Auto9 de septiembre de 2026
A-1219 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia . �
- SEGUNDO. A trav�s de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-7800 al Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Silvia, para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisi�n a la Autoridad Ancestral Neehnwe Sx Territorio Ind�gena De San Francisco Am Yu Kiwe De Toribio y a los interesados en este tr�mite . Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado Ausente con permiso HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital. Archivo � 04ElementosMaterialesProbatoriospdf � [2] Expediente digital. Archivo � 03SolicitudAudienciapdf � [3] Expediente digital. Archivo �07AutoAvocapdf� [4] Expediente digital. Archivo � 15ActaAudiencia23-07-2024pdf � [5] Pese a diferentes solicitudes de reprogramaci�n de la audiencia preparatoria, en diligencia surtida el 15 de septiembre de 2025 y luego de que el acusado no aceptara el preacuerdo verbalizado por el fiscal asignado, la audiencia preparatoria nuevamente fue postergada para ser llevada a cabo el 23 de octubre de 2025� y, al instalarse la diligencia en la fecha mencionada, el defensor solicit� la suspensi�n de la misma �con el fin de tramitar traslado de proceso por competencia o recaudar las pruebas necesarias para la audiencia preparatoria�, petici�n que fue concedida por el juzgado� y, por lo tanto, fij� fecha para el 28 de enero de 2026 , diligencia que fue reagendada para el 19 de febrero de 2026 , nuevamente programada para el 20 de abril siguiente� y postergada para el 14 de mayo posterior . [6] Expediente digital. Archivo � 001EscritoAcusacionpdf � [7] Expediente digital. Archivo � 004ConstanciaRadicacionpdf � [8] Expediente digital. Archivo � 062ActasSolicitudTrasladopdf � [9] Expediente digital. Archivo � 061SolicitudCompetenciaResguardopdf � [10] �Por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduci�ndose a la vida civilizada�. No obstante, en la solicitud se hace alusi�n a la �ley 89 de 1980�. [11] Expediente digital. Archivo � 061SolicitudCompetenciaResguardopdf � [12] Expediente digital. Archivo � 066ActaResuelveTrasladopdf � que incluye el enlace para visualizar la audiencia: PROCESO 19743600063520240001400 AUDIENCIA DESPACHO Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Silvia 197433189001 SILVIA - CAUCA-20260619_130424- Grabaci�n de la reuni�n.mp4 https://etbcsj-my.sharepoint.com/:v:/g/personal/j01prctosilvia_cendoj_ramajudicial_gov_co/IQBWrRSvDZDRS5-818sEehx2AaaunRmKBwdKk6WLQWYD-u8?nav=eyJyZWZlcnJhbEluZm8iOnsicmVmZXJyYWxBcHAiOiJPbmVEcml2ZUZvckJ1c2luZXNzIiwicmVmZXJyYWxBcHBQbGF0Zm9ybSI6IldlYiIsInJlZmVycmFsTW9kZSI6InZpZXciLCJyZWZlcnJhbFZpZXciOiJNeUZpbGVzTGlua0NvcHkifX0&e=b1eiwB [13] Ibidem, minuto 36:02 a 37:07. [14] Ibidem, minuto 56:57 a 57:29. [15] Expediente digital. Archivo �068RemisionExpedienteCorteConstitucionalpdf� [16] Auto 155 de 2019. [17] Corte Constitucional, auto 452 de 2019, a trav�s del cual se reitera el auto 155 de 2019. En similar sentido, ver el auto 556 de 2018, reiterado por los autos 691 y 716 de 2018. [18] Corte Constitucional, Auto 041 de 2021. Este requisito exige a la Corte Constitucional verificar que �est� en desarrollo un proceso, un incidente o cualquier otro tr�mite de naturaleza jurisdiccional. En este sentido, no existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que el litigio no est� en tr�mite o no existe, porque, por ejemplo, ya finaliz�; o (b) el debate procesal se centra sobre una causa de car�cter administrativo o pol�tico, pero no jurisdiccional�. [19] Ibidem.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.