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auto — Tribunal Administrativo de Caldas

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: AutoAdmite2026-00099

Reporting judge: Publio Martín Andrés Patiño Mejía

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL HONORABLE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS Magistrado Ponente: Publio Martín Andrés Patiño Mejía Acción: Validez de actos administrativos Asunto: Juicio de Admisión Radicación: 17-001-23-33-000-2026-00099-00 Demandante: Departamento de Caldas Demandado: Municipio de Marulanda -Caldas REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL HONORABLE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS Manizales, veintitrés (23) de abril de dos mil veintiséis (2026).

Auto I: 54 Encontrando cumplidos los requisitos establecidos en el Decreto 1333 de 1986, ADMÍTASE la presente solicitud de Validez instaurada por el señor GOBERNADOR DE CALDAS frente al artículo tercero del Acuerdo 01 del 205 de febrero de 2026 Por medio del cual se incorporan recursos al presupuesto general de rentas y gastos del municipio de Marulanda, Caldas, para la vigencia fiscal 2026, provenientes de la enajenación de bienes muebles De conformidad con lo establecido en el numeral I del artículo 121 del Decreto 1333 de 1986, se dispone la FIJACIÓN EN LISTA por el término de diez (10) días, durante los cuales el Procurador Judicial de la 'Corporación y cualquier otra autoridad o persona, podrán intervenir para defender o impugnar la constitucionalidad o legalidad del acuerdo mencionado, y solicitar la práctica de pruebas.

NOTIFIQUESE personalmente al buzón de correo electrónico para notificaciones judiciales en la forma y términos indicados en el artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, mensaje que contendrá copia de esta providencia y de la demanda a las siguientes personas y entidades: AL MINISTERIO PÚBLICO al buzón del correo electrónico que repose en los archivos de la Corporación; al ALCALDE MUNICIPAL DE REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL HONORABLE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS Magistrado Ponente: Publio Martín Andrés Patiño Mejía MARULANDA-CALDAS al buzón de (notificacionjudicial@marulanda-caldas.gov.co) correo electrónico CONCEJO MUNICIPAL DE MARULANDA -CALDAS al buzón de correo electrónico.

PERSONERIA MUNICIPAL DE MARULANDA- CALDAS, Al GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CALDAS por estado electrónico, y enviar mensaje al correo oficial para notificaciones judiciales. INFORMAR sobre la existencia del presente proceso a la comunidad interesada a través de la página web de la Rama Judicial, de la Alcaldía Municipal y la publicación del aviso en la Alcaldía. Se reconoce personería jurídica al Dr, Jhon Alexander Ortiz Cardona con cedula de ciudadanía 65.785.134 y T.P 179. 838 del CSJ, para actuar en nombre y representación del Departamento de Caldas, en les términos y para los fines del poder a él conferido.

(Samai 02). Notifíquese y Cúmplase Publio Martín Andrés Patiño Mejía Magistrado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma denominada SAMAI por parte de los integrantes de la Sala de Decisión del Tribunal Administrativo de Caldas. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA, modificado por el artículo 46 de la Ley 2080 de 2021.

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL HONORABLE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS Magistrado Ponente: Publio Martín Andrés Patiño Mejía Acción: Validez de actos administrativos Asunto: Juicio de Admisión Radicación: 17-001-23-33-000-2026-00099-00 Demandante: Departamento de Caldas Demandado: Municipio de Marulanda -Caldas REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL HONORABLE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS Manizales, veintitrés (23) de abril de dos mil veintiséis (2026).

Auto I: 54 Encontrando cumplidos los requisitos establecidos en el Decreto 1333 de 1986, ADMÍTASE la presente solicitud de Validez instaurada por el señor GOBERNADOR DE CALDAS frente al artículo tercero del Acuerdo 01 del 205 de febrero de 2026 Por medio del cual se incorporan recursos al presupuesto general de rentas y gastos del municipio de Marulanda, Caldas, para la vigencia fiscal 2026, provenientes de la enajenación de bienes muebles De conformidad con lo establecido en el numeral I del artículo 121 del Decreto 1333 de 1986, se dispone la FIJACIÓN EN LISTA por el término de diez (10) días, durante los cuales el Procurador Judicial de la 'Corporación y cualquier otra autoridad o persona, podrán intervenir para defender o impugnar la constitucionalidad o legalidad del acuerdo mencionado, y solicitar la práctica de pruebas.

NOTIFIQUESE personalmente al buzón de correo electrónico para notificaciones judiciales en la forma y términos indicados en el artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, mensaje que contendrá copia de esta providencia y de la demanda a las siguientes personas y entidades: AL MINISTERIO PÚBLICO al buzón del correo electrónico que repose en los archivos de la Corporación; al ALCALDE MUNICIPAL DE REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL HONORABLE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS Magistrado Ponente: Publio Martín Andrés Patiño Mejía MARULANDA-CALDAS al buzón de (notificacionjudicial@marulanda-caldas.gov.co) correo electrónico CONCEJO MUNICIPAL DE MARULANDA -CALDAS al buzón de correo electrónico.

PERSONERIA MUNICIPAL DE MARULANDA- CALDAS, Al GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CALDAS por estado electrónico, y enviar mensaje al correo oficial para notificaciones judiciales. INFORMAR sobre la existencia del presente proceso a la comunidad interesada a través de la página web de la Rama Judicial, de la Alcaldía Municipal y la publicación del aviso en la Alcaldía. Se reconoce personería jurídica al Dr, Jhon Alexander Ortiz Cardona con cedula de ciudadanía 65.785.134 y T.P 179. 838 del CSJ, para actuar en nombre y representación del Departamento de Caldas, en les términos y para los fines del poder a él conferido.

(Samai 02). Notifíquese y Cúmplase Publio Martín Andrés Patiño Mejía Magistrado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma denominada SAMAI por parte de los integrantes de la Sala de Decisión del Tribunal Administrativo de Caldas. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA, modificado por el artículo 46 de la Ley 2080 de 2021.