JurídicoESEN
Sentencia de Constitucionalidad21 de marzo de 1996Sala Plena

C-118 de 1996

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

✓Demandante Alejandro De Castro Gonzalez

✓
Tema · dato duro
Dec. 100/80. C.P. Arts. 372 Parcial 133 Y 357. Circunstancias De Agravacion Punitiva. Peculado. Cosa Juzgada. Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

8 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 100/80. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 133Decreto 100/80INHIBITORIO
Art. 357Decreto 100/80 «Inciso 2.»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
  2. R E S U E L V E:
  3. PRIMERO. Declararse INHIBIDA, por sustraccion de materia, para conocer de la demanda de inconstitucionalidad contra el articulo 133 del Decreto Ley 100 de 1980 (Codigo Penal).
  4. SEGUNDO. ESTARSE a lo resuelto en sentencia C-070 de 1996, en relacion con el articulo 372-1 del Decreto Ley 100 de 1980 (Codigo Penal).
  5. TERCERO. Declarar EXEQUIBLE el inciso 2o del articulo 357 del Decreto Ley 100 de 1980 que dice "La pena se aumentara hasta en la mitad, si la cuantia del cheque fuere superior a cien mil pesos", siempre y cuando la expresion "cien mil pesos" se entienda en terminos de valor constante del ano 1981, equivalente a 18.83 salarios minimos legales mensuales vigentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJosé Gregorio Hernández Galindo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 3la citan 28 →C-118/96C-070/96 — C.P. Art. 372 N°1. Delitos Contra El Patrimonio Economico. Perdida Del Valor Del Dinero En Materia Penal. Exequible. · citada 130 vecesC-070/961996C-591/93 — Dec.2651/91. Art 42. Sanciones A Jueces Morosos. Exequible. · citada 36 vecesC-591/931993C-213/94 — Ley 40/93. Varios Arts. Ley Antisecuestro. Estarse A Lo Resuelto En La <a Href=../1993/C-542-93.Rtf> C-542/93</A>. Inexequible Art 15 Ultima · citada 27 vecesC-213/941994C-226/02 — Bigamia Y Matrimonio Ilegal. Despenalización De Conductas · citada 103 vecesC-226/022002C-329/01 — Fallo Inhibitorio Por Norma Derogada · citada 73 vecesC-329/012001C-939/02 — Principio De Restriccion Material De Tipo Penal Especial En Conmocion Interior. Relación Directa Con Bienes Jurídicos, Estabilidad Instituci · citada 65 vecesC-939/022002C-370/02 — Inimputable Por Diversidad Sociocultural. Responde Penalmente Pero No Se Impone Medida De Seguridad · citada 63 vecesC-370/022002C-664/09 — Impuesto Al Consumo De Cigarrillos Y Tabaco Elaborado. Determinación Por Precio De Las Cajetillas · citada 47 vecesC-664/092009C-334/13 — Concierto Para Delinquir Y Entrenamiento Para Actividades Ilicitas. Circunstancias De Agravación Punitiva De Conductas Cometidas Por Miembro · citada 43 vecesC-334/132013C-247/04 — Inasistencia Alimentaria. Diferencia De Trato Entre Menores Al Establecer Agravación Punitiva En Menor De Catorce Años · citada 39 vecesC-247/042004C-016/04 — Derecho A La Igualdad En Inasistencia Alimentaria. No Discriminación Por Origen Del Vínculo Familiar · citada 38 vecesC-016/042004
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.