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auto — Tribunal Administrativo de Cauca

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 005AutoAdmite

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA Popayán, seis (6) de febrero de dos mil veintiséis 2026 Magistrado Ponente: NAUN MIRAWAL MUÑOZ MUÑOZ. Expediente: Demandante: Demandado: Medio de Control: 190012333000-2026-00007-00 GOBERNACIÓN DEL CAUCA MUNICIPIO DE MIRANDA EXEQUIBILIDAD De conformidad con el artículo 121 del Decreto 1333 de 1986, Código de Régimen Político Municipal, fíjese el asunto en lista por el término de diez (10) días.

Durante este periodo el procurador judicial en asuntos administrativos y cualquier otra autoridad o persona podrá intervenir para defender o impugnar la constitucionalidad o legalidad del acto, así como para solicitar o practicar pruebas. Comuníquese al señor alcalde y al consejo municipal de Miranda - Cauca la presente providencia. Notifíquese personalmente al señor Procurador Judicial en Asuntos Administrativos.

(Art. 303 CPACA)

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, El Magistrado, NAUN MIRAWAL MUÑOZ MUÑOZ CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en el Sistema de Gestión Judicial SAMAI. En consecuencia, conforme lo dispuesto en el artículo 186 del CPACA, se garantiza su autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta a través del siguiente enlace https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/procesos.aspx.