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Sentencia de Tutela19 de diciembre de 2013

T-953 de 2013

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

✓Demandante Alexandra Sofia Castro Vidal Como Apoderada De Maria Teresa Castrillon De Otoya·Demandado Ugpp

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos y condiciones necesarias para su procedencia
  • Reconocimiento en los tres años anteriores, contados a partir de la fecha de la sentencia que resuelve el caso y ordena la cancelación del retroactivo
Indexacion De La Primera Mesada Pensional Y Minimo Vital
  • Orden para reconocer y pagar la indexación de la primera mesada pensional
Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Contabilización del término de prescripción según sentencia SU.1073/12
Accion De Tutela Para Reconocimiento Y Pago De Acreencias Laborales
  • Procedencia excepcional a pesar de existir otros medios de defensa judicial
Derecho A Mantener El Poder Adquisitivo De Las Pensiones Y La Indexacion De La Primera Mesada
  • Son mandatos de orden constitucional que no pueden ser desconocidos
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mínimo vital, seguridad social, mantener el poder adquisitivo de las pensiones.

La actora, quien tiene noventa años de edad, solicitó a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribución Parafiscales de la Protección Social (UGPP) la revisión de la aplicación del IPC en los actos administrativas que reconocieron y sustituyeron la pensión de jubilación, pero la entidad le respondió que realizada la verificación respectiva, encontraron que la mesada pensional estaba ajustada a derecho, con la aplicación en debida forma de los reajustes pertinentes.

La Sala reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para solicitar y obtener el reajuste periódico de una mesada pensional y, el derecho fundamental a mantener el poder adquisitivo de las pensiones.

Se CONCEDE la tutela y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos amparados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado 2deg Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Popayan - Cauca, el 2 de mayo de 2013, dentro de la accion de tutela promovida por Alexandra Sofia Castro Vidal, actuando como apoderada de la senora Maria Teresa Castrillon de Otoya, contra la Unidad Administrativa Especial de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccion Social y, en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital, a la seguridad social y al de mantener el poder adquisitivo de la pension de la tutelante.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccion Social que profiera un acto administrativo que actualice la mesada pensional de la actora aplicando el IPC certificado por el DANE, ano a ano, desde 1971 hasta el cumplimiento de la decision. Para tal efecto, tendra que aplicar la formula senalada en la sentencia T-098 de 2005.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccion Social que, una vez establecida la actualizacion, debera pagar, dentro de los 15 dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, el retroactivo de las diferencias entre los valores efectivamente recibidos y el valor de la mesada ajustada. Lo anterior, en relacion con las mesadas causadas desde el 12 de diciembre de 2009 hasta la fecha de notificacion de esta providencia.
  4. CUARTO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccion Social que en lo sucesivo, incremente anualmente la mesada pensional de la senora Maria Teresa Castrillon de Otoya de conformidad con la variacion porcentual del Indice de Precios al Consumidor (IPC), certificado por el DANE, para el ano inmediatamente anterior al reajuste.
  5. QUINTO. ORDENAR, por Secretaria General de esta Corporacion, remitir copias de la presente providencia a la Defensoria del Pueblo para que, en cumplimiento de sus funciones constitucionales, coadyuve en la vigilancia del cumplimiento de este fallo.
  6. SEXTO. Librense por la Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialMauricio González Cuervo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 22la citan 12 →T-953/13T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · citada 1.353 vecesT-225/931993SU.120/03 — Derechos Al Debido Proceso Igualdad Trabajo Y Seguridad Social. Via De Hecho. Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Principio De Favora · citada 372 vecesSU.120/032003C-288/12 — Sostenibilidad Fiscal. Instrumento Para Alcanzar De Manera Progresiva, Las Finalidades Del Estado Social Y Democrático De Derecho · citada 172 vecesC-288/122012C-862/06 — Pension De Jubilacion. Indexación De Salario Base Para Liquidar Pensión, A Quienes Se Retiran O Son Retirados Del Servicio Luego De Haber La · citada 166 vecesC-862/062006T-098/05 · citada 132 vecesT-098/052005T-634/06 · citada 109 vecesT-634/062006T-140/13 · citada 90 vecesT-140/132013SU.1073/12 · citada 87 vecesSU.1073/122012SU.069/18 — Indexacion De La Primera Mesada Pensional Se Aplica A Pensiones Causadas Con Anterioridad A La Constitucion De 1991. · citada 66 vecesSU.069/182018T-368/17 — Pension De Sobrevivientes Y Pension De Invalidez Son Compatibles. · citada 23 vecesT-368/172017T-596/15 — Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Pension De Jubilacion Proporcional Por Retiro Voluntario. · citada 18 vecesT-596/152015T-954/13 · citada 16 vecesT-954/132013T-464/17 — Derecho A La Sustitucion Pensional Y Pension De Sobrevivientes Para Hijos Entre 18 Y 25 Años Que Certifiquen Calidad De Estudiantes. · citada 12 vecesT-464/172017T-668/17 — Pension De Invalidez. Reconocimiento Para Personas Que Padecen Enfermedades Congenitas, Cronicas Y Degenerativas. · citada 11 vecesT-668/172017T-621/16 — Indexacion De La Primera Mesada Pensional En Situaciones Anteriores A La Constitucion De 1991 Y Terminos De Prescripcion. · citada 11 vecesT-621/162016T-717/17 — Pension De Invalidez Para Miembros De La Policia · citada 10 vecesT-717/172017
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.