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auto — Tribunal Administrativo de Antioquia

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 4_Autoqueadmite_00020240129300ADMITE_0_20241107103719935 (3)

Reporting judge: Dohor Edwin Varón Vivas

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA SALA UNITARIA DE ORALIDAD MAGISTRADO PONENTE: DOHOR EDWIN VARÓN VIVAS Medellín, Siete (7) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Medio de control Revisión de Acuerdo Radicado 05001 23 33 000 2024 01293 00 Instancia Única Demandante Departamento de Antioquia Demandado Acuerdo No. 022 del 24 de septiembre de 2024 Asunto Admite solicitud Se ADMITE la solicitud presentada por la Secretaría General del Departamento de Antioquia, que obra por delegación del Gobernador de Antioquia y en ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 10° del artículo 305 de la Constitución Política, con el fin de obtener de esta Corporación un pronunciamiento sobre la validez del Acuerdo No. 022 del 24 septiembre de 2024 “Por medio del cual se le concede autorización al alcalde municipal de Santa Fe de Antioquia para realizar empréstitos”, expedido por el Concejo del municipio de Santa Fe de Antioquia.

NOTIFÍQUESE personalmente al Ministerio Público, en este caso, al Procurador Judicial delegado ante el Tribunal, al alcalde Municipal y al presidente del Concejo Municipal de Santa Fe de Antioquia para que intervengan en el proceso, si lo estiman conveniente. El mensaje deberá indicar la notificación que se realiza, adjuntar en formato electrónico esta providencia y la solicitud con sus anexos.

La Secretaría de la Corporación con la notificación del auto admisorio, enviará los traslados de la demanda, conforme lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley 1437 de 2011 modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021. Fíjese en lista por el término de diez (10) días durante los cuales el Procurador Judicial y cualquier persona podrán intervenir para defender o impugnar la constitucionalidad o legalidad del Decreto y solicitar la práctica de pruebas, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 del Decreto 1333 de 1986.

Los memoriales que se presenten para este proceso deberán enviarse al correo de memoriales memorialestaant@cendoj.ramajudicial.gov.co.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE DOHOR EDWIN VARÓN VIVAS MAGISTRADO