Radicado: 11001-03-15-000-2024-04117-00 Accionante: Leonido Domicó Cuñapa y otro CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Magistrado ponente: JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAV AS Bogotá D.C., nueve (9) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Radicado número: Accionantes: Accionado: Referencia: 11001-03-15-000-2024-04117-00 Leonido Domicó Cuñapa y Cauxilio Restrepo Domicó Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba Acción de tutela AUTO ADMISORIO Leonido Domicó Cuñapa y Cauxilio Restrepo Domicó presentaron solicitud de amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y a la autonomía de los pueblos indígenas, que consideraron vulnerados por la Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba, con ocasión de la sentencia del 4 de julio de 2024 que emitió dentro del proceso con radicado núm. 23001-33-33-003-202400166-01.
El referido proceso inició por la demanda que, en ejercicio de la acción de cumplimiento, presentaron Yeferson David Domicó Domicó y Ricardo Bailarín Domicó en contra del municipio de Tierralta (Córdoba). En primera instancia, el asunto correspondió al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Montería, autoridad que vinculó al proceso a Leonido Domicó Cuñapa, Cauxilio Restrepo Domicó, Yanira Betancur Domicó, Efraín Chamarra y Ministerio del Interior.
El Despacho, al encontrar reunidos los requisitos previstos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y por tener competencia para conocer de la presente acción de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Constitución Política y en el referido decreto,
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la solicitud de amparo que presentó Leonido Domicó Cuñapa y Cauxilio Restrepo Domicó en contra de la Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba.
SEGUNDO: REQUERIR a la Sala Segunda de Decisión Tribunal Administrativo de Córdoba que, en el término de 3 días siguientes a la notificación de esta providencia, informe los nombres y direcciones de notificación de las personas que participaron dentro del proceso con radicado núm. 23001-33-33-003-2024-00166-01 como terceros vinculados.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite, como terceros con interés, a Yeferson David Domicó Domicó, a Ricardo Bailarín Domicó, al municipio de Tierralta (Córdoba), al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Montería, a Yanira Betancur Domicó, a Efraín Chamarra, al Ministerio del Interior y a las demás personas que hayan participado dentro del proceso con radicado núm. 23001-33-33- Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 Radicado: 11001-03-15-000-2024-04117-00 Accionante: Leonido Domicó Cuñapa y otro 003-2024-00166-01, de acuerdo con el informe que presente el Tribunal Administrativo de Córdoba en cumplimiento del anterior numeral.
CUARTO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, se notifique el presente proveído a las partes y a los vinculados, de la forma más expedita posible. La Secretaría General solamente devolverá el expediente al Despacho, una vez se haya efectivamente notificado a los sujetos procesales.
QUINTO: COMUNICAR a las partes e interesados que podrán presentar informes sobre los hechos en que se sustenta la presente acción, en el término de tres (3) días contados a partir del recibo de la notificación. Estos se considerarán rendidos bajo juramento (artículos 19 y 20 del Decreto 2591 de 1991).
SEXTO: TENER como pruebas los documentos aportados con la demanda de tutela.
SÉPTIMO: REQUERIR a la Sala Segunda de Decisión Tribunal Administrativo de Córdoba que, en el término de 3 días siguientes a la notificación de esta providencia, remita con destino a este Despacho, en medio digital, el expediente con radicado núm. 23001-33-33-003-2024-00166-01.
OCTAVO: SUSPENDER los términos de la presente acción constitucional hasta tanto se dé cumplimiento a las órdenes impartidas en esta providencia, y el expediente regrese al Despacho desde la Secretaría General. Notifíquese y Cúmplase, DACJ JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2