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Auto27 de marzo de 2019

A- de 2019

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Demandante Juan Pablo Cardona Gonzalez

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Correccion De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Aplicación del artículo 286 del Código General del Proceso
Aclaracion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la Sentencia C-054/19.

El memorialista le pidió a la Corporación aclarar varios aspectos de la parte motiva de la providencia de la referencia.

La Sala Plena de la Corporación decidió ACLARAR los numerales 53 y 88 de la parte motiva del precitado fallo, en el entendido de que el artículo 2º de la Ley 232 de 1995 hace remisión a la ley 9 de 1979 y no al artículo 9 de la ley 99 de 1993.

Así mismo, dispuso CORREGIR los errores de transcripción que se presentaron en los numerales 91 y 92, en el sentido de que la referencia jurisprudencial allí contenida es a la Sentencia C-211/17 y no al fallo C-271/17.

Por último, se RECHAZÓ, por improcedente, las solicitudes de aclaración frente al numeral 103 y respecto del alcance del numeral 1º del artículo 87 de la Ley 1801 de 2016.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. ACLARAR los numerales 53 y 88 de la parte motiva de la Sentencia C-054 de 2019, bajo el entendido de que el articulo 2 de la Ley 232 de 1995 hace remision a la "Ley 9 de 1979", no al "articulo 9 de la Ley 99 de 1993".
  2. SEGUNDO. CORREGIR los errores de transcripcion que se presentaron en los numerales 91 y 92 de la parte motiva de la Sentencia C-054 de 2019, en el sentido de que la referencia jurisprudencial alli contenida es a la Sentencia C-211 de 2017, no a la providencia C-271 de 2017.
  3. TERCERO. RECHAZAR por improcedentes, las solicitudes de aclaracion frente al numeral 103 de la Sentencia C-054 de 2019 y respecto del alcance del numeral 1 del articulo 87 de la Ley 1801 de 2016.
  4. CUARTO. Contra el presente Auto no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.