un mejor vivir. 12.

HECHOS DEL SOLICITANTE MODESTO ANTONIO MIRANDA DE LA HOZ. Se expone que el señor Modesto Miranda de la Hoz, es miembro de la AUCIBE desde sus inicios, por lo que, al igual que todos los y las solicitantes, desde el año 1996 posee el predio que ha denominado LA OSNEYDA ubicado en LA FRANCISCA l. Expresa que, en dicho predio, de la mano con su familia, cultivaba banano, plátano y limón. Que además tenía un pozo y una casa de zinc. Indica que luego del despojo y desplazamiento forzado, el señor Miranda de la Hoz y su familia perdieron su fuente principal de ingresos, fueron víctimas además de la vulneración de sus derechos al trabajo, derecho de asociación, el mínimo vital, por lo que sus hijos no pudieron continuar sus estudios.

Por su parte, se manifiesta que el señor Modesto Miranda tuvo que dedicarse a trabajar como jornalero de corte, sin embargo, por su edad se le ha negado la posibilidad de trabajar. Además, afirma que el actor, fue víctima especial del despojo por negocio jurídico, ya que los paramilitares le obligaron a él a recolectar la "cuota" que cada uno de sus compañeros y compañeras debían darle a este grupo con motivo de su intermediación para el negocio de las mejoras.

Señala que dicha situación conllevó a que muchos de la comunidad lo estigmatizaran como paramilitar y su derecho al buen nombre se vio afectado, lo que generó una disociación en la unidad asociativa de los y las solicitantes. 13.

HECHOS DEL SOLICITANTE WILFRIDO CHARRIS FORNARIS. Se pone de presente que el señor Wilfrido Charris Fornaris, llegó a LAS FRANCISCAS por intermedio un cuñado alrededor del año 1996, quien lo contactó con la AUCIBE y así le fue asignada una parcela. Que en esa porción de terreno sembraba yuca, mango y guayaba. Menciona además tener una empacadora.

Aduce que los hechos violentos de los que fue objeto junto a la comunidad conllevaron a que su compañera permanente sufriera de ataques de nervios que generaron consecuencias adversas por su estado de embarazo para el momento en que ocurrió el desplazamiento. En relación a las dificultades que padeció el señor Wilfrido Charris, se agrega que su situación económica no es óptima, ya que aun cuando se encuentra beneficiado con una pensión de vejez por haber laborado durante el tiempo exigido por ley en una finca de la zona, el dinero que recibe por ese concepto es equivalente a un (1) SMLMV, lo que señala no es suficiente para el sustento de todo su núcleo familiar. 14.

HECHOS DEL SOLICITANTE RAFAEL ANTONIO GUERRERO RESTREPO. Se afirma que la llegada al predio Las Franciscas de parte del señor Rafael Antonio Guerrero y su familia tuvo lugar alrededor de 1996. En el mencionado predio, el solicitante se dedicó en compañía de su familia al cultivo de pan coger. Señala que el señor Guerrero Restrepo y su compañera Rosario Toledo Orellano, son personas mayores de 60 años que han perdido su fuerza laboral y se han visto obligados a vivir de actividades intermitentes en condiciones de pobreza, sin un lugar fijo donde vivir y al arbitrio de sus hijos. 15.

HECHOS DEL SOLICITANTE RAMON AHUMADA MONSALVO. Se comenta que el señor Ramón Ahumada Monsalvo, llegó al predio Las Flores en el año 1996, donde explotó la tierra junto a su compañera y núcleo familiar con cultivos de yuca, plátano, mango y limón. Se afirma que producto del desplazamiento sufrido, el solicitante tuvo que buscar una fuente de ingresos y dejar su independencia económica, lo que lo llevó a trabajar por 8 años en precarias condiciones laborales, ya que no le reconocieron los derechos legales por su actividad.

Desde el momento en que dejó dicho trabajo y hasta la fecha, depende de jornales y días de corte, aunque por su edad y por ser desplazado de Las Franciscas le es muy dificultoso conseguir trabajo y por lo tanto sus condiciones económicas son precarias. Indica que su compañera SUNILDA MARÍA LÓPEZ PÉREZ tampoco ha podido conseguir trabajo y, junto con ello, ha vivido con temor desde el desplazamiento, tanto que aún se considera en riesgo.

Al igual que el solicitante, ha vivido con mucha frustración la división de su núcleo familiar y la imposibilidad de darle educación a uno de sus hijos, afectando su proyecto de vida. 16.

HECHOS DEL SOLICITANTE MANUEL CALIXTO MIRANDA DE LA HOZ. Se informa que el señor Manuel Calixto Miranda De La Hoz, llegó el predio Las Franciscas en el año 1996, por recomendación de sus hermanos quienes hicieron parte del grupo de personas que llegó en 1987. En el terreno que ocupaba sembraba yuca, maíz, papaya, melón y limón, y tenía construido un rancho.

Afirma que desde la ocurrencia de los hechos que dieron origen a su desplazamiento del predio, ha sufrido afectaciones psicosociales, como ataques de nervios constantes y se encuentra emocionalmente afectado por toda la situación que ha tenido que vivir junto a su núcleo familiar, requiriendo de atención urgente para garantizar su calidad de vida.

Se relata que la situación económica del señor Manuel Calixto Miranda, es bastante precaria, toda vez que ha tenido que recurrir a oficios en los cuales no tenía ninguna experiencia, y que en los últimos tiempos se ha visto obligado a pedir múltiples préstamos. 17.

