Sentencia de Tutela18 de septiembre de 2026
T-307 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Valencia, C�rdoba, mediante la cual se neg� el amparo solicitado. En su lugar, CONCEDER la protecci�n de los derechos fundamentales a la salud, a la vida en condiciones dignas y a la integridad personal de Camila .
- SEGUNDO. DESVINCULAR a la Direcci�n de Salud Municipal de Valencia del presente tr�mite constitucional, de conformidad con las consideraciones expuestas en esta providencia.
- TERCERO. ORDENAR al Hospital Sagrado Coraz�n de Jes�s de Valencia que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificaci�n de esta providencia, adelante las actuaciones asistenciales y de articulaci�n necesarias para hacer efectiva la atenci�n prescrita por el m�dico tratante respecto de las patolog�as de base de la accionante y de la prevenci�n de las complicaciones cardio-cerebro-vasculares, renales y cardiacas asociadas. Para ese efecto, el Hospital deber� garantizar las terapias f�sicas ordenadas �en caso de que a�n no hayan sido suministradas�; gestionar el ingreso de la accionante a la Ruta Integral de Atenci�n en Salud para la poblaci�n con riesgo o presencia de alteraciones cardio-cerebro-vasculares y metab�licas manifiestas; realizar las remisiones correspondientes; y garantizar las dem�s prestaciones que el m�dico tratante ordene para el manejo de dicha condici�n cl�nica.
- CUARTO. ORDENAR a la Secretar�a de Salud Departamental de C�rdoba que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificaci�n de esta providencia, adopte las medidas necesarias para garantizar, coordinar y financiar la atenci�n en salud a que se refiere el ordinal anterior, sin supeditar su prestaci�n a la regularizaci�n de la situaci�n migratoria de la accionante.
- QUINTO. INSTAR a Camila para que adelante las gestiones necesarias para regularizar su situaci�n migratoria y adelantar su afiliaci�n al Sistema General de Seguridad Social en Salud, de conformidad con el principio de corresponsabilidad desarrollado en esta providencia.
- SEXTO. Por Secretar�a General de la Corte Constitucional, LIBRAR la comunicaci�n a la que se refiere el art�culo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] La Sala de Selecci�n de Tutelas N�mero Cuatro escogi� el expediente de la referencia para su revisi�n en virtud del criterio objetivo (posible violaci�n o desconocimiento de un precedente de la Corte Constitucional) y del criterio subjetivo (urgencia de proteger un derecho fundamental) , en sesi�n del 30 de abril de 2026. El expediente fue asignado por sorteo a la suscrita magistrada como sustanciadora de su tr�mite y decisi�n. [2] Expediente digital, archivo: �Procesos_1_01DEMANDA.pdf�. [3] De 41 a�os. [4] Expediente digital, archivo: �Procesos_2_02ANEXOS.pdf�, p. 2. [5] Expediente digital, archivo: �Procesos_1_01DEMANDA.pdf�, p. 1. [6] Expediente digital, archivo: �Procesos_2_02ANEXOS.pdf�, p. 2. [7] Expediente digital, archivo: �Procesos_2_02ANEXOS.pdf�, p. 2. [8] Expediente digital, archivo: �Procesos_1_01DEMANDA.pdf�, p. 1. [9] Expediente digital, archivo: �Actuaciones_13_10CONTESTACION.pdf�. [10] Expediente digital, archivo: �Actuaciones_14_11CONTESTACION.pdf�. [11] Expediente digital, archivo: �Actuaciones_12_13SENTENCIA.pdf�. [12] La legitimaci�n en la causa por activa exige que la acci�n de tutela sea promovida por el titular de los derechos fundamentales invocados o por quien act�e leg�timamente en su nombre. [13] La legitimaci�n en la causa por pasiva exige que la acci�n se dirija contra quien presuntamente vulner� o amenaz� los derechos fundamentales invocados, o contra quien est� llamado a garantizar su protecci�n. [14] La inmediatez exige que la acci�n se interponga en un plazo razonable desde la ocurrencia de los hechos que motivan la solicitud de amparo. Esta valoraci�n debe realizarse en atenci�n a las circunstancias del caso y al car�cter continuo o actual de la afectaci�n alegada (ver sentencia T-011 de 2025, entre otras). [15] La subsidiariedad exige que no existan otros mecanismos judiciales para la protecci�n de los derechos fundamentales invocados. Este requisito debe apreciarse con mayor flexibilidad cuando est�n involucrados sujetos de especial protecci�n constitucional o cuando la acci�n se promueve para evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable (ver sentencias SU-419 de 2024, SU-016 de 2021, T-011 de 2025 y T-005 de 2023). [16] Sentencias T-089 de 2026, T-210 de 2018, SU-677 de 2017, T-421 de 2017, entre otras. [17] Sentencias T-259 de 2025, T-166 de 2024, T-445 de 2023, T-120 de 2022, entre otras. [18] Sentencias T-259 de 2025, T-365 de 2024 y T-445 de 2023, entre otras. [19] Sentencia T-314 de 2016. [20] Sentencia T-705 de 2017. [21] Sentencia SU-677 de 2017. [22] Sentencia T-210 de 2018, citando la T-705 de 2017. [23] Sentencia T-210 de 2018. [24] Sentencia T-089 de 2026. [25] Reiterada, entre otras, por la sentencia T-556 de 2023. [26] Sentencias T-415 de 2021, T-197 de 2019 y T-210 de 2018, entre otras. [27] Entendida como aquella que disminuye �dr�sticamente las fuerzas f�sicas y mentales de una persona, situ�ndola en una condici�n de vulnerabilidad�. Sentencia T-089 de 2026. [28] Sentencia T-415 de 2021. [29] Al respecto, ver tambi�n la sentencia T-089 de 2026. [30] Sentencia T-089 de 2026. [31] Sentencias T-705 de 2017, T-210 de 2018, T-197 de 2019, T-209 de 2024, entre otras. [32] Sentencias T-246 de 2020, T-415 de 2021, T-011 de 2024, T-025 de 2019, entre otras. [33] Sentencia T-166 de 2024. [34] Sentencia T-390 de 2020. [35] Sentencia T-021 de 2021. [36] Sentencia T-090 de 2021. [37] Sentencia T-210 de 2018. [38] Sentencia T-120 de 2022. [39] Sentencia T-266 de 2021. [40] Sentencia SU-677 de 2017. [41] Sentencia T-089 de 2026 y T-166 de 2024. [42] Sentencias T-210 de 2018 y T-0
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.