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auto — Tribunal Administrativo de Cauca

Radicado: 6_Autoadmitedem_19001233300020250017_0_20251009112958780

Ponente: Marino Coral Argoty

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA -SALA UNITARIAPopayán, ocho (8) de octubre del dos mil veinticinco (2025) Magistrado Ponente: MARINO CORAL ARGOTY Medio de control: Validez de acuerdo municipal Radicación: 19001233300020250017700 Demandante: DEPARTAMENTO DEL CAUCA Demandado: MUNICIPIO DE PIAMONTE (CAUCA).

Auto interlocutorio No.0227. I.

ANTECEDENTES La jefe de la Oficina Jurídica del DEPARTAMENTO DEL CAUCA, en ejercicio de las facultades otorgadas por el señor Gobernador de dicho ente departamental, mediante Decreto No. 0306-02-2016, demanda de esta Corporación el estudio de validez del Acuerdo No. 0016 del 23 de septiembre del 2025 “POR MEDIO DEL CUAL SE INTITUCIONALIZA EL RITUAL ANCESTRAL “SEK BUY” DEL PUEBLO NASA DEL MUNICIPIO DE PIAMONTE, CAUCA”.

Señala que el mencionado acuerdo viola el artículo 8 de la Constitución Política, artículos 1, 4, 5 y 8 de la ley 1185 de 2008. II. CONSIDERACIONES Pues bien, en la medida que se observa el cumplimiento de los requisitos ley en el escrito presentado, se dispondrá su admisión y se procederá a impartir el procedimiento previsto en el artículo 121 del Decreto 1333 de 1986.

Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA, Sala Unitaria, RESUELVE:

PRIMERO. - ADMITIR a trámite el presente asunto, conforme a lo expuesto.

SEGUNDO. - FÍJESE el asunto en lista por el término de diez (10) días, durante los cuales, la Procuraduría delegada para Asuntos Administrativos y cualquier otra autoridad o persona podrá intervenir para defender o impugnar la constitucionalidad o legalidad del acto y solicitar la práctica de pruebas, conforme a lo previsto en el artículo 121 del Decreto 1333 de 1986.

TERCERO. -

COMUNÍQUESE al señor Gobernador del DEPARTAMENTO DEL CAUCA, al CONCEJO MUNICIPAL DE PIAMONTE (CAUCA) y al ALCALDE MUNICIPAL DE PIAMONTE (CAUCA), la admisión de la demanda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente en SAMAI MARINO CORAL ARGOTY MAGISTRADO Firmado electrónicamente a través del aplicativo SAMAI. Para verificar su autenticidad puede ingresarse a la página web https://samairj.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador.aspx 2