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auto — Tribunal Administrativo de Cauca

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: AutoAdmite

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA Popayán, diecinueve (19) de junio de dos mil veintiséis (2026) Magistrado Ponente: JAIRO RESTREPO CÁCERES Expediente: 19001 23 33 000 2026 00145 00 Demandante: DEPARTAMENTO DEL CAUCA Demandado: MUNICIPIO DE LÓPEZ DE MICAY Medio de Control: EXEQUIBILIDAD AUTO I - 135 De conformidad con el artículo 121 del Código de Régimen Político Municipal, fíjese el negocio en lista por el término de diez (10) días, durante los cuales el Procurador Judicial en Asuntos Administrativos y cualquier otra autoridad o persona podrá intervenir para defender o impugnar la constitucionalidad o legalidad del acto y solicitar la práctica de pruebas.

Comuníquese al Señor Alcalde Municipal de López de Micay (Cauca) la admisión de la demanda. Notifíquese personalmente al señor Procurador Judicial en Asuntos Administrativos. (Art. 303 CPACA)

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. El Magistrado, JAIRO RESTREPO CÁCERES