CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Consejero Ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES Bogotá D.C., seis (6) de junio de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 11001-03-15-000-2024-02804-00 Accionante: Trayecto Íntimo S.A.S. Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia Asunto: Acción de tutela – Auto admisorio I.
ANTECEDENTES 1.1.- El suscrito Consejero Ponente decide sobre la admisión de la acción de tutela1 presentada, a través de apoderado judicial2, por Trayecto Íntimo S.A.S. en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia, en procura de la protección de sus derechos al debido proceso y de acceso a la administración de justicia, así como del principio de favorabilidad. 1.2.- La empresa peticionaria estima vulneradas sus garantías constitucionales con la providencia proferida el 13 de diciembre de 2023 por el Tribunal Administrativo de Antioquia dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho No. 05001333302720170031900/013, mediante la cual se confirmó la dictada el 16 de noviembre de 2018 por el Juzgado 27 Administrativo de Medellín, en la que se negaron las súplicas de la demanda.
II. CONSIDERACIONES 2.1.- Esta Subsección es competente para conocer y fallar la presente solicitud de amparo de conformidad con lo establecido en los artículos 86 de la Constitución Política, 37 del Decreto Ley 2591 de 1991 y 13 del Acuerdo No. 080 del 12 de marzo de 2019 de la Sala Plena del Consejo de Estado, por el cual se expide el “Reglamento Interno del Consejo de Estado”. 1 Obra escrito de tutela en el archivo digital subido en SAMAI, en el índice 2, con certificado 0B9F1914C3FAB9D3 3E02FB28AB71CFE0 D7318EF07F669E6A 66A3301E60CBE92A. 2 Obra poder en el archivo digital subido en SAMAI, en el índice 2, con certificado D4E9362CD8B403DE F2629A38C2419AEF 6D71BCB8A15A872B 1E58A1506C151FB7. 3 Promovido por la empresa accionante en contra de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN–. 2 Admisión de la acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2024-02804-00 Accionante: Trayecto Íntimo S.A.S. Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia 2.2.- Así mismo, el Despacho encuentra que se reúnen los requisitos de forma exigidos en el artículo 14 del Decreto Ley 2591 de 1991 y procede a admitir la acción de tutela interpuesta por Trayecto Íntimo S.A.S. en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia.
En consecuencia, se, III.
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Trayecto Íntimo S.A.S. en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia.
SEGUNDO: NOTIFICAR, mediante oficio, a la magistrada Martha Nury Velásquez Bedoya del Tribunal Administrativo de Antioquia para que, dentro del término de dos (2) días contados a partir de su recibo, ejerza su derecho de defensa.
TERCERO: VINCULAR, conforme con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Ley 2591 de 1991, al Juzgado 27 Administrativo de Medellín, que emitió la sentencia de primera instancia y a la DIAN, que actuó como demandada en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, para que, en el término de (2) días contados a partir de la notificación de esta providencia, se pronuncien sobre el contenido de la acción de amparo impetrada.
CUARTO: TENER como pruebas los documentos arrimados con la solicitud de amparo.
QUINTO: ORDENAR al Juzgado 27 Administrativo de Medellín4 que, en el término más expedito, remita, en medio digital, el expediente del asunto con No. 05001333302720170031900/01.
SEXTO: RECONOCER personería jurídica a Giovanny Alexander Téllez Cano, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.017.151.359 y tarjeta profesional No. 220.577, como apoderado de la parte actora, en los precisos términos del poder aportado al escrito de tutela5. 4 Al revisar el sistema de consulta virtual de la Rama Judicial, se evidencia que el expediente fue devuelto a la entidad de origen.
Obra poder en el archivo digital subido en SAMAI, en el índice 2, con certificado D4E9362CD8B403DE F2629A38C2419AEF 6D71BCB8A15A872B 1E58A1506C151FB7. 5 3 Admisión de la acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2024-02804-00 Accionante: Trayecto Íntimo S.A.S. Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia SÉPTIMO: PUBLICAR la presente providencia en las páginas web de esta Corporación, de la Rama Judicial, de la accionada y de los vinculados.
OCTAVO: SUSPENDER los términos del presente asunto desde el 4 de junio de 2024, inclusive, hasta que reingrese el expediente al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, NICOLÁS YEPES CORRALES Consejero Ponente