T-699 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Jhonatan Sarmiento Bejarano Y Neila Johana Espitia Cetina·Respondent Distrito Militar N. 52 De Bogota Y Batallon De Infanteria N. 2 Mariscal "antonio Jose De Sucre"
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante, quien sufre de un trastorno de ansiedad, considera que el complejo carcelario donde se encuentra recluido vulnera sus derechos fundamentales, cuando lo traslada a sus citas médicas con restricciones de manos y pies, pues ello le genera ataques de pánico y, por ende, enfermedades por el estrés que esto le produce.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
La relación de especial sujeción que surge entre el Estado y las personas privadas de la libertad. 2º.
La seguridad como derecho y como valor. 3º.
La finalidad de las restricciones de manos y pies en las personas privadas de la libertad y, 4º.
Los derechos a la integridad física y moral y a la salud del precitado grupo de personas.
En sede de revisión se constató que existen dos diagnósticos diferentes sobre el trastorno de ansiedad que presenta el peticionario, esto es, uno de claustrofobia emitido por el psiquiatra y, el otro, de agorafobia, según el Instituto de Medicina Legal.
Lo anterior llevó a la Sala a concluir que al actor se le vulnera su derecho a la salud en su faceta de diagnóstico y, por ello, resolvió TUTELAR esta garantía constitucional.
Entre otras disposiciones, ordenó a la EPS en la cual se encuentra afiliado el peticionario, realizar las gestiones necesarias para que un especialista médico en psiquiatría lo valore integralmente y defina con absoluta claridad cuál es el trastorno que padece.*
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Villavicencio, Sala de Decision Penal, el veinte (20) de marzo de dos mil nueve (2009), dentro de la accion de tutela incoada por el senor Jhonatan Sarmiento Bejarano contra el Batallon de Infanteria Ndeg 29 Teniente General "German Ocampo Herrera" (expediente T-2"286.614), y en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso y a la educacion.
- SEGUNDO. ORDENAR al Batallon de Infanteria Ndeg 29 Teniente General "German Ocampo Herrera" que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, disponga la desincorporacion como soldado regular campesino del Ejercito Nacional de Jhonatan Sarmiento Bejarano, lo cual no lo exime una vez finalice sus estudios de educacion basica media, de continuar con el deber constitucional de prestar el servicio militar obligatorio por el tiempo que le hiciere falta, a menos que para ese momento estuviere matriculado o admitido en un programa de pregrado en una institucion de educacion superior, evento en el cual se aplicara lo previsto en la Ley 548 de 1999.
- TERCERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Moniquira el veintitres (23) de abril de dos mil nueve (2009), dentro de la accion de tutela impetrada por la senora Neila Johana Espitia Cetina contra el Batallon de Infanteria Ndeg 2 Mariscal "Antonio Jose de Sucre" (expediente T-2"289.030), que decidio no acceder al amparo constitucional solicitado.
- CUARTO. Por Secretaria LIBRENSE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.