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auto — Tribunal Administrativo de Caldas

Radicado: 5_Autoadmitedem_202600082ValidezAdmi_0_20260420101339086

Ponente: Fernando Alberto Álvarez

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS Magistrado Sustanciador: Fernando Alberto Álvarez Beltrán Manizales, veinte (20) de abril de dos mil veintiséis (2026). Radicación Clase: Accionante: Acto demandado: Asunto: Auto Interlocutorio Nro. 17 001 23 33 000 2026 00082 00 Validez de Acto Administrativo Departamento de Caldas Se DECIDA sobre la validez del rubro 2.3.2.02.02.009.23 contenido en el anexo 002 del Acuerdo Municipal No. 100.010.001 del 24 de febrero de 2026, "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS DE LA VIGENCIA FISCAL 2026 DEL MUNICIPIO DE LA MERCED, CALDAS, ADICIONANDO LOS RECURSOS DEL BALANCE Y RECURSOS DE DISTRIBUCIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES", expedido por el Concejo Municipal de La Merced, Caldas.

Admite demanda 150 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 del Decreto 1333 de 1986 “Código de Régimen Municipal” y en el numeral 4 del artículo 151 del CPACA, corresponde a este Tribunal pronunciarse respecto a la solicitud de validez de la referencia. En consecuencia, por reunir los requisitos señalados en la ley y los contenidos en los numerales 2 a 5 del artículo 162 del CPACA, se resuelve: Primero: Admitir la solicitud presentada por el Gobernador del departamento de Caldas a través de apoderada, mediante la cual requiere que se decida sobre la validez del rubro 2.3.2.02.02.009.23 contenido en el anexo 002 del Acuerdo Municipal No. 100.010.001 del 24 de febrero de 2026, "Por medio del cual se modifica el presupuesto de rentas y gastos de la vigencia fiscal 2026 del municipio de la merced, caldas, adicionando los recursos del balance y recursos de distribución del sistema general de participaciones", expedido por el Concejo Municipal de La Merced, Caldas.

Segundo: Notificar la solicitud de validez mediante mensaje dirigido al buzón electrónico para notificaciones judiciales, en la forma y los términos indicados en el artículo 199 del CPACA, modificado por el artículo 48 de la ley 2080 de 2021 a: 1) Al Agente del Ministerio Público delegado ante este Tribunal Administrativo. Tercero: Fijar en lista por el término de diez (10) días (numeral 1º art. 121 Decreto 1333 de 1986), durante los cuales el Agente del Ministerio Público, el alcalde municipal, el presidente del Concejo y, cualquiera otra persona podrán intervenir para que se pronuncien sobre la solicitud de invalidez del rubro 2.3.2.02.02.009.23 contenido en el anexo 002 del Acuerdo Municipal No. 100.010.001 del 24 de febrero de 2026, "Por medio del cual se modifica el presupuesto de rentas y gastos de la vigencia fiscal 2026 del municipio de la merced, caldas, adicionando los recursos del balance y recursos de distribución del sistema general de participaciones", expedido por el Concejo Municipal de La Merced, Caldas.

Dicha fijación deberá insertarse en el portal web de la Secretaría de este Tribunal. Se deja presente que, en este asunto el señor Gobernador envió por correo electrónico el 27 de marzo del año en curso, copia de la demanda de validez, al alcalde de La Merced, al presidente del concejo municipal y a la personería municipal; con lo que se cumple lo previsto en el artículo 120 del Decreto 1333 de 1986.

Cuarto: Reconocer personería a la abogada Aura Cristina Toro Arcila identificada con CC 1.007.144.443 con T.P. 434.200 C.S.J. para actuar en representación del Gobernador del departamento de Caldas. Notifíquese y cúmplase Fernando Alberto Álvarez Beltrán Magistrado Constancia: Este documento fue firmado electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI.

En consecuencia, se garantiza la integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la Ley.