HECHOS DEL SOLICITANTE ÁNGEL MARÍA RODRÍGUEZ MOLINARES. Comenta que el señor ÁNGEL MARÍA RODRÍGUEZ MOLINARES llegó a LAS FRANCISCAS alrededor del año 1 996 con el fin de utilizar su parcela para vivienda y para sostenimiento. En su terreno sembraba banano, papaya, limón y guayaba. Igualmente tenía construido un rancho en láminas de zinc y madera, una empacadora y un pozo.

Respecto de las dificultades económicas, del Señor ÁNGEL MARÍA RODRÍGUEZ MOLINARES se indica al igual que todos los solicitantes, se torna difícil toda vez que la falta de un ingreso fijo, comparado con el ingreso semanal que obtenía de la parcela, ha dificultado que sus familiares puedan tener una buena calidad de vida. Afirma que sus hijos no han podido estudiar pues las facilidades que tenían en LAS FRANCISCAS no son las mismas que tienen ahora en Orihueca.

Sus hijos se vieron obligados a desplazarse a Bogotá en busca de mejores oportunidades laborales, generándose una ruptura del núcleo familiar. 18.

HECHOS DEL SOLICITANTE NESTOR JOSE MIRANDA DE LA HOZ. Explica que el señor NÉSTOR JOSÉ MIRANDA DE LA HOZ llegó a Las Franciscas en el año 1987 y retornó en el año 1996, a partir del cual ejerció posesión sobre el predio. En el terreno sembraba yuca, maíz, limón, plátano y guayaba. Igualmente tenía construida su vivienda en la parcela y se dedicaba a la cría de unos puercos, unos carneros y unas gallinas.

En cuanto a las afectaciones psicosociales, desde la ocurrencia de los hechos victimizantes, se argumenta que el solicitante, junto con su núcleo familiar, ha sufrido de ataques de nervios y, en concreto, el señor MIRANDA sufre de desmayos constantes, con ocasión al recuerdo del desplazamiento forzoso y que, con posterioridad a estos hechos, tuvieron que vivir alojados y escondidos por parientes y amigos para evitar que su vida corriera peligro.

Hace relación a las dificultades económicas que tuvo que atravesar luego del desplazamiento, alegando que el señor NÉSTOR JOSÉ MIRANDA DE LA HOZ por su condición etaria no se encuentra en la capacidad de trabajar en corte y recolección de frutas, pero tampoco consigue otra fuente de ingresos que le permita su subsistencia y la de su núcleo familiar.

Señala que actualmente, se mantiene económicamente gracias al apoyo que le brindan sus yernos. Afirma que las ayudas económicas que recibió en 10 años por parte de entidades estatales no fueron más de cuatro y ninguna sobrepasó los DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS M/CTE. ($270.000.00). 19.

HECHOS DEL SOLICITANTE FEDERICO ANTONIO AYOLA RIVALDO. Se hace referencia en los hechos de la solicitud que el señor FEDERICO ANTONIO AYOLA RIVALDO llegó junto con su compañera MARIA LOURDES FERNÁNDEZ SUAREZ al predio denominado VILLA LUZ ubicado dentro de LA FRANCISCA I en el año 2000. Predio que afirma haber recibido de Cesar Borrego quien tuvo la posesión del predio desde 1996.

Allí se dedicó al cultivo de pan coger, en especial, al limón, plátano, ají. Afirma el representante judicial del grupo de solicitantes, que el abandono forzoso, seguido del despojo material del predio en el caso del señor FEDERICO ANTONIO AYOLA RIVALDO y su núcleo familiar, ha ocasionado daños individuales. El núcleo familiar en su totalidad se encuentra afectado en su mínimo vital, requiriendo ayuda inmediata para su protección. En particular, el menor MARLON BRANDO AYOLA requiere tratamiento médico para su recuperación física por la condición de sus miembros inferiores.

Finalmente, tanto el solicitante como su núcleo familiar aseguran haber padecido los daños y afectaciones por las graves violaciones a los Derechos Humanos que han sufrido desde los hechos violentos hasta la fecha, en particular, por la connotación que tiene el solicitante como líder de la Asociación Campesina. 20.

HECHOS DEL SOLICITANTE ELISEO PADILLA MENDOZA. Comenta que el señor ELISEO PADILLA MENDOZA llegó junto con su compañera LAUDELINA ISABEL CANTILLO TORRES al predio denominado PROVENIR ubicado dentro de LA FRANCISCA I alrededor del año 1994. En el predio, el señor ELISEO PADILLA MENDOZA, junto con su núcleo familiar tenía un rancho de bahareque, un novillo, construyó un pozo artesanal de 20 metros y se dedicaba al sembrado de cultivo de limón, guayaba, ají, zapote.

Señala que el abandono forzoso, seguido del despojo material del predio del señor ELISEO PADILLA CANTILLO TORRES y sus hijos LUZ ENA, CLAUDIA PATRICIA, MILENA DE JESUS Y VICTOR MANUEL PADILLA CANTILLO, los ha afectado emocionalmente y en el núcleo familiar en su vida en relación, por el rompimiento del proyecto de vida de cada uno de los miembros de la familia, al verse abocados a abandonar el sueño de los estudios profesionales, con afectación directa al mínimo vital, lo que han tenido que soportar hasta la fecha. 21.

HECHOS DEL SOLICITANTE LUIS EDUARDO MARQUEZ CONRADO. Se hace relación en los hechos de la solicitud, que el señor LUIS EDUARDO MARQUEZ CONRADO llegó junto con su compañera EMILSE JUDITH ESCOBAR AVILA al predio denominado LUZ MARY, ubicado dentro de LA FRANCISCA I en el año 2000, parcela que poseía el señor ROBINSON LARA MONSALVO desde el año 1996.

