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auto — Tribunal Administrativo de Cundinamarca

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 53_Autoqueconced_CONCEDEAP_20210064600concedeap_0_20251031172744740

Section: SECCIÓN CUARTA

Reporting judge: Olga Virginia Alzate Pérez

REPÚBLICA DE COLOMBIA- RAMA JUDICIAL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIÓN CUARTA SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Magistrada Ponente: OLGA VIRGINIA ALZATE PÉREZ Expediente n.º Demandante Demandado Asunto 25000-2337-000-2021-00646-00 Green Line Colombia S.A. U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN Devolución y/o compensación del saldo a favor- Renta 2017 Recurso de apelación contra sentencia Este Tribunal profirió sentencia de primera instancia el día 09 de octubre de 2025, cuya notificación según consta en SAMAI, se efectuó el 10 de octubre de 2025.

El 27 de octubre de 2025, el apoderado de la parte demandante, interpuso recurso de apelación contra dicha providencia. En este estadio de cosas, y revisado que el recurso cumple con los requisitos previstos en el artículo 247 del CPACA, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A,

RESUELVE

PRIMERO: En el efecto suspensivo y ante el Consejo de Estado, CONCÉDASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante.

SEGUNDO: Ejecutoriado este proveído y hechas las anotaciones del caso, REMÍTASE el expediente al Consejo de Estado, Sección Cuarta.

TERCERO: RECONOCER personería jurídica al abogado Alejandro Castañeda Gómez, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.053.813.535 y T.P. No. 275.930 como apoderado de la demandada, en los términos y para los efectos de poder conferido visible en el expediente digital (samai, índice 00036, archivo 45), de conformidad con los artículos 74 y siguientes del Código General del Proceso. 2 CUARTO: NOTIFICAR POR ESTADO esta providencia a las partes y al agente del Ministerio Público.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) OLGA VIRGINIA ALZATE PÉREZ MAGISTRADA CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por la magistrada ponente adscrita a la Subsección A de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la plataforma denominada SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA y el artículo 62 de la Ley 2430 de 2024.

Exp. 25000-2337-000-2021-00646-00 Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Cuarta Subsección A