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Sentencia de Tutela17 de mayo de 2001

T-512 de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

✓Demandante Vicente Caicedo Y Otros Vs. Dpto Administrativo De Accion Comunal Del Distrito Capital

✓
Tema · dato duro
Derecho De Asociacion Sindical Derecho De Asociacion Sindical. Despido De Trabajadores Por Restructuracion. Supresion De Cargos. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administracion Publica
  • Fundamentos del proceso de reestructuración
  • Reestructuración
Derecho De Asociación Sindical
  • Desconocimiento por despido colectivo de trabajadores
  • Despido colectivo por reestructuración
  • No vulneración por despidos colectivos
Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas
  • Protección ante privatización o reestructuración de entidades
Proceso De Reestructuracion
  • Alcance
  • No vulnera el derecho de asociación sindical
6 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, los fallos adoptados por Juez 72 Penal Municipal de Bogotá y Juez
  2. Cuarto. Penal del Circuito de Bogotá.
  3. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 12la citan 40 →T-512/01T-1625/00 — Derecho Al Trabajo Libertad Debido Proceso Y Defensa. Tramite Del Recurso De Casacion. Interpretacion Judicial. Principios De Favorabilidad · citada 801 vecesT-1625/002000SU.047/99 — Debido Proceso. Inviolabilidad De Los Congresistas. Incompetencia De La Corte Suprema Para Investigar Los Votos De Los Representantes En El · citada 533 vecesSU.047/991999C-479/92 — Ley 60/92 Art. 2. . Retiro Del Servicio De Funcionarios Publicos. Preambulo De La C.N. Carrera Admin. Exequible . Dec. 1660/91. Inexequible. · citada 213 vecesC-479/921992SU.667/98 — Debido Proceso. Libertad De Expresion. Autonomia Universitaria. Reintegro De Catedratico A La Universidad De Medellin. Concedida. · citada 203 vecesSU.667/981998C-527/94 — Ley 73/93. Normas Para El Retiro Compensado De Empleados Y Funcionarios De La Contraloria. Exequibles E Inexequibles. · citada 168 vecesC-527/941994C-074/93 — Dec. 1755/91. Modernizacion Del Estado. Caja Agraria. Exequible. · citada 86 vecesC-074/931993T-476/98 — Derecho Al Trabajo. Derecho A La Libre Asociacion Y Negociacion Colectiva. Reintegro De Trabajadores. Radionet. Concedida · citada 78 vecesT-476/981998C-209/97 — Ley 300/96. Arts. 55 Lit E) Y Parag ; 101102103104 Parcial. Normas Sobre Corporacion Nacional De Turismo. Exequible E Inexequible. · citada 69 vecesC-209/971997T-575/02 — Derechos Al Trabajo Debido Proceso Personalidad Juridica Libertad Y Asociacion Sindical. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Pro · citada 342 vecesT-575/022002SU.388/05 · citada 248 vecesSU.388/052005T-809/10 · citada 116 vecesT-809/102010T-700/06 · citada 100 vecesT-700/062006T-602/05 — · citada 44 vecesT-602/052005T-162/10 · citada 43 vecesT-162/102010T-034/10 · citada 43 vecesT-034/102010T-726/05 · citada 41 vecesT-726/052005
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.