Se hace mención que en el predio, el señor LUIS EDUARDO MARQUEZ CONRADO y su núcleo familiar se dedicó al cultivo de frutas y hortalizas. Comentan que el abandono forzoso, seguido del despojo material del predio que sufrió el señor LUIS EDUARDO MARQUEZ CONRADO, y su núcleo familiar, ha sido determinante en que el accionante haya tenido que vivir en condiciones de miseria con afectación directa al mínimo vital.

Indica que sus hijos JUANA ISABEL, LUIS MARIS, LUIS EDUARDO, LUISA MERCEDES y EMILIO MANUEL, después de ser despojados de su predio y desplazados forzosamente, han estado en condiciones de necesidad extrema. Afirma que su hijo EDINSON RAFAEL sufre de afecciones en el corazón y ataques de pánico por la experiencia del desplazamiento. 22.

HECHOS DEL SOLICITANTE CESAR ANTONIO RADA REALES Explica que el Señor CÉSAR ANTONIO RADA REALES llegó a Las Franciscas en 1987, junto con su esposa y sus hijos. Comenta que recibió una asignación del terreno por parte de sus compañeros de la AUCIBE y en este se dedicaba a sembrar y exportar guineo. A este regresó en el año 1996. Señala que debido al buen desarrollo del negocio agrícola, tenía en su parcela LA ANGY una empacadora de guineo, un sistema de riego, una quitadora y un motor, de los cuales no pudo recuperar sino una parte con posterioridad al desplazamiento En cuanto a las afectaciones psicosociales, indica que desde la ocurrencia de los hechos victimizantes, la compañera permanente del Señor CÉSAR ANTONIO RADA REALES se ha visto obligada a recibir tratamiento psicológico como consecuencia de sus ataques de nervios, que se potenciaron con el asesinato de un tío, un primo y un tío político del solicitante en Iberia.

Respecto de la situación económica del Señor CÉSAR ANTONIO RADA REALES, manifiesta que es preocupante toda vez que tiene varias deudas, que no ha sido posible que sus hijos accedan a educación e incluso llevó a que perdiera su casa en Iberia. A la fecha, el solicitante no tiene un trabajo estable y depende de la oportunidad que le brinden en fincas de la región para hacer cortes diarios y poder obtener algún tipo de remuneración por su oficio que le permita sostener a su familia. 23.

HECHOS DEL SOLICITANTE CARLOS ADOLFO MARQUEZ VARGAS. Manifiesta que el Señor CARLOS ADOLFO MÁRQUEZ VARGAS llegó a LAS FRANCISCAS en el año 1987 y retornó junto con la mayoría de la comunidad en 1996. En su terreno tenía sembrados cultivos de pan coger, de donde generaba su subsistencia y la de su núcleo familiar. Respecto de las dificultades económicas, la situación del Señor CARLOS ADOLFO MÁRQUEZ VARGAS es complicada, en la medida en que no ha podido conseguir un empleo estable desde que fue desplazado de su parcela.

En el momento reside en Iberia y se mantiene mediante lo que logra recibir por trabajos temporales de corte y recolección de banano en fincas aledañas sin que esto sea suficiente para el mantenimiento de condiciones dignas de su núcleo familiar. 24.

HECHOS DEL SOLICITANTE JOSE HILARIO CHARRIS MORALES. Se indica que el Señor JOSÉ HILARIO CHARRIS MORALES llegó a LAS FRANCISCAS en el año 1987 junto con toda su familia, quienes también se distribuyeron en parcelas contiguas por ser todos miembros de la AUCIBE y a las cuales retornaron en 1996. En su terreno sembraba maíz, ahuyama, yuca, papaya, limón, guanábana, zapote, tomate, cebolla y mango.

Alega que el desplazamiento forzoso al que se vio expuesto generó en él y en su núcleo familiar una serie de afectaciones físicas, psicosociales y económicas. En cuanto a las afectaciones físicas y psicosociales, una vez el Señor JOSÉ HILARIO CHARRIS MORALES se vio obligado a desplazarse a San Pedro de Urabá junto con su familia, enfermó de manera prolongada y sufrió constantes ataques de nervios atribuibles al recuerdo de los hechos victimizantes, que afectaron directamente a su núcleo familiar, por tener relación con ABEL BOLAÑOS MORALES. 25.

HECHOS DEL SOLICITANTE ANGEL DARIO LONDOÑO CANALES. Pone de manifiesto el apoderado de la Comisión Colombiana de Juristas que el señor ÁNGEL DARÍO LONDOÑO CANALES llegó a LAS FRANCISCAS en el año 1996. Aprovechando la existencia de la AUCIBE acudió a ellos con el fin de que le fuera asignado un predio y la Asociación procedió a otorgarle uno de dos hectáreas (2 Ha.) con el fin de que las trabajara.

Así mismo hace referencia que en el predio tenía construido un rancho. De la situación en concreto del núcleo familiar del señor Londoño Canales, se afirma que Tal ha sido la magnitud de los daños que su compañera permanente siente mucho temor ante la posibilidad de regresar a las FRANCISCAS. Por su parte, el solicitante aunque ha podido tener opciones laborales, perdió su autonomía y pasó a un modelo de subordinación. 26.

HECHOS DEL SOLICITANTE MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ MIRANDA. Comenta que el señor MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ MIRANDA llegó a LAS FRANCISCAS en el año 1987 y hace mención a que retornó en el año 1996, sin indicar en que momento salió del predio, pero afirma que ejerció la posesión desde el año 1996. Que el motivo de su llegada fue por la información brindada por el INCORA respecto de ese terreno. Se dice que en su parcela sembraba guineo, plátano, limón, guayaba, papaya, yuca, ahuyama y coco.

