JurídicoESEN
Sentencia de Tutela15 de julio de 1998

T-357 de 1998

Ponente Fabio Morón Díaz

✓Demandante Maria Bibiana Nieves Tenorio

✓
Tema · dato duro
Der. A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Conflictos Entre Entidades Prestadoras De Seguridad Social No Pueden Afectar Ders. De Los Usuarios. Pago De Mesadas. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Seguridad Social
  • Fundamental por conexidad
  • Naturaleza
Sociedad Administradora De Fondo De Pensiones
  • Controles en su actividad
  • Conflicto con empleador para pago de pensión no puede afectar a usuarios
Servicio Publico De Seguridad Social
  • Conflictos entre entidades para su prestación no pueden afectar a usuarios
Pension De Invalidez
  • Revocación de reconocimiento por vinculación múltiple
Revocacion Directa Por Entidad Privada De Pension De Invalidez
  • Consentimiento expreso y escrito del titular respecto de vinculación irregular
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la providencia expedida por el Juzgado
  2. Sexto. Civil Municipal de Medellín, el 12 de febrero de 1998, por medio de la cual negó la acción de tutela entablada por María Bibiana Nieves Tenorio en contra de la sociedad administradora de fondos de pensiones y cesantías Protección S.A.
  3. Segundo. TUTELAR el derecho a la seguridad social de la demandante, en conexión con su derecho constitucional fundamental a una vida digna y ordenar que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, Protección S.A. reanude el pago de las mesadas propias de la pensión de invalidez reconocida a María Bibiana Nieves Tenorio, a partir del mes correspondiente a dicha notificación y hasta cuando la autoridad competente defina quién debe hacerse cargo definitivamente de tal prestación económica.
  4. Tercero. SEÑALAR que la quinta consideración de esta sentencia, en cuanto al procedimiento que las entidades privadas encargadas de la prestación del servicio público de seguridad social deben seguir para revocar sus actos, cuando éstos crean o modifican una situación jurídica particular y concreta o reconocen un derecho subjetivo de los usuarios, constituye doctrina constitucional obligatoria para ellas y para todas las autoridades de la República.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 9la citan 16 →T-357/98T-406/92 — Derecho A La Salubridad Publica. Derecho Al Servicio De Alcantarillado. Estado Social De Derecho. Concedida · citada 563 vecesT-406/921992C-177/98 — Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al T · citada 553 vecesC-177/981998C-265/94 — Ley 44/93. Arts 12 Y 38 Parciales. Tipos Constitucionales De Asociacion. Sociedades Mercantiles. Exequibles. · citada 189 vecesC-265/941994T-639/97 — Der. A La Vida. Construccion De Edificio Que Causa Daños A Edificio Aledaño. Concedida. · citada 74 vecesT-639/971997C-179/97 — Dec. 1283/94. Art. 3 Paragrafo Unico. Regimen De Reservas De La Caja De Auxilios Y Prestaciones De Asoc. Col. De Aviadores Civiles -Caxdac-. · citada 72 vecesC-179/971997T-290/98 — Der. A La Integridad Personal. Der. A La Vida. Preexistencias. Medicina Prepagada. Salud Colmena. Concedida. · citada 39 vecesT-290/981998T-327/98 — Der. A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital De Las Personas De La Tercera Edad. Pago De Pension De Vejez Y Afiliacion A Salud. Aseadora · citada 36 vecesT-327/981998T-330/98 — Der. A La Seguridad Social. Cancelacion De Mesada Pensional Por Telecom. Tutela Transitoria. Concedida. · citada 28 vecesT-330/981998C-1094/03 — Ley 797 De 2003. Arts. 11 12 13 18 Y 19. Sistema General De Pensiones. Regimenes Pensionales Exceptuados Y Especiales. Pension De Invalidez · citada 212 vecesC-1094/032003T-259/03 — Derechos Al Minimo Vital Vida Dignidad Integridad Fisica Igualdad Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales. Pen · citada 41 vecesT-259/032003T-435/16 — Pension De Invalidez. Fecha De Estructuracion Y El Retiro Material Y Efectivo Del Mercado Laboral. · citada 25 vecesT-435/162016T-466/99 — Der. A La Seguridad Social. Der. A La Vida. Mora En El Pago De Pension De Jubilacion. Banco Popular. Concedida. · citada 21 vecesT-466/991999T-1182/05 · citada 16 vecesT-1182/052005T-118/01 — Derecho De Peticion Vida Digna Y Minimo Vital. Pago Y Reajuste De Pension Por Incapacidad Permanente Derivada De Un Accidente De Trabajo. So · citada 15 vecesT-118/012001T-444/04 — Derechos Al Debido Proceso Defensa Seguridad Social Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Concurrencia Pension · citada 9 vecesT-444/042004T-130/99 — Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Infipal. Concedida. · citada 7 vecesT-130/991999
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.