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Sentencias — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 20001312100220160011300

Sujetos: SOLICITANTE: JOSÉ MARÍA MOSQUERA DE LA HOZ. OPOSITOR: JULIO CESAR VARÓN

Descriptores: CONTEXTO DE VIOLENCIA GENERALIZADA - / INEXISTENCIA DEL NEGOCIO JURÍDICO - / DESPOJO - / DESPLAZAMIENTO FORZADO - / JUSTICIA TRANSICIONAL Y LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO - / TESIS: En el presente caso no ofrece mayor dificultad la demostración del vínculo jurídico que JOSE MARIA MOSQUERA DE LA HOZ mantuvo con el predio "LOS OLIVOS- MONTE DE LOS OLIVOS" para la época en la que ocurrieron los hechos que condujeron al abandono, en virtud de que desde los inicios de su ocupación, explotaba el predio directamente hasta que le fue adjudicada en 1989 por el INCORA y esa relación jurídica de propiedad se vio interrumpida como consecuencia del desplazamiento forzado del que fueron víctimas él y su núcleo familiar en el corregimiento de EL PASO en septiembre del año 2002. Los hechos constitutivos del despojo fueron consecuencia de otros que a su vez configuraron las infracciones o violaciones de que trata el artículo 3º. de la Ley 1448 de 2011 razón para declarar la falta de consentimiento que perturbó al solicitante producto del contexto de violencia en que se hallaba la zona de ubicación de su predio, para la época en que otorgó poder al señor EVER JOSE MOSQUERA MEJIA, para enajenar el predio, por todo lo cual, de conformidad con el literal e) de la misma norma en cita, se declarará como inexistente, motivando en forma consecuencial la declaratoria de nulidad absoluta de todos los actos o negocios posteriores que se celebraron sobre la totalidad o parte del bien, incluido el c

Ponente: Luz Myriam Reyes Casas

Fecha: 2018-09-27

TRIBUNAL SUPERIOR DE CARTAGENA MAGISTRADO: LUZ MYRIAM REYES CASAS RADICACION: 20001312100220160011300 FECHA PROVIDENCIA: 27/09/2018 HECHOS: El solicitante JOSÉ MARÍA MOSQUERA DE LA HOZ, en calidad de propietario del predio "Los Olivos", el cual fue adquirido por adjudicación realizada por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, manifiesta que durante toda su permanencia en el predio, desde antes de la adjudicación, éste fue destinado a cultivos de pan coger y a la cría de ganado para obtener el sustento familiar.

Como hecho victimizante el solicitante señala el asesinato de su hijo Rafael Mosquera el 13 de septiembre de 2002 por miembros de las autodefensas, quienes estuvieron durante 3 días en uno de los inmuebles, al marcharse llevaron a su hijo aparte y lo mataron, así mismo saquearon todas sus pertenencias y el ganado que tenía, de allí que toda la familia tuvo que desplazarse.

Expresa que uno de sus nietos contrató un trabajador para que cuidara la finca pero los jefes paramilitares de la zona alias "Gustavo" y alias "Danilo" le dijeron que no lo querían ver más por la zona y que vendiera el predio porque ya tenían un comprador. Es así como finalmente bajo la presión de las autodefensas vendieron los predios al señor Julio Varón. Mediante Resolución No. 04214 de 16 de Diciembre de 2015 la Unidad Administrativa Especial en Gestión de Restitución de Tierras Despojadas aceptó la solicitud de inscripción en el Registro Único de Tierras Despojadas y Abandonados Forzosamente al señor JOSÉ MARÍA MOSQUERA DE LA HOZ y su núcleo familiar en calidad de propietario del predio "Los Olivos - Monte de los Olivos" con folio de Matrícula inmobiliaria 192-12182 del corregimiento de Guayacán, municipio El Paso, departamento del Cesar.