Sentencia de Tutela11 de septiembre de 2026
T-299 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. LEVANTAR la suspensi�n de t�rminos y las medidas provisionales decretadas en el Auto 477 de 2026.
- Segundo. REVOCAR la sentencia emitida el 17 de septiembre de 2025 por la Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, que confirm� el fallo adoptado el 4 de agosto de 2025, emitido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial , que neg� la acci�n de tutela. En su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso, a ser escuchado y a que su voz sea tenida en cuenta, a tener una familia y a la identidad de Mauricio .
- Tercero. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia proferida el 1� de julio de 2025 por el Juzgado Promiscuo de Familia , que decidi� la terminaci�n de forma anticipada del proceso de investigaci�n e impugnaci�n de la maternidad y paternidad, interpuesto por el Defensor de Familia del Centro Zonal en contra de Alejandra , Ariel , Zulma y Zaid .
- Cuarto. En su lugar, DISPONER que, de manera inmediata, el Juzgado Promiscuo de Familia , d� curso al proceso y, en consecuencia, adopte un fallo de fondo , de conformidad con lo previsto en esta sentencia. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo de Familia , que deber� tener en cuenta los fundamentos de esta providencia que llevaron al amparo de los derechos fundamentales de Mauricio . Esto incluye lo siguiente: (i) la providencia que se profiera deber� motivar expresamente en qu� medida la decisi�n satisface el principio del inter�s superior de Mauricio , c�mo lo escuch� y qu� papel le otorg� a la opini�n del ni�o sobre el objeto del proceso y las determinaciones adoptadas, siguiendo las garant�as dispuestas en los fundamentos de esta providencia. En todo caso, el juzgado de familia deber� procurar la adopci�n de �rdenes que, de forma progresiva y soportadas en la opini�n y expresi�n de Mauricio , procuren su bienestar integral y estabilidad emocional y familiar. Igualmente, (ii) el despacho deber� tener en cuenta que el reconocimiento de hijo de crianza constituye un estado civil aut�nomo y, por lo mismo, la definici�n de ese estado civil no es objeto de conciliaci�n por las partes en conflicto. Por lo anterior, deber� resolver las tensiones que en el contexto espec�fico de Mauricio se generen eventualmente en sus relaciones familiares, su filiaci�n y los estados civiles a valorarse.
- Quinto. ORDENAR al Juzgado Promiscuo de Familia que, de forma inmediata, analice la procedencia de la conexidad procesal entre los procesos de impugnaci�n e investigaci�n de la maternidad y paternidad de Mauricio y el procedimiento de declaraci�n de hijo de crianza del mismo ni�o. En caso de no encontrar procedente dicha figura, tambi�n de forma inmediata, suspenda el procedimiento de declaraci�n de hijo de crianza, iniciado por Alejandra y Ariel , que se adelanta ante el mismo juzgado, en la etapa en que se encuentre. Lo anterior, hasta que se profiera la decisi�n judicial definitiva en el proceso de impugnaci�n e investigaci�n de la maternidad y paternidad , de conformidad con lo dispuesto en el fundamento jur�dico 133 de esta providencia.
- Sexto. ADVERTIR al Defensor de Familia que en el tr�mite del proceso o procesos judiciales que involucren a Mauricio , as� como a cualquier otro ni�o, ni�a o adolescente, observe diligentemente los lineamientos de esta providencia sobre el inter�s superior del menor y el derecho de estos a ser escuchados y a que su voz sea tenida en cuenta en todo tr�mite administrativo o judicial. S�ptimo. ORDENAR al Consejo Superior de la Judicatura que, a trav�s de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, divulgue esta providencia a todos los despachos judiciales del pa�s y contin�e generando espacios de capacitaci�n que fomenten la aplicaci�n del: (i) el derecho de los ni�os, ni�as y adolescentes en los procesos de familia a ser escuchados y a que su voz sea tenida en cuenta y, m�s espec�ficamente en los de filiaci�n, con las salvaguardas m�nimas de protecci�n dispuestas en esta sentencia y (ii) la valoraci�n integral de las tensiones interpretativas y pr�cticas entre filiaci�n biol�gica y realidad socioafectiva, con �nfasis en el an�lisis cuidadoso y contextualizado de las relaciones familiares y la existencia de los estados civiles filiales y de crianza.
- Octavo. Por Secretar�a General de la Corte Constitucional, LIBRAR la comunicaci�n prevista en el art�culo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, para que el juzgado de primera instancia realice las notificaciones a las partes e intervinientes de la presente acci�n de tutela. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 002Demanda. Folio 5. [2] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 067Contestaci�nDemanda. Folio 45. [3] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial.002DemandayAnexos. Folio 2. [4] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial.004AdmiteDemanda. [5] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial.067Contestaci�nDemanda. [6] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial.067Contestaci�nDemanda. [7] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 209VideoAudienciaParteUno. [8] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 209VideoAudienciaParteUno. [9] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 209VideoAudienciaParteUno. [10] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 209VideoAudienciaParteDos. [11] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 209VideoAudienciaParteDos. [12] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 209VideoAudienciaParteDos. [13] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJudicial. 209VideoAudienciaParteDos. [14] Expediente T-11.644.707. Archivo: C01PrincipalProcesoJ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.