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Sentencia de Tutela3 de diciembre de 1997

T-643 de 1997

Ponente Carlos Gaviria Díaz

✓Demandante Carlos Arturo Gomez

✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Principio No Reformatio In Pejus. Via De Hecho. Aumento En La Tasacion De Perjuicios. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio No Reformatio In Pejus
  • Indemnización de perjuicios causados
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
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Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Revocar las sentencias proferidas por la Subsección "A" de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el 31 de julio de 1997, y por el Tribunal Contencioso Administrativo de Nariño, el 16 de junio de 1997 y, en su lugar, tutelar el derecho al debido proceso de Carlos Arturo Gómez.
  2. Segundo. Ordenar a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Juan de Pasto que decrete la nulidad de la sentencia penal de segunda instancia adoptada el 25 de octubre de 1996 en contra de Carlos Arturo Gómez, por ser violatoria de los artículos 29 y 31 de la Carta Política; en lugar de ésta, dictar una nueva providencia para resolver el recurso de apelación interpuesto por el actor, respetando los límites impuestos por el Constituyente al juez ad-quem en el inciso
  3. segundo. del artículo 31 Superiror, cuyos alcances fueron fijados en las Sentencias de unificación SU-327 y SU-598, ambas de 1995.
  4. Tercero. Advertir al Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Juan de Pasto que debe abstenerse de proferir decisiones como la que originó el presente proceso de tutela, so pena de las sanciones contempladas en el artículo 24 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Cuarto. Comunicar la presente providencia al Tribunal Contencioso Administrativo de Nariño, para los efectos contemplados en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

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Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 4la citan 8 →T-643/97C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · citada 2.419 vecesC-543/921992SU.327/95 — Principio De La Legalidad De La Pena. Reformatio In Pejus. Concedida. · citada 63 vecesSU.327/951995T-233/95 — Debido Proceso En Actuaciones Disciplinarias. Apelante Unico. Tutela Transitoria. Sancion A Capitan De La Policia. Concedida. · citada 35 vecesT-233/951995T-400/96 — Carrera Adtiva. Ders Adquiridos Una Vez Inscritos En Carrera. Reintegro Al Cargo. Negada. · citada 15 vecesT-400/961996SU.1299/01 — Derecho A La Defensa Y Debido Proceso. Condenados Por Delito Culposo Quienes Solictan Aplicacion De Prohibicion De Reformatio In Pejus. Proh · citada 80 vecesSU.1299/012001T-057/04 — Derecho Al Debido Proceso Y Tutela Judicial Efectiva. Via De Hecho. Impugnacion Sentencia Laboral. Solicitud Reintegro. Declaracion De Insub · citada 36 vecesT-057/042004T-751/99 — Debido Proceso. Principio No Reformatio In Pejus. Hurto Agravado Y Lesiones Personales. Concedida. · citada 22 vecesT-751/991999T-179/98 — Reformatio In Pejus. Prohibicion De Agravacion De La Pena. Concedida. · citada 10 vecesT-179/981998T-178/98 — Reformatio In Pejus. Prohibicion De Agravacion De La Pena. Concedida. · citada 6 vecesT-178/981998T-755/98 — Debido Proceso. Principio No Reformatio In Pejus. Improcedencia Por Tratarse De Una Revision En Grado Jurisdiccional De Consulta. Negada. · citada 4 vecesT-755/981998A. 172/04 — Solicitud De Nulidad Del Auto De Sala Plena De 5 De Octubre De 2004; Del Auto De 8 De Junio De 2004, Que Denego La Solicitud De Nulidad De L · citada 2 vecesA. 172/042004T-750/99 — Debido Proceso. Principio No Reformatio In Pejus. Hurto Agravado. Concedida. · citada 1 vecesT-750/991999
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.