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Auto interlocutorio sin estado — Tribunal Administrativo de Tribunal Administrativo del Caquetá

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 18001-23-33-000-2024-00025-00

Reporting judge: Anamaría Lozada Vásquez

Date: 2024-02-22

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAQUETÁ -Despacho Segundo- Magistrado ponente: Pedro Javier Bolaños Andrade Florencia, veintidós (22) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) AUTO INTERLOCUTORIO N° 015 ACCIÓN: Tutela RADICACIÓN: 18001-23-33-000-2024-00025-00 ACTOR: Reinel Guzmán ACCIONADO: Juzgado Segundo Administrativo y otro ASUNTO: Inadmite tutela La abogada PAOLA ANREA ALVAREZ TRUJILLO, quien refiere actuar como apoderada judicial del señor REINEL GUZMÁN, interpone acción de tutela en contra del JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DE FLORENCIA y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, solicitando el amparo del derecho fundamental de petición. Revisada la demanda y los anexos, se advierte que no se acredita la representación de la referida abogada para actuar en nombre del señor REINEL GUZMÁN, al no allegarse el respectivo poder para interponer la acción de tutela.

Sobre el particular, la Corte Constitucional ha expresado que en el evento en que la acción de tutela sea interpuesta por conducto de apoderado judicial, se debe allegar el respectivo poder junto con la demanda1. En estos términos, el mecanismo constitucional interpuesto se inadmitirá para que se corrija la falencia advertida, so pena de rechazo.

En mérito de lo expuesto, el despacho RESUELVE:

PRIMERO: INADMITIR la acción de tutela promovida por la abogada PAOLA ANREA ALVAREZ TRUJILLO, como apoderada del señor REINEL GUZMÁN, en contra del JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DE FLORENCIA y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

SEGUNDO: CONCEDER a la parte accionante el término de tres (3) días para que corrija el yerro señalado, so pena de rechazo, conforme a las razones expuestas en la parte motiva. 1 Sentencia T-493 de 2007 Acción: Tutela Radicación: 18001-23-33-000-2024-00025-00 Actor: Paola Andrea Álvarez Trujillo como apoderada del señor Reinel Guzmán Demandado: Juzgado Segundo Administrativo de Florencia y otro Asunto: Auto inadmite tutela 2 TERCERO: Cumplido el término concedido, vuelva el expediente al despacho para adoptar decisión que en derecho corresponda.

Notifíquese y cúmplase PEDRO JAVIER BOLAÑOS ANDRADE Magistrado La presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma denominada SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA. Puede validar la autenticidad del documento ingresando en el siguiente link: https://samairj.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador.aspx