Auto30 de septiembre de 2026
A-1321 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado por el Juzgado 022 Laboral del Circuito Judicial de Bogot� y el Juzgado 059 Administrativo del Circuito Judicial de Bogot�, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 022 Laboral del Circuito Judicial de Bogot� es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por la EPS ECOOPSOS en liquidaci�n contra la ESE Hospital San Rafael de Pacho .
- SEGUNDO. Por medio de la Secretar�a General de esta Corporaci�n, REMITIR el expediente CJU-7865 al Juzgado 022 Laboral del Circuito Judicial de Bogot� para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique lo pertinente a los interesados. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada Ausente con permiso CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado Ausente con comisi�n JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente CJU-7865, archivo �01DEMANDAEJECUTIVA.pdf�. [2] Expediente CJU-7865, archivo �06AutoRechazaPorCompetencia.pdf�. [3] Expediente CJU-7865, archivo �009Autoqueremite_202500358remiteporco.pdf�. [4] Expediente CJU-7865, archivo �02CJU-7865 Correo Remisorio.pdf�. [5] Expediente CJU-7865, archivo �03CJU-7865 Constancia de Reparto.pdf�. [6] � Art�culo 241. A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: (�) 11. Numeral adicionado por el art�culo 14 del Acto Legislativo 2 de 2015 : Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [7] Cfr., Corte Constitucional, autos 345 de 2018, 328 de 2019, 452 de 2019 y 608 de 2019. [8] Al respecto, se sugiere revisar el Auto 155 de 2019 para comprender el significado de cada presupuesto para la configuraci�n de un conflicto de competencia entre jurisdicciones. [9] La Corte Constitucional se�ala que estos presupuestos fueron acreditados y se evidencian en el subt�tulo de � Antecedentes� del presente Auto. [10] La Corte aplica el antiguo CPTSS, contenido en el Decreto Ley 2158 de 1948, por ser la normativa vigente al momento de presentaci�n de la demanda y, por tanto, la aplicable al caso concreto. [11] Expediente CJU-7865, archivo �01DEMANDAEJECUTIVA.pdf�.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.