JurídicoESEN
Tutela ruling (T)November 20, 2025

T-471 de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Vladimir Fernández Andrade

✓Claimant Marcela·Respondent Compañia

✓
Topic · hard