Igualmente tenía construido un rancho y era dueño de gallinas, gallos, un buey y una ternera. En cuanto a las afectaciones psicosociales, explica desde la ocurrencia de los hechos victimizantes, el señor MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ MIRANDA ha sufrido de ataques de nervios que le han disminuido la tranquilidad en la que puede aprovechar sus condiciones de vida.

Respecto de las dificultades económicas, asegura que la situación del señor MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ MIRANDA no es buena, pues su parcela en LAS FRANCISCAS constituía su única fuente de ingresos y su núcleo familiar no ha logrado adaptarse de una forma apropiada a los ingresos con los cuales se cuenta ahora, que son producto del trabajo como jornal en algunas fincas del área. 27.

HECHOS DEL SOLICITANTE ALBERTO JOSE CHARRIS RUIZ. Señala el representante judicial de los solicitantes que el Señor ALBERTO JOSÉ CHARRIS RUIZ llegó a LAS FRANCISCAS alrededor del año 1987 junto con su padre, y retornó en 1996. En su terreno sembraba limón, papaya, ají y guayaba. Igualmente tenía construido un rancho con techo de carpa y una empacadora.

En lo pertinente a las dificultades económicas, se invoca que la situación del Señor ALBERTO JOSÉ CHARRIS RUIZ es complicada, toda vez que su salario quincenal producto del ingreso fijo que ostenta no es siquiera suficiente para mantener a su familia y poder cubrir los gastos de salud de su hijo. 28.

HECHOS DEL SOLICITANTE JOSE RAFAEL CASTELLANOS GUTIÉRREZ. Se explica que el señor JOSÉ RAFAEL CASTELLANOS GUTIÉRREZ llegó junto con su compañera JUANA RUIZ NOVOA al predio denominado LA ISABEL ubicado dentro de LA FRANCISCA I en el año de 1996. Allí se dedicó al cultivo de pan coger. En el predio tenía un rancho donde junto con su pareja, cocinaban las comidas y reposaban durante el trabajo.

Afirma que por su parte, el señor JOSÉ RAFAEL CASTELLANOS GUTIÉRREZ tuvo que dedicarse a buscar diariamente el sustento para su hogar por medio de jornales y corte, significando esto no sólo la disminución económica, sino una situación de constante preocupación por la posibilidad de obtener el mínimo vital para su núcleo. Lo anterior ha sido agravado debido a que, por su edad y por ser ex parcelero de LAS FRANCISCAS, se le niega la posibilidad de acceder a un trabajo estable. 29.

HECHOS DEL SOLICITANTE EVER FERNANDEZ SANJUAN. Se afirma que el Señor EVER FERNÁNDEZ SANJUÁN llegó al predio ELIANA MARÍA en el año de 1996 junto con los demás miembros de la AUCIBE y su núcleo familiar. Comenta que en el predio tenía cultivos de plátano, papaya, limón, entre otros. Resaltan que, una vez se causaron los hechos victimizantes y con motivo de la inestabilidad y las condiciones de vulnerabilidad de su situación, el núcleo familiar del solicitante se vio gravemente afectado en la medida en que EVER FERNÁNDEZ SANJUÁN dejó de convivir con su pareja ARACELY MORENO y tres de sus hijos debieron irse a vivir con un tío, viéndose obligados a mantener una familia en la distancia. Por su parte, el solicitante asegura que tuvo que partir hacia el departamento del Atlántico en búsqueda de trabajo.

Sin embargo, durante 4 años le fue imposible obtener estabilidad laboral por lo que debió regresar a Orihueca a vivir de jornales y cortes, los cuales son difíciles de conseguir por su edad y por ser desplazado de LAS FRANCISCAS. 30.

HECHOS DEL SOLICITANTE HENRYS ALBERTO SOLANO CASTRO. Se relata en los hechos de la presente solicitud que el Señor HENRYS ALBERTO SOLANO CASTRO, junto con su núcleo familiar, llegó al predio LA CLAUDIA ubicado en LA FRANCISCA I en el año de 1996 al igual que la mayoría de los y las solicitantes. Allí cultivaba la tierra con plátano, yuca, maíz, coco, limón, guayaba y mango, además de criar pollos, gallinas, patos y pavos.

Junto con su pareja LUZ ESTELA JIMÉNEZ DÍAZ, tuvieron tres hijos mientras trabajaban y vivían en el predio, los cuales eran menores de edad para el momento de los hechos victimizantes. Explican que, el desplazamiento forzó a la familia del señor Solano Castro a radicarse en Iberia donde el señor SOLANO no pudo conseguir un empleo estable y, por la difícil situación económica, la familia no pudo seguir conviviendo.

Esta fractura familiar ha significado un alejamiento del solicitante con sus hijos, además de serios problemas emocionales y psicológicos para él y su núcleo familiar. Indica que económicamente, desde el desplazamiento hasta la fecha, la situación, como se mencionó, ha sido precaria y ha obligado al solicitante a trabajar en subordinación, sin poder contar con su propia fuente de ingresos y en condiciones de inestabilidad laboral. 31.

HECHOS DEL SOLICITANTE RICARDO ANTONIO GARCIA MORALES. Se explica, que el señor RICARDO ANTONIO GARCÍA MORALES llegó con su hermano ABEL BOLAÑOS MORALES a LAS FRANCISCAS entre 1988 y 1989, donde retornaría en 1 996 a explotar el predio de menor extensión VILLA JACKE en el que tenía cultivos de pan coger. Recalcan que el solicitante no sólo fue afectado, como toda la comunidad, por los hechos violentos y el desplazamiento forzoso, sino que además, por el asesinato de su hermano Abel Bolaño Morales.

