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auto — Tribunal Administrativo de Cauca

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 006AutoAdmite

Reporting judge: Naun Mirawal Muñoz Muñoz

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA Popayán, veinte (20) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Magistrado Ponente: NAUN MIRAWAL MUÑOZ MUÑOZ. Expediente: Actor: Demandado: Acción: 19001-23-33-000-2026-00-00118-00. MUNICIPIO DE MORALES CAUCA CONCEJO MUNICIPAL DE MORALES CAUCA OBJECIÓN ACUERDO MUNICIPAL De conformidad con el artículo 80 de la Ley 136 de 1994, fíjese el negocio en lista por el término de diez (10) días, durante los cuales el Procurador Judicial en Asuntos Administrativos y cualquier otra autoridad o persona podrá intervenir para pronunciarse sobre la objeción del acuerdo municipal planteada por el alcalde del Municipio de Morales (Cauca).

Comuníquese al señor alcalde y al Concejo Municipal de Morales (Cauca) la presente providencia. Notifíquese personalmente al señor Procurador Judicial en Asuntos Administrativos. (Art. 303 CPACA)

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, El Magistrado, NAUN MIRAWAL MUÑOZ MUÑOZ CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en el Sistema de Gestión Judicial SAMAI. En consecuencia, conforme lo dispuesto en el artículo 186 del CPACA, se garantiza su autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta a través del siguiente enlace https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/procesos.aspx. 1