JurídicoESEN

auto — Tribunal Administrativo de Antioquia

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 05001 23 33 000 2025 01548 00 admite revision acuerdo Dabeiba

Reporting judge: Martha Cecilia Madrid Roldán

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA SALA UNITARIA DE DECISIÓN MAGISTRADA PONENTE: MARTHA CECILIA MADRID ROLDÁN Medellín, noviembre veinticinco (25) de dos mil veinticinco (2025) REFERENCIA RADICADO 05001 23 33 000 2025 01548 00 MEDIO DE Revisión de Acuerdo CONTROL DEMANDANTE Gobernación de Antioquia DEMANDADO Acuerdo No 015 de 2025 “POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE MUNICIPAL DE DABEIBA - ANTIOQUIA PARA GESTIONAR Y SUSCRIBIR CONTRATO DE EMPRÉSTITO», expedido el 20 de octubre de 2025, por el Concejo Municipal de Dabeiba – Antioquia.

ASUNTO Admite solicitud de revisión de Acuerdo Correspondió por reparto a este Despacho Judicial la solicitud de revisión del acuerdo de la referencia, presentada por la Directora de Asesoría Legal de Control del Departamento de Antioquia, delegada por el Gobernador del Departamento de Antioquia, con el fin de obtener del Tribunal un pronunciamiento sobre la validez del Acuerdo No 015 de 2025“POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE MUNICIPAL DE DABEIBA ANTIOQUIA PARA GESTIONAR Y SUSCRIBIR CONTRATO DE EMPRÉSTITO », expedido el 20 de octubre de 2025, por el Concejo Municipal de Dabeiba – Antioquia.

En consecuencia, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de ley, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA - SALA UNITARIA DE ORALIDAD, RESUELVE:

PRIMERO. ADMITIR la REVISIÓN del Acuerdo No 015 de 2025 “POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE MUNICIPAL DE DABEIBA - ANTIOQUIA PARA GESTIONAR Y SUSCRIBIR CONTRATO DE EMPRÉSTITO», expedido el 20 de octubre de 2025, por el Concejo Municipal de Dabeiba – Antioquia, que fuera solicitada por la Directora de Asesoría Legal de Control del Departamento de Antioquia.

SEGUNDO. FÍJESE EN LISTA por el término de diez (10) días durante los cuales el Procurador delegado y cualquiera otra persona podrán intervenir para defender o impugnar la constitucionalidad o legalidad del Acuerdo y solicitar la práctica de pruebas, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 del Código de Régimen Municipal.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTHA CECILIA MADRID ROLDÁN Magistrada TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA EN ANOTACIÓN POR ESTADOS DE HOY NOVIEMBRE 26 DE 2025 FUE NOTIFICADO EL AUTO ANTERIOR SECRETARIA GENERAL Firmado Por: Martha Cecilia Madrid Roldan Magistrada Tribunal Administrativo De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8507258e356c9368b0281a68f06c5cea4f45d80b06f9d5e82f534433deca8556 Documento generado en 25/11/2025 02:39:00 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica