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auto — Tribunal Administrativo de Cauca

Radicado: 018DesistimientoRecursoApelacionDte

SEDE ELECTRÓNICA DE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE COLOMBIA JCA Su sesión se cerrará a las 2026-06-12T17:54 Hola, FERNANDO JAVIER PORTILLA FLOREZ Su dependencia actual es: Secretaría del Tribunal Cauca Secretaría Online: Las comunicaciones a los usuarios saldrán preferiblemente por el correo:sgtadmincau@notificacionesrj.gov.co Acceso a SAMAI Por gestionar Memoriales Copias Por gestionar solo constitucionales Citas Contestaciones Reasigna tribunal Gestionados Fecha solicitud Desde: 11 / 06 / 2026 Hasta: 12 / 06 / 2026 Buscar Buscar: Ingrese el radicación o número solicitud a buscar, no busca por fechas Memorial Iniciar gestión Datos del solicitante: Número de Solicitud 2971929 Fecha solicitud: 11/06/2026 16:55:54 Tipo de Documento Cédula de ciudadanía Número de identificación Tipo de vinculación: ApodDte - JUAN FELIPE ARBELAEZ REVELO Tarjeta profesional: 303628 Primer Nombre JUAN Segundo Nombre FELIPE Primer Apellido ARBELAEZ Segundo Apellido REVELO Teléfono de contacto: 3184004251 Email arbelaezrevelo@gmail.com 1061778143 Datos de la solicitud: Número de radicación: 19001233300020260009600 Ubicación: Secretaria Datos del proceso: Clase del proceso:ELECTORALES Ponente:ZULDERY RIVERA ANGULO Demandante:JUAN FELIPE ARBELAEZ REVELO Parte procesal Demandado:MUNICIPIO DE POPAYÁN Y OTRO Asunto:LLEGA PROCESO DE LA DESAJ PARA CONSIDERAR ADMISIÓN - FJPF Observaciones del solicitante: Máximo 1000 caracteres.

De acuerdo a la información aportada por el usuario, seleccione el tipo de publicidad para la actuación y sus documentos (se recomienda dejarlo como tipo de publicidad: Clasificada): PÚBLICA: Actuación visible para todos los usuarios; los documentos de esta actuación quedarán públicos RESERVADA: Actuación y documentos solo visibles para el despacho CLASIFICADA: Anotación y documentos solo visibles para el despacho, sujetos procesales y sus apoderados Anexos:1 Descripción del documento Tipo Certificado Tamaño Serie Descargar Cuaderno Tipo Documental archivo Otro-2026009600DESISTI.pdf Publicidad DAE651457DD8A903 190 000274380BB442A9 0D98A067C749ADC0 90103 Cuaderno principal Otros memoriales.pdf BC7AEDBA230B29E7 91 B8C0EEAE551F9A31 4D614D78C32FBE1F 19D82F21D4E249FE Pública Reservada Clasificada 49B2A1736062E609 Anexos-GmailDESISTIMIENT Tipo 90096 Cuaderno principal Otros memoriales Pública Reservada Clasificada Anotación de gestión / devolución: Pasar a gestionado Trámitar Incluir al registrar: A despacho Incluir al registrar: A la secretaría Informar estado - remite email (- ) ¿Como nació SAMAI? SAMAI surge de la necesidad de expandir e integrar los servicios de los sistemas empleados en la corporación. En un esfuerzo conjunto entre los magistrados de la corporación y la Oficina de Sistemas, se diseñó, desarrolló e implementó el sistema para la gestión judicial SAMAI, con altos componentes de seguridad, acorde a los estándares tecnológicos actuales, previa identificación de las necesidades de los usuarios, con el fin de proveer el medio que acercara la justicia al ciudadano. SAMAI recibió la distinción de la "Mejor práctica judicial en materia de justicia", dentro de la "Gran Cumbre de la Justicia y la Novena Versión de los Premios Excelencia en la Justicia", organizada por la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) realizada el 14 de diciembre de 2020.

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Honorable Magistrada. ZULDERY RIVERA ANGULO. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA. E. S. D. REF. RADICADO: 19001-23-33-000-2026-00096-00. MEDIO DE CONTROL: Nulidad Electoral. DEMANDANTE: Juan Felipe Arbeláez Revelo. DEMANDADOS: Municipio de Popayán, Reynel Polanía Vargas. ASUNTO: DESISTIMIENTO DE RECURSO APELACIÓN- NEGATIVA MEDIDA CAUTELAR. Cordial saludo.

JUAN FELIPE ARBELAEZ REVELO, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 1.061.778.143 de Popayán, cuando en mi nombre y representación, me dirijo respetuosamente ante este tribunal con el fin de desistir del recurso de apelación de mayo de 2026, remitido al Despacho Judicial el día 29 de mayo de 2026 en los siguientes términos: En Auto núm. 136 del 30 de abril de 2026, Niega trámite de medida cautelar de urgencia y ordena traslado, notificado el 04 de mayo de 2026, el Tribunal Administrativo del Cauca, dispuso NEGAR el trámite de la medida cautelar de urgencia solicitada por el actor.

Seguidamente, por medio de Auto núm. 170 del 26 de mayo de 2026, Niega medida cautelar y admite demanda, el Tribunal Administrativo del Cauca, dispuso NEGAR la medida cautelar de suspensión provisional solicitada por el actor y ADMITIR la demanda de nulidad electoral. En consecuencia, el 29 de mayo de 2026, el suscrito presentó recurso de reposición en subsidio apelación- negativa medida cautelar, por medio del cual, se solicitó adoptar una MEDIDA CAUTELAR DE URGENCIA consistente en la SUSPENSIÓN PROVISIONAL del Decreto 20261000001515 del 21 de abril de 2.026.

Finalmente, mediante Auto núm. 189 del 10 de junio de 2026, notificado el 11 de junio de 2026, Tribunal Administrativo del Cauca dispuso CONCEDER, en el efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra el auto de 26 de mayo de 2026. Ahora bien, me permito manifestar a su señoría, que desisto del recurso de apelación contra el auto de 26 de mayo de 2026, debida cuenta que va a presentar una nueva solicitud de medida cautelar con nuevas pruebas obtenidas con posterioridad a la solicitud inicial de suspensión. I. PETICIÓN En atención a lo aquí expuesto, respetuosamente a su señoría, solicito se acepte el desistimiento del recurso de apelación contra el Auto núm. 170 de 26 de mayo de 2026.

Con todo respeto, atentamente, JUAN FELIPE ARBELAEZ REVELO. C.C. 1.061.778.143 de Popayán JUAN FELIPE ARBELAEZ REVELO <arbelaezrevelo@gmail.com> DESISTIMIENTO DE RECURSO APELACIÓN- NEGATIVA MEDIDA CAUTELAR PROCESO CON RADICADO No.19001-23-33-000-2026-00096-00. 1 mensaje JUAN FELIPE ARBELAEZ REVELO <arbelaezrevelo@gmail.com> Para: stadmcauca@cendoj.ramajudicial.gov.co Cc: notificacionesjudiciales@popayan.gov.co 11 de junio de 2026 a las 16:50 Buenas tardes.

Honorable Magistrada. ZULDERY RIVERA ANGULO. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA. E. S. D. REF. RADICADO: 19001-23-33-000-2026-00096-00. MEDIO DE CONTROL: Nulidad Electoral. DEMANDANTE: Juan Felipe Arbeláez Revelo. DEMANDADOS: Municipio de Popayán, Reynel Polanía Vargas. ASUNTO: DESISTIMIENTO DE RECURSO APELACIÓN- NEGATIVA MEDIDA CAUTELAR. Cordial saludo.

JUAN FELIPE ARBELAEZ REVELO, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 1.061.778.143 de Popayán, cuando en mi nombre y representación, me dirijo respetuosamente ante este tribunal con el fin de desistir del recurso de apelación de mayo de 2026, remitido al Despacho Judicial el día 29 de mayo de 2026. Atentamente, JUAN FELIPE ARBELAEZ REVELO.

C.C. 1.061.778.143 de Popayán 2026-0096-00 DESISTIMIENTO DE RECURSO DE REPOSICIÓN EN SUBSIDIO APELACIÓN.pdf 191K