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auto — Tribunal Administrativo de Cartagena

Radicado: AUTO 13001233300020170078800

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE BOLÍVAR AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 065 /2024 Despacho No. 04 SIGCMA Cartagena de Indias D.T. y C., treinta (01) de junio de dos mil veintiséis (2026). I.- IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO, RADICACIÓN Y PARTES INTERVINIENTES. Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho Radicado: 13001233300020170078800 Demandante: LUIS ANGEL CAVADIA ALVAREZ Demandado: Nación - Fiscalía General de la Nación. Magistrado Ponente Ad Hoc: MARIA ELENA ARRIETA LOZANO La apoderada judicial de la Fiscalía General de la Nación, mediante escrito presentado el 12 de diciembre de 2025, interpuso recurso de apelación contra la sentencia proferida el 27 de agosto de 2024 por esta Corporación, notificada por correo electrónico el 28 de noviembre de 2025.

Advierte el Despacho que el numeral 2 del artículo 247 del C.P.A.C.A., modificado por el artículo 67 de la Ley 2080/21, establece que “cuando el fallo de primera instancia sea de carácter condenatorio, total o parcialmente, y contra este se interponga el recurso de apelación, el juez o magistrado ponente citará a audiencia de conciliación que deberá celebrarse antes de resolverse sobre la concesión del recurso, siempre y cuando las partes de común acuerdo soliciten su realización y propongan fórmula conciliatoria”.

En el presente caso, a pesar de existir una sentencia condenatoria, el Despacho no fijará audiencia de conciliación post fallo, porque las partes no solicitaron su realización la ni allegaron fórmula conciliatoria. Además, concederá el recurso de apelación presentads porque se cumplieron con los requisitos de haber sido presentado oportunamente y debidamente sustentado, exigidos por el artículo 247 del C.P.A.C.A. En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE

PRIMERO: Conceder el recurso de apelación interpuesto por la parte Fiscalía General de la Nación contra la sentencia proferida el 27 de agosto de 2024 por esta Corporación dentro del asunto de la referencia.

SEGUNDO: Remitir el expediente al H. Consejo de Estado, para lo de su competencia, previo reparto. Código: FCA - 003 Versión: 03 Fecha: 03-03-2020 1 TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE BOLÍVAR AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 065 /2024 Despacho No. 04 SIGCMA

NOTIFÍQUESE, Y CÚMPLASE _________________________________________ MARIA ELENA ARRIETA LOZANO CONJUEZ PONENTE Código: FCA - 003 Versión: 03 Fecha: 03-03-2020 2