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AUTO DE CORRECCIÓN DE SENTENCIA (PROVIDENCIA N° 002 DE 2025) — Tribunal Superior de Cúcuta

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 680813121001201900126 02.

Parties: SOLICITANTES: ARTURO DÍAZ QUESADA Y OTRA; OPOSITORES: NORBERTO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Y OTROS (INCLUYENDO AL SEÑOR JAVIER DARÍO CONTRERAS LÓPEZ)

Descriptors: CORRECCIÓN DE SENTENCIA - / RESTITUCIÓN DE TIERRAS - Corrección de yerro en el nombre del opositor Javier Darío Contreras López en la sentencia de 10 de diciembre de 2024 / TESIS: El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, a través de su Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, fundamenta su decisión en la facultad correctiva que otorga la ley procesal vigente para subsanar yerros que no alteran el sentido sustancial del fallo pero que comprometen la precisión formal del mismo, argumentando que, en atención a la petición que antecede y tras realizar un examen de la providencia del 10 de diciembre de 2024, se constató que efectivamente se incurrió en la imprecisión de citar equivocadamente el nombre de uno de los opositores, situación que habilita la intervención del juez para ajustar el texto a la realidad procesal sin que ello implique una revocatoria o modificación del fondo de la decisión. La Sala acude expresamente al artículo 286 del Código General del Proceso, norma que se estima aplicable para estos asuntos de restitución de tierras y que autoriza en cualquier tiempo la enmienda de decisiones judiciales por yerros o incorrecciones del anunciado linaje, estableciendo así una tesis procesal según la cual los errores puramente nominales o de digitación en la identificación de los sujetos procesales, específicamente de la parte opositora, son susceptibles de corrección directa mediante auto, garantizando con ello la seguridad jurídica y la correcta ej

Reporting judge: Nelson Ruiz Hernández

Date: 2025-01-31

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA SALA CIVIL ESPECIALIZADA EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS San José de Cúcuta, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Nelson Ruiz Hernández Magistrado Ponente Proceso: Restitución de Tierras. Solicitante: Arturo Díaz Quesada y otra. Opositor: Norberto Rodríguez Jiménez y otros. Instancia: Única.

Asunto: Corrección de sentencia. Decisión: Corrige providencia. Radicado: 680813121001201900126 02. Providencia: 002 de 2025. En atención a la petición que antecede1 y en tanto se advierte que, en efecto, en la sentencia de 10 de diciembre de 2024 se incurrió en la imprecisión de citar equivocadamente el nombre de uno de los opositores, más precisamente el de JAVIER DARÍO CONTRERAS LÓPEZ, señalándose que este se llamaba JAVIER RICARDO CONTRERAS LÓPEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 286 del Código General del Proceso, que se estima aplicable para estos asuntos y que autoriza en cualquier tiempo la enmienda de decisiones judiciales, entre otras cosas, por yerros o incorrecciones del anunciado linaje, se dispone entonces CORREGIR la anotada providencia en el sentido de señalar, para todos los efectos a que haya lugar, que el nombre del citado contradictor y al que se hace alusión en los numerales SEGUNDO y 3.17 del comentado fallo, es en realidad JAVIER DARÍO 1 Actuación N° 64. 2 Radicado: 680813121001201900126 02 CONTRERAS LÓPEZ, que no como erradamente allí se mencionó y que ahora se rectifica.

Líbrense nuevamente los oficios a que haya lugar, si fuere el caso. Proyecto aprobado según consta en el Acta N° 003 de 31 de enero de 2025.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (2), Los Magistrados Firma Electrónica NELSON RUIZ HERNÁNDEZ Firma Electrónica AMANDA JANNETH SÁNCHEZ TOCORA Firma Electrónica YENNY PAOLA OSPINA GÓMEZ Firmado electrónicamente por el (la) Doctor(a): AMANDA JANNETH SANCHEZ TOCORA NELSON YESID RUIZ HERNANDEZ Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: af8259243acc2e8a707b47a5739b5e00aacf6d845528d2aa5be25e94aafb11b1 Documento generado en 2025-01-31