JurídicoESEN
Sentencia de Constitucionalidad18 de noviembre de 1999Sala Plena

C-915 de 1999

Ponente Fabio Morón Díaz

✓Demandante Omar Cabrera Polanco

✓
Tema · dato duro
Ley 37/33 Art. 3. Pago Pension A Servidor Publico. Pension De Maestros De Escuelas. Pension Gracia. Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension Gracia
  • Constitucionalidad de su regulación
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 37/33. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 3Ley 37/33 «inciso 2»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar EXEQUIBLE el inciso
  2. segundo. del articulo 3o. de la Ley 37 de 1933, por el cual " se decreta el pago de una pension a un servidor publico y sobre jubilacion de algunos empleados".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 4la citan 6 →C-915/99C-427/96 — Dec. 2700/91. Art. 457. C.P.P. Tramite Especial Para Juzgamiento De Delitos De Competencia De Los Jueces Regionales. Ver <a Href=../1993/C-0 · citada 183 vecesC-427/961996C-599/98 — Ley 100/93. Art. 169. Planes Complementarios De Salud. Exequible. Ver La Sentencia <a Href=../1996/C-663-96y.Rtf> C-663/96</A><a Href=../199 · citada 39 vecesC-599/981998C-479/98 — Ley 114/1913. Arts. 1 Parcial Y 4 N° 3. Pension Gracia. Diferencia Entre Pension Para Educadores Oficiales Y Privados. Pensiones Paralelas. · citada 28 vecesC-479/981998C-084/99 — Ley 91/89. Art. 15 Nº2 Lit. B). Fondo De Prestaciones Sociales Del Magisterio. Pension Gracia. Docentes Vinculados Antes Del 1 De Enero/81 Y · citada 16 vecesC-084/991999T-218/12 · citada 61 vecesT-218/122012T-653/04 — Derechos A La Vida Igualdad Trabajo Seguridad Social Y Minimo Vital De Docente Con Cancer De Seno Con Perdida De Capacidad Laboral Del 96%. · citada 50 vecesT-653/042004T-316/01 — Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago De La Pension De Jubilacion. Respuesta Oportuna Y De Fondo. Concedida. · citada 20 vecesT-316/012001C-741/12 — Proyecto De Ley Sobre Extension De Pension Gracia A Ciertas Categorias De Docentes Oficiales. Inexequibilidad En Razón A Que Su Tramite Requ · citada 9 vecesC-741/122012C-954/00 — Ley 91 De 1989. Art.15. Num.2. Lit.A). Fondo De Prestaciones Del Magisterio. Pension Gracia A Docentes El Sector Oficial. Exequible Salvo Ex · citada 9 vecesC-954/002000SU.014/20 — Accion De Tutela Contra Providencias-Procedencia Por Defectos Sustantivo Y Fáctico En Reconocimiento De La Pensión De Gracia A Docente · citada 7 vecesSU.014/202020
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.