T-486 de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez
✓Claimant Miguel·Respondent Colpensiones Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante, afiliado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), solicitó en 2012 su traslado al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) y cotizó allí de manera ininterrumpida hasta marzo de 2025.
No obstante, en abril de 2024 Colpensiones le informó, por primera vez, que el traslado no había sido exitoso por supuestas inconsistencias en su fecha de nacimiento y que procedió a devolver sus aportes a la AFP de origen.
En primera instancia se amparó el derecho al debido proceso y se ordenó a la entidad decidir de fondo sobre la solicitud de traslado.
No obstante, en segunda instancia se revocó la anterior decisión y se declaró improcedente la acción de tutela por incumplir el requisito de subsidiariedad.
Ello, por existir un proceso ordinario laboral en curso y no evidenciar una situación de vulnerabilidad ni un perjuicio irremediable.
Al analizar el cumplimiento de los presupuestos generales de procedencia de la solicitud de amparo frente a controversias en materia pensional concluyó la Sala que la tutela es IMPROCEDENTE porque el medio ordinario de defensa judicial que el actor tiene a su alcance es idóneo y eficaz.
Además, porque no se advirtió la inminente ocurrencia de un perjuicio irremediable.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 12 de diciembre de 2024, proferida por el Tribunal Administrativo, en segunda instancia, mediante la cual se revocó la decisión del 12 de noviembre de 2024 emitida por el Juzgado Primero, que había concedido la acción de tutela promovida por el señor Miguel, por intermedio de apoderada judicial, contra la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, y, en su lugar, declaró su improcedencia.
- SEGUNDO. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.