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Sentencia de Tutela19 de octubre de 2017

T-646 de 2017

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Demandante Carlos Dario Negrete Benavides·Demandado Tribunal Superior De Antioquia, Sala Civil Especializada En Restitucion De Tierras

✓
Tema · dato duro
Segundos Ocupantes En Proceso De Restitucion De Tierras Despojadas O Abandonadas Forzosamente.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
  • Procedencia por desconocimiento del precedente constitucional por cuanto autoridad judicial incumplió su deber de establecer cuáles son las medidas de protección a favor del segundo ocupante
  • Procedencia por incurrir en defecto sustantivo, dado que la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras no aplicó las disposiciones de la Ley 1448 de 2011 que le reconocen la facultad de emitir un pro
Segundos Ocupantes
  • Sujetos de protección constitucional
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a la autoridad judicial demandada la vulneración de derechos fundamentales del accionante porque en el trámite de un proceso de restitución de tierras omitió determinar las medidas de protección a su favor, en calidad de segundo ocupante en condición de vulnerabilidad que no tuvo ninguna relación (directa o indirecta) con el despojo o el abandono forzado.

Se aduce que la providencia cuestionada incurrió en un defecto por desconocimiento del precedente, debido a que no aplicó las subreglas jurisprudenciales contenidas en las Sentencias C-330/16, T-315/16 y T-367/16.

Igualmente, en un defecto sustantivo, por inaplicar el artículo 102 de la Ley 1448 de 2011 y no armonizar su decisión con la interpretación expuesta en la Corte Constitucional en el primer fallo mencionado.

Se reitera jurisprudencia relacionada con los requisitos generales y especiales de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales.

Se confirma la decisión de instancia que TUTELÓ el derecho al debido proceso del peticionario y ordenó a la autoridad demandada especificar las medidas de protección a su favor.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida el 16 de marzo de 2017, por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, en la que tutelo el derecho fundamental al debido proceso del ciudadano Carlos Dario Negrete Benavides y, en consecuencia, ordeno a la Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras del Tribunal del Distrito Judicial de Antioquia, que especificara las medidas de proteccion a favor del accionante, en su calidad de
  2. segundo. ocupante reconocido en el marco de un proceso de restitucion de tierras.
  3. SEGUNDO. ADVERTIR a la Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras que continue haciendo seguimiento al cumplimiento de las ordenes proferidas en la sentencia del 3 de noviembre de 2016 y en el Auto del 2 de mayo de 2017.
  4. TERCERO. ADVERTIR a la Unidad de Restitucion de Tierras que debe adelantar las actuaciones necesarias, de manera diligente y oportuna, para garantizar el efectivo cumplimiento de las ordenes proferidas en el Auto del 2 de mayo de 2017 por la Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras del Tribunal del Distrito Judicial de Antioquia.
  5. CUARTO. PREVENIR al ciudadano Carlos Dario Negrete Benavides, que no puede obstaculizar el cumplimiento efectivo de la sentencia del 3 de noviembre de 2016, dado que, ya fueron dispuestas las medidas de proteccion, encaminadas a salvaguardar sus derechos fundamentales como
  6. segundo. ocupante en situacion de vulnerabilidad.
  7. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 66la citan 13 →T-646/17C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · citada 2.128 vecesC-590/052005T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · citada 1.025 vecesT-522/012001T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · citada 801 vecesT-025/042004T-292/06 · citada 614 vecesT-292/062006SU.014/01 — Derecho A La Circulacion De La Informacion Debido Proceso Y Defensa. Solicitud Nulidad De Todo Lo Actuado Y De Sentencia Proferida. Via De H · citada 533 vecesSU.014/012001SU.047/99 — Debido Proceso. Inviolabilidad De Los Congresistas. Incompetencia De La Corte Suprema Para Investigar Los Votos De Los Representantes En El · citada 533 vecesSU.047/991999SU.195/12 · citada 299 vecesSU.195/122012T-018/08 · citada 292 vecesT-018/082008T-008/19 — Restitucion De Tierras En El Marco De La Reparacion Integral De Victimas Del Conflicto Armado. · citada 36 vecesT-008/192019SU.566/19 — Debido Proceso Y Acceso Al Ejercicio De Cargos Publicos De Contralor Municipal. · citada 33 vecesSU.566/192019SU.574/19 — Sustitución Pensional A Favor De Compañera Permanente. Interpretacion Del Artículo 55 De La Ley 90 De 1946, De Conformidad Con Los Preceptos · citada 31 vecesSU.574/192019SU.516/19 — Aplicación Retroactiva De La Caducidad En El Proceso De Perdida De Investidura · citada 28 vecesSU.516/192019SU.455/20 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Procedencia Por Defecto Factico En Proceso Ordinario De Responsabilidad Civil Extracontractu · citada 22 vecesSU.455/202020T-334/21 — Accion De Tutela Para Controvertir Decisiones Judiciales Que Han Reconocido Y Reliquidado Pensiones Con Palmario Abuso Del Derecho-Procedenc · citada 17 vecesT-334/212021T-341/22 — Mora Judicial Justificada-Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En El Marco De Un Proceso De La Jurisdicción Especializada En Rest · citada 5 vecesT-341/222022T-306/21 — Segundos Ocupantes En Proceso De Restitucion De Tierras.Proteccion · citada 5 vecesT-306/212021
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.