Indica que él estuvo presente el día de los hechos junto a uno los hijos del fallecido. Señalan que en este caso, se han presentado daños significativos ya que, el solicitante sigue vivo, ya que logró salvarse del atentado y huir, sin poder regresar, hacia Venezuela. 32.

HECHOS DEL SOLICITANTE JULIO HUMBERTO MACHACON JIMENEZ. Se hace alusión a que el señor JULIO HUMBERTO MACHACÓN JIMÉNEZ llegó junto con su compañera OMAIRA ESTHER RUA LOPEZ a LAS FRANCISCAS alrededor del año 1996. En el predio, el señor JULIO HUMBERTO MACHACÓN JIMÉNEZ, junto con su núcleo familiar, se dedicó al cultivo de pan coger y frutales.

Se indica que el solicitante en la actualidad es persona mayor de 60 años lo que lo sitúa en condiciones laborales desfavorables para proveer su familia. Su núcleo familiar está compuesto por 7 menores de edad, MARLEIS, JULIO HUMBERTO, MAYRA ALEJANDRA, MAIRET MELISA, DEINER JAVIER, ROLLER ELIA y GREGORY JOSE, que se encuentran en condiciones socio económicas denigrantes y violatorias de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

SOLICITANTES DE LA FRANCISCA II. 1.

HECHOS DE LA SOLICITANTE ANGELA CECILIA OROZCO BADILLO. Se explica que la Señora ÁNGELA CECILIA OROZCO BADILLO llegó inicialmente al predio junto con su pareja JORGE TERÁN PÉREZ en los años 80'. Retornó, junto con toda la comunidad, en el año de 1996 para trabajar, junto con su pareja, el predio CLARA INÉS dentro de LA FRANCISCA II. En él cultivaban maíz, yuca, plátano, ají, limón, entre otros, con los que mantenían a su familia.

En su predio, la familia de la solicitante tenía vivienda donde convivían. Se informa que después de ser despojada de su predio y desplazada forzosamente, la señora ÁNGELA CECILIA OROZCO BADILLO y su familia no sólo perdieron su fuente principal de ingresos, sino que se han visto abocados a una serie de daños individuales, familiares, psicológicos y económicos, en especial personales ya que son víctimas directas de la masacre de los hermanos TERÁN en especial de JORGE, pareja de la señora OROZCO y padre de sus hijos.

Por ese motivo, la solicitante ha sido revictimizada con los hechos posteriores a la muerte de su pareja y el desplazamiento que este significó. Indica que en ese primer desplazamiento obligó a la familia a huir hacia Bosconia, y a regresar tiempo después, cuando, por el asesinato selectivo de JOSÉ KELSY tuvieron que desplazarse nuevamente y vivir en Orihueca.

Refiere ser doblemente víctima del desplazamiento, lo que ha significado graves daños tanto para la solicitante como para su familia, además de ser familiares de las víctimas de la masacre referida. Finalmente, señalan que tanto la solicitante como todos los miembros del núcleo familiar, han sufrido desde el 2001 las consecuencias psicosociales por ser víctimas de los hechos violentos, de discriminación y que los han llevado a vivir en circunstancias de vulnerabilidad y frustración al ver cómo no sólo perdieron su tierra, vivienda, recursos, vida en comunidad y familiares cercanos, sino también su proyecto de vida familiar. 2.

HECHOS DE LA SOLICITANTE ELIZABETH OROZCO BADILLO Informan que la Señora ELIZABETH OROZCO BADILLO llegó inicialmente al predio junto con su pareja GUSTAVO ENRIQUE TERÁN PÉREZ en los años 80'. Retornó, junto con toda la comunidad, en el año de 1996 para trabajar, junto con su pareja, el predio SI NOS DEJAN dentro de LA FRANCISCA II.

En él cultivaban yuca, plátano, ají, limón, entre otros, y tenían cría de patos, gallinas y pavos. En su predio, la familia de la solicitante tenía vivienda donde convivían. Señala que además de ser víctima del despojo y desplazamiento forzado del predio la señora Orozco Badillo, perdió a su esposo y padre de sus hijos Gustavo Terán Pérez, quien fue asesinado junto a un hermano suyo, en la llamada masacre de los TERAN.

Señala la adora que se vio abocada a una serie de daños individuales, familiares, psicológicos y económicos, por lo que considera ha sido revictimizada con los hechos posteriores a la muerte de su pareja. Indica que tuvo un primer desplazamiento que la obligó junto a su familia a huir hacia Bosconia (Cesar) y al regresar tiempo después, se presentó el asesinato selectivo de José Kelsi y tuvieron que desplazarse nuevamente hacia Santa Marta. 3.

HECHOS DE LA SOLICITANTE MATILDE CASTRO HERNANDEZ. Afirman en los hechos de la solicitud, que la señora MATILDE MARÍA CASTRO HERNÁNDEZ llegó inicialmente al predio junto con su pareja MIGUEL ANGEL TERÁN PÉREZ en los años 80'. Retornó, junto con toda la comunidad, en el año de 1996 para trabajar, con su pareja, el predio LA BELLA dentro de LA FRANCISCA II.

En él cultivaban yuca, plátano, ají, limón, entre otros, y tenían cría de patos, gallinas y pavos. Asegura que después de ser despojada de su predio y desplazada forzosamente, la señora MATILDE MARIA CASTRO HERNANDEZ y su familia no sólo perdieron su fuente principal de ingresos, sino que se han visto abocados a una serie de daños individuales, familiares, psicológicos y económicos, en especial personales ya que son víctimas directas de la masacre de los hermanos TERÁN en específico, de MIGUEL ANGEL pareja de la señora CASTRO HERNANDEZ y padre de sus hijos Y ARIMA ISABEL, YULITZA DEL CARMEN y MIGUEL ANGEL TERAN.

