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Sentencias — Tribunal Superior de Cartagena

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 20001312100120170002500

Parties: SOLICITANTES: MARIBETH VIECCO ROCHA

Descriptors: ABANDONO FORZADO - / CONFLICTO ARMADO INTERNO - / CALIDAD DE VICTIMA - / JUSTICIA TRANSICIONAL Y PRINCIPIOS GENERALES - / TESIS: La Sala no pierde de vista que se trata de una mujer, que primero se estremeció con la muerte de un trabajador del predio solicitado y en el mismo año de su compañero permanente a manos de los grupos armados al margen de la ley que incursionaban en la zona y que luego, cuando intentó tomar la administración del mismo, sintió intimidaciones por una persona reconocida en la región y señalada por miembros de la AUC como vinculado a ellos, todo lo cual generó su salida del inmueble. Tema : ABANDONO FORZADO - / CONFLICTO ARMADO INTERNO - / CALIDAD DE VICTIMA - / JUSTICIA TRANSICIONAL Y PRINCIPIOS GENERALES - / TESIS: La Sala no pierde de vista que se trata de una mujer, que primero se estremeció con la muerte de un trabajador del predio solicitado y en el mismo año de su compañero permanente a manos de los grupos armados al margen de la ley que incursionaban en la zona y que luego, cuando intentó tomar la administración del mismo, sintió intimidaciones por una persona reconocida en la región y señalada por miembros de la AUC como vinculado a ellos, todo lo cual generó su salida del inmueble. Fuente Formal : Ley 1448 de 2011 Predio \ Bien : Predio o Bien Nombre: San Rafael Matrícula Inmobiliaria: 19010801 Ubicación Inmueble : Ubicación Bien Departamento: Cesar Municipio: Becerril Corregimiento: San Jorge Dirección: San Rafael Titulación Jurisprudencia Rel

Reporting judge: Yaens Lorena Castellon Giraldo

Date: 2018-06-27

TRIBUNAL SUPERIOR DE CARTAGENA MAGISTRADO: YAENS LORENA CASTELLON GIRALDO RADICACION: 20001312100120170002500 FECHA PROVIDENCIA: 27/06/2018 HECHOS: La señora MARIBETH VIECCO ROCHA vivió en unión marital de hecho con el señor JHON DIDIMO MENESES GALVIS, desde el mes de agosto de 1998 hasta el 28 de abril del 2005, procreando a JHON EDUARDO y ANA CELESTE MENESES VIECCO.

Expresa que en vigencia de la mencionada unión marital, el señor JHON DIDIMO MENESES GALVIS adquirió el predio San Rafael, en común y proindiviso con el señor ALBENIS JOSÉ GUEVARA JAIMES y la SOCIEDAD ÁLVAREZ Y VARGAS INGENIERÍA LTDA., mediante escritura pública No. 2212 de fecha 12 de octubre del 2004, otorgada ante la Notaria Primera de Valledupar, dedicándose el predio a la ganadería y la siembra de palma de aceite.

Aduce que en el año 2005 las AUC asesinaron al administrador de la fracción del inmueble que le corresponde al señor MENESES GALVIS, homicidio que fue confesado por el postulado a Justicia y Paz ALCIDES MANUEL MATTOS TASARES, integrante del frente Juan Andrés Alvares, ante la Fiscalía 58 delegada ante el Tribunal Superior de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz.

De la misma manera se narra que el señor JHON DIDIMO MENESES GALVIS fue asesinado en el mes de abril del año 2005 por las AUC, tal como lo expresó el postulado a Justicia y Paz, Oscar José Ospino Pacheco, del mismo frente y ante el mismo ente Fiscal. Esboza que con posterioridad al homicidio de su compañero, la solicitante MARIBETH VIECCO intentó seguir explotando el inmueble solicitado, sin embargo, el señor SANTANDER MEJÍA, identificado en las versiones libres de varios postulados a Justicia y Paz como ganadero de la zona, colaborador y financiador de las AUC, ejerció presión a través del mencionado grupo armado para apoderarse del mentado inmueble.

Ante la anterior situación, sumada a la muerte de su compañero permanente, la promotora de la causa decidió abandonar el fundo solicitado en el mes de julio del año 2006. Continua su relato la Unidad, aseverando que en el año 2008 la señora LEONOR ESTHER MUSSA LEMUS, esposa de Santander Mejía, compró las 2/3 partes del predio San Rafael de los otros condueños, a través de escritura pública No. 2439 de fecha 22 de agosto del 2008, ha tomado posesión ilegitima de la fracción que le corresponde al difunto compañero permanente de la actora, ocupando de esa manera la totalidad del inmueble San Rafael.

Finalmente, relata la Unidad que la demandante no pudo retomar al inmueble por el temor que le produjo el homicidio de su compañero, y que hasta la fecha no se ha adelantado proceso de sucesión del mismo, siendo sus legítimos herederos, la promotora de la causa Maribeth Viecco Rocha, así como sus hijos ya mencionados.