Auto30 de septiembre de 2026
A-1306 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Juzgado 002 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Quibd�, Choc�, y el Juzgado 007 de Instrucci�n Penal Militar, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicci�n ordinaria en su especialidad penal es la competente para conocer del proceso penal adelantado contra el se�or Johan Sebasti�n Urango Banquet.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretar�a General, REMITIR el expediente CJU-7268 al Juzgado 002 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Quibd�, Choc� , para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisi�n al Juzgado 007 de Instrucci�n Penal Militar y a los sujetos procesales y partes interesadas. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada Ausente con permiso CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado Ausente con comisi�n JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital. Archivo Scanned-image-22 3pdf. [2] Ibidem. Los militares que resultaron heridos fueron identificados como Ay�n de Jes�s Puerta Puerta y Ferney Hern�ndez Moreno. [3] Ibidem. [4] Expediente digital. Archivo Scanned-image-24 3pdf. [5] Ibidem. [6] Expediente digital. Archivo Scanned-image-21 3pdf. [7] Expediente digital. Archivo Scanned-image-5 3pdf. [8] Expediente digital. Archivo Scanned-image-21 3pdf. . Adem�s, se explic� que tambi�n se investigaban esos hechos porque como resultado de la operaci�n se dej� constancia de � dos camionetas del Ej�rcito Nacional incineradas y un material de guerra, de intendencia y de comunicaciones destruidos por miembros de la comunidad ind�gena�. [9] Expediente digital. Archivo 33pdf. [10] Ibidem. Indic� que aquella tuvo lugar en el marco del proceso con radicado 110010102000201101461. [11] Expediente digital. Archivo 03CJU-7268 Constancia de Repartopdf. [12] Expediente digital. Archivo 00 Recibido ventanilla Secretar�a General en fisico 07 de abril de 2026pdf. [13] Ibidem. [14] Corte Constitucional. Auto 155 de 2019. [15] Para el desarrollo del presente ac�pite se retomar�n algunas de las consideraciones dispuestas en los autos 152, 2195, 2821 de 2023 y [16] Corte Constitucional. Sentencias C-086 de 2016 y C-372 de 2016 respectivamente. [17] Corte Constitucional. Sentencia C-1214 de 2001. [18] Por lo tanto, para que un delito sea de competencia de la justicia penal militar, esto es, para que exista un v�nculo claro entre � el hecho punible debe surgir como una extralimitaci�n o un abuso de poder ocurrido en el marco de una actividad ligada directamente a una funci�n propia del cuerpo armado �. Sentencia SU-1184 de 2001 . V�nculo que se disolver� en el evento en que, ab initio , el agente tenga marcados prop�sitos criminales, pues en este caso � el ejercicio de funciones militares constituye un mero disfraz o fachada para la actividad delictiva � (Sentencia C-358 de 1997). Respecto a la postura de la Sala de Casaci�n Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura sobre el elemento funcional se pueden consultar los fundamentos jur�dicos 31 y 32 del Auto 817 de 2023 de la Corte Constitucional. [19] Corte Constitucional. Sentencia C-084 de 2016. [20] Ibidem . [21] Indumentaria , tecnolog�a o veh�culos, entre otros. [22] Ibidem. [23] Corte Constitucional. Sentencia SU-190 de 2021, en la que se reiteran, entre otras, las Sentencias C-358 de 1997, C-878 de 2000 y SU-1184 de 2001. [24] Corte Constitucional. Sentencia C-084 de 2016, en la que se reiteran las Sentencias C-358 de 1997, C-878 de 2000 y C-533 de 2008. [25] Se puede consultar tambi�n el Auto 636 de 2021. [26] En diferentes documentos se relaciona al procesado como soldado profesional del Ej�rcito Nacional. Por ejemplo, puede consultarse el archivo 32pdf del expediente digital. [27] Expediente digital. Archivos Scanned-image-22 3pdf., Scanned-image-24 3pdf. y 33pdf. [28] Expediente digital. Archivo 33pdf. [29] Expediente digital. Archivo Scanned-image-4 1pdf. [30] Expediente digital. Archivo Scanned-image-3 1pdf. [31] Expediente digital. Archivo Scanned-image-11 1pdf. [32] En los Autos 379 de 2022, 741 de 2022, 1703 de 2022, 152 de 2023 (posibles ejecuciones sumarias) y 2195 de 2023, la Corte adelant� una metodolog�a similar a la que adoptar� la Sala Plena. Esto es, a partir de la valoraci�n conjunta de los elementos de prueba y el contexto f�ctico descrito en el expediente, la Sala estudi� la existencia de dudas sobre la relaci�n directa, pr�xima y evidente entre la conducta presuntamente perpetrada y la prestaci�n del servicio militar. [33] Expediente digital. Archivo 003EMPpdf. -folios 141 y siguientes-. [34] Esta �ltima situaci�n, en principio, coincide con las conclusiones de los informes de bal�stica y de necropsia practicados al fallecido por Medicina Legal. En efecto, all� se relata el uso de las armas de dotaci�n por parte de los miembros del Ej�rcito Nacional -incluido del procesado-. Expediente digital. Archivos Scanned-image-16 3pdf y Scanned-image-11 1pdf. Puede verse tambi�n lo descrito en el fundamento jur�dico 24 de la presente providencia. [35] Expediente digital. Archivo Scanned-image-16 2pdf. [36] Ibidem. El declarante estuvo presente en el lugar de los hechos pues era un conductor de un cami�n que transitaba la zona. [37] Autos 152 de 2023, 1703 de 2022, 862 de 2022, 741 de 2022, 601 de 2022, 102 de 2022, 1178 de 2021, 704 de 2021 y 636 de 2021.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.