Por lo que considera la accionante que ha sido revictimizada con los hechos posteriores a la muerte de su pareja y el desplazamiento que este significó, por las condiciones de necesidad extrema a las que se han visto enfrentados, afectándose el mínimo vital y el proyecto de vida de cada uno de los miembros de la familia. Se indica en los hechos que al igual que en el caso de la señora Elizabeth Orozco, cuando se dio su primer desplazamiento la familia se vio obligada a irse a Bosconia, y a regresar tiempo después. Luego cuando, por el asesinato selectivo de JOSÉ KELSY, tuvieron que desplazarse nuevamente hacia Santa Marta. 4.

HECHOS DE LA SOLICITANTE ROSMINE SANJUAN LLERENA. Se relaciona en los hechos de la solicitud que la señora ROSMINE SANJUAN LLERENA llegó al predio por su compañero MIGUEL JOSE ANCHILA SUAREZ, a la parcela denominada LA BIEN LLEGADA, ubicada dentro de LA FRANCISCA II desde antes del año 1994, al que retornó en 1996. Se dice que en el predio, la señora ROSMINE SANJUAN LLERENA y su núcleo familiar compuesto por su compañero tenían un rancho en el predio y se dedicaban al sembrado de cultivo de pancoger y frutales.

Afirma la parte accionante que el abandono forzoso, seguido del despojo material del predio de la señora ROSMINE SANJUAN LLERENA, y su núcleo familiar, después de ser despojados de su predio y desplazados forzosamente, en la actualidad afirman que continúan afectados en su vida en relación, por el rompimiento del proyecto de vida de cada uno de los miembros de la familia que genera una sensación de pérdida y desprotección, al verse abocados a vivir en condiciones de miseria con afectación directa al mínimo vital, lo que han tenido que soportar hasta la fecha. 5.

HECHOS DE LA SOLICITANTE ARCENIA BELEN PEREZ ZAMORA. Con respecto a la Señora ARCENIA BELÉN PÉREZ ZAMORA, se hace relación a que llegó a LAS FRANCISCAS a finales de los años 80' junto con cuatro hijos y regresó en el año 1996. En su terreno sembraba yuca, ñame, zapote y mango. Igualmente tenía construida una casa en bahareque. Comenta que el desplazamiento forzoso al que se vio expuesta generó en ella y en su núcleo familiar una serie de afectaciones físicas, psicosociales y económicos.

Respecto de las dificultades económicas que padece la solicitante, se comenta que su situación es grave, toda vez que el dinero no le alcanza ni siquiera para costear un servicio de salud en el cual reciba tratamiento por un problema que presenta en uno de sus senos. Tras estar acostumbrada y capacitada para trabajar la tierra, la solicitante ha tenido que acoplarse a preparar el almuerzo en una finca en la que uno de sus hijos trabaja y recibir una bajísima remuneración, comparado con lo que obtenía por la explotación agrícola de su parcela EL PRINCIPIO.

Que la casa en la que vive en Iberia se está cayendo a pedazos y no ha recibido ayuda por parte de organismo estatal alguno. 6.

HECHOS DE LA SOLICITANTE CARMEN CECILIA PAREJO MORA. Explica que la señora CARMEN CECILIA PAREJO MORA llegó junto con su compañero JACINTO ANTONIO FERNANDEZ SUAREZ al predio denominado LA VICTORIA, ubicado dentro del predio de mayor extensión LA FRANCISCA II, en el año 2000, parcela que poseía el señor DAGOBERTO RAFAEL FERNÁNDEZ desde el año 1996.

En el predio, la señora CARMEN CECILIA PAREJO MORA y su núcleo familiar tenían un rancho de bahareque y se dedicaban al sembrado de cultivo de pan coger, frutas y hortalizas. Se asevera que el abandono forzoso, y el despojo del predio de la señora CARMEN CECILIA PAREJO MORA, y su núcleo familiar, los ha afectado emocionalmente. Señala que han tenido afectaciones en su vida en relación, por el rompimiento del proyecto de vida de cada uno de los miembros de la familia, al verse abocados a vivir en condiciones de miseria con afectación directa al mínimo vital, lo que han tenido que soportar hasta la fecha. 7.

HECHOS DEL SOLICITANTE JOSE INES OROZCO SOSA. Se hace relación en los hechos de la solicitud que el señor JOSÉ INÉS OROZCO SOSA llegó a LAS FRANCISCAS en el año 1987 y retornó en el año 1996 a ejercer posesión sobre su predio de manera pacífica. Que dedicaba su terreno al cultivo de yuca, mango, limón, naranja y plátano. Igualmente tenía construida su vivienda dentro de la parcela.

Afirma que el desplazamiento forzoso al que se vio expuesto el actor generó en él y en su núcleo familiar una serie de afectaciones físicas, psicosociales y económicas. En cuanto a las afectaciones físicas y psicosociales, los hechos violentos de los que fue objeto junto con la comunidad conllevaron a que el Señor JOSÉ INÉS OROZCO SOSA sufra de problemas para recordar los hechos, aunado a que su condición etaria lo dificulta incluso más. 8.

HECHOS DEL SOLICITANTE MIGUEL SEGUNDO MANGA MEDINA. Comenta el apoderado de los solicitantes que el señor Miguel Manga Medina carece de núcleo familiar. Que este solicitante es uno de los primeros miembros de la Asociación y llegó al predio en 1987 al que retornó en el año de 1996 al predio denominado MILAGRO DE DIOS donde cultivaba pan coger.

