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SENTENCIA — Tribunal Administrativo de Boyacá

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Case number: 15001333301520150001701

Reporting judge: Oscar Alfonso Granados Naranjo

Date: 2016-12-14

PRIMA TÉCNICA POR EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO - No constituye factor salarial para liquidación de la pensión. En ese sentido, la Sala advierte que la juez de instancia requirió a la última entidad empleadora de la demandante (Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia - UPTC), con el fin de que indicara con qué fundamento o disposición legal, estableció que la prima técnica no constituía factor salarial.

En cumplimiento de lo anterior, la Coordinadora del Grupo de Talento Humano de la UPTC, manifestó que la Prima Técnica de la señora Ana Rita Galvis Franco, fue conferida en los términos del Acuerdo 006 de 1992, en concordancia con el artículo 7 del Decreto 1661 de 1991 y el Decreto 2164 del mismo año, normatividad que establece que la Prima Técnica por Evaluación del Desempeño no constituye factor salarial para ningún efecto (fls. 197-198).

De lo señalado por la UPTC, la a quo no realizó ningún pronunciamiento al proferir el fallo apelado, por el contrario, ordenó la reliquidación de la pensión de la demandante, con inclusión de los factores así reclamados (prima de servicios y prima técnica). Al respecto, se hace necesario indicar que no puede pasarse por alto bajo qué condiciones le fue otorgada la prima técnica a la demandante, omisión en la que incurrió la juez de instancia, pues conforme al marco normativo expuesto en precedencia, el legislador únicamente ordenó el reconocimiento de la misma como factor salarial, en caso de haberse conferido por formación avanzada y altamente calificada, estableciendo de forma clara que la prima técnica otorgada por evaluación del desempeño (como ocurrió en el caso de la demandante), no constituía factor de salario en ningún caso.

Por lo indicado, se revocará la sentencia de primera instancia, en cuanto a la inclusión de la prima técnica como factor para la reliquidación de la pensión de la demandante      NOTA DE RELATORÍA: PARA VER EL TEXTO COMPLETO DE LA PROVIDENCIA EN FORMATO PDF POR FAVOR HAGA DOBLE CLIK EN LA IMAGEN DE ABAJO O DESCÁRGUE EN DOCUMENTOS RELACIONADOS.