Señala que luego de ser víctima del desplazamiento y abandono forzado del predio que ocupaba, sus condiciones de salud son delicadas ya que padece de una artritis lo que, sumado a su edad, le impiden trabajar en el campo y con labores manuales. Esto lo ha llevado a vivir en dependencia de sus hermanos y amigos. Así mismo, antes de que su enfermedad se agravara, tenía que subsistir bajo subordinación, ya que no poseía nada propio que le permitiera, autónomamente, sostenerse.

Asegura que su situación económica actual, es grave, ya que su manutención en muchos casos, cuando no es solventada por sus familiares, depende de ayudas estatales que no son continuas ni seguras. Finalmente, alega haber sufrido desde el 2004 las consecuencias psicosociales por ser víctimas de hechos violentos y de discriminación que los han llevado a vivir en circunstancias de vulnerabilidad. 9.

HECHOS DEL SOLICITANTE GABRIEL LEOPOLDO GARCIA MARTINEZ. En relación al señor GABRIEL LEOPOLDO GARCÍA MARTÍNEZ, junto con su núcleo familiar, llegó al predio MELIS MARÍA ubicado en LA FRANCISCA II en el año de 1996 junto con la mayoría de los y las solicitantes. Informa que cultivaba la tierra con plátano, yuca, maíz, coco, limón, guayaba y mango, además de criar pollos, gallinas, patos y pavos.

Junto con su pareja DORIS ESTHER OROZCO BADILLO tenían una casa en el predio referido en la que habitaban con su familia y por lo que vivían en comunidad. Se puntualiza que en el caso del señor Gabriel García y su núcleo familiar se vieron obligados a desplazarse en dos ocasiones debido a los hechos victimizantes, en especial porque la pareja del señor García, es decir, DORIS ESTHER OROZCO BADILLO, es hermana de ANGÉLICA Y ELIZABETH OROZO BADILLO, esposas de JORGE Y GUSTAVO TERÁN masacrados en el año de 2001.

Se indica que el primer desplazamiento obligó a la familia del señor GARCÍA a huir hacia Bosconia, y a regresar tiempo después, cuando, por el asesinato selectivo de JOSÉ KELSY, tuvieron que desplazarse nuevamente hacia Santa Marta. Explica que el doble desplazamiento ha significado graves daños tanto para el solicitante como para su familia, además de ser familiares de las víctimas de la masacre referida.

Por lo tanto, su situación económica, familiar y psicológica es delicada, ya que no sólo perdieron su casa y medio de trabajo, sino que sus hijos no pudieron terminar el colegio, y el señor GARCÍA padece problemas de salud que no ha podido tratar. 10.

HECHOS DEL SOLICITANTE FRANCISCO DEL CARMEN FERNANDEZ SANJUAN. Se explica que el señor FRANCISCO DEL CARMEN FERNANDEZ SANJUAN llegó junto con su compañera EMILSE ESTHER VARGAS DE LA HOZ al predio denominado KAREN, ubicado dentro de LA FRANCISCA II, alrededor del año 1.994. En el predio, el señor FRANCISCO DEL CARMEN FERNANDEZ SANJUAN, junto con su núcleo familiar, tenía un rancho de bahareque y se dedicaban al cultivo de frutales.

Señala que su núcleo familiar tiene afectación en su vida en relación por el rompimiento de las expectativas de cada uno de los miembros de la familia al no haber tenido acceso a educación y así poderse preparar para un mejor futuro, se vieron abocados a vivir en condiciones mínimas con afectación directa al mínimo vital, lo que han tenido que soportar hasta la fecha. 11.

HECHOS DEL SOLICITANTE ARNULFO BARRANCO VEGA. Se explica que el Señor ARNULFO BARRANCO VEGA llegó solo a Las Franciscas en el año 1987 y regresó alrededor del año 1996. Que en su terreno cultivaba papaya, ají, popocho y guineo. Para la época del desplazamiento vivía con su compañera MARÍA MERCEDES JIMÉNEZ y cinco hijos. En su parcela tenía un rancho de barro.

Señala que el desplazamiento forzoso al que se vio expuesto el solicitante generó en él y en su núcleo familiar una serie de afectaciones físicas, psicosociales y económicas. En cuanto a las afectaciones físicas, los hechos violentos de los que dice haber sido objeto junto con la comunidad, conllevaron a que tanto él como miembros del núcleo familiar del señor ARNULFO BARRANCO VEGA sufran de una serie de enfermedades.

Mientras él sufrió de paludismo por dos años, su hijo EDWIN sufrió de anemia y su hijo LUIS ÁNGEL sufre de fuertes convulsiones. 12.

HECHOS DEL SOLICITANTE JAIRO ANTONIO CASTRO BADILLO. Se expone que el señor JAIRO ANTONIO CASTRO BADILLO llegó junto con su compañera NURIS ESTHER FERNANDEZ SANJUAN al predio denominado MIRA PA'ALLA, ubicado dentro de LA FRANCISCA II, alrededor del año 1996. En el predio, el señor JAIRO ANTONIO CASTRO BADILLO y su núcleo familiar tenía un rancho de bahareque Y se dedicaban al sembrado de cultivo de frutales.

Señala que el actor que junto a su familia fue víctima de abandono forzoso, lo que generó graves consecuencias al desarrollo de cada uno de los integrantes de su núcleo familiar. Como es el caso de su compañera Nuris Esther quien padece de ataques nerviosos que le generan parálisis, quien además se encuentra discapacitada por una fractura en la columna, producto de las actividades que tuvo que realizar después del desplazamiento para ayudar con el sustento del hogar. 13.

HECHOS DEL SOLICITANTE ADOLFO DE LA CRUZ FERNANDEZ SANJUAN. Comenta que el señor ADOLFO DE LA CRUZ FERNANDEZ SANJUAN llegó junto con su compañera SHI RLEY VANESA FERNANDEZ NAVARRO al predio denominado ROSAIRI VANESSA, ubicado dentro de LA FRANCISCA II, alrededor del año 1994. En el predio, el señor ADOLFO DE LA CRUZ FERNANDEZ SANJ UAN y su núcleo familiar tenían un rancho de bahareque en el predio y se dedicaban al sembrado de cultivo de pan coger y frutales.

Se puntualiza en el acápite de los hechos que luego del abandono y desplazamiento forzoso, seguido del despojo material del predio del señor ADOLFO DE LA CRUZ FERNANDEZ SANJUAN, y su núcleo familiar, sufrió una grave afectación a su vida en relación por el rompimiento del proyecto de vida de cada uno de los miembros de su familia que generó una sensación de pérdida y desprotección, al verse abocados a vivir en condiciones de miseria con afectación directa al mínimo vital, lo que han tenido que soportar hasta la fecha. 14.

HECHOS DEL SOLICITANTE PEDRO JOSE RUIZ NOVOA. En los hechos de la presente solicitud se relata que el señor PEDRO JOSÉ RUIZ NOVOA llegó junto con su compañera LUISA MARÍA CASTELLANOS GUTIERREZ al predio denominado LAS YURIS, ubicado dentro de LA FRANCISCA I, en el año 2001, predio que fuera de ADELAIDA MARIA FERNANDEZ SANJUAN, quien ejercía la posesión del mismo desde el año 1996.

En el predio, el señor PEDRO JOSÉ RUIZ NOVOA y su núcleo familiar se dedicaban al sembrado de cultivo de pan coger y frutales. Se comenta que el abandono forzoso, seguido del despojo material del predio del señor PEDRO JOSÉ RUIZ NOVOA, y su núcleo familiar, generó una grave afectación en su vida en relación por el rompimiento del proyecto de vida de cada uno de los miembros de la familia, quienes se vieron abocados a vivir en condiciones de miseria con afectación directa al mínimo vital, lo que han tenido que soportar hasta la fecha. 15.

HECHOS DEL SOLICITANTE TOMAS ANTONIO TORREGROZA MIRANDA. Se explica que este solicitante llegó a LAS FRANCISCAS desde antes del año 1994 y retornó en el año 1996. En el predio, el señor TOMAS ANTONIO TORREGROZA MIRANDA y su núcleo familiar, compuesto por su compañera MEREDITH MACIAS MARTINEZ e hijos, tenían un rancho en el predio y se dedicaban al sembrado de cultivo de pan coger y frutales.

Afirma el representante del solicitante que el abandono forzoso, seguido del despojo material del predio del señor TORREGROZA MIRANDA, y su compañera, MEREDITH MACIAS MARTINEZ, generó una afectación en su vida en relación matrimonial y familiar por el rompimiento del proyecto de cada uno de los miembros de la familia que les generó una sensación de pérdida, desprotección y marginación al verse abocados a vivir en condiciones actuales de miseria con afectación directa al mínimo vital. 16.

HECHOS DEL SOLICITANTE PABLO SEGUNDO PAREJO MORA. Aduce el apoderado del grupo de solicitantes que el Señor PABLO SEGUNDO PAREJO MORA llegó al predio TUTI FRUTI en el año 1996 donde se dedicó al cultivo de ají, papaya, limón y popocho. Una vez instalado en el predio construyó un rancho en el que vivía junto con su familia, ya que, después del ingreso, empezó a vivir en comunidad con la señora EMILSE GALVIS RODRÍGUEZ con quien tuvo un hijo.

Por lo que, al igual que todos los y las solicitantes, vivía en comunidad y con su familia. Señala que, debido al desplazamiento forzoso, la familia del señor PAREJO se fracturó, ya que él tuvo que partir hacia Barranquilla dejando a su señora e hijo. Allá recibió ayudas de ciertas organizaciones sociales y a su regreso a Orihueca en el año 2006 supo que su pareja e hijo habían tenido que huir con motivo a los hechos violentos que siguieron afectando a su núcleo familiar ya que dos hermanos de la señora GALVIS fueron asesinados.

Desde ese día desconoce el paradero de ellos. 17.

HECHOS DEL SOLICITANTE RAFAEL SEGUNDO OROZCO SOSA. Señala que el Señor RAFAEL SEGUNDO OROZCO SOSA, junto con su núcleo familiar, llegaron al predio LAURA MARCELA en el año de 1996, donde cultivaban pan coger y además tenían animales como gallinas, marranos y pollos. Alega que después de ser despojado de su predio y desplazado forzosamente, el solicitante y su familia no sólo perdieron su fuente principal de ingresos, sino que se han visto abocados a una serie de daños familiares, psicosociales y económicas.

En primera medida, debido a la vulneración a sus derechos al trabajo, la asociación, el territorio, el mínimo vital, entre otros, sus hijos no pudieron continuar sus estudios, arruinando el proyecto de vida familiar, que propendía por otorgarle a estos una educación universitaria. Además, varios de ellos quedaron seriamente afectados por los crímenes y han vivido con temor de ser asesinados o masacrados.

Igualmente, dicha situación los desmotivó para seguir con sus estudios y varios formaron familias desde muy jóvenes, teniendo ahora hijos que también dependen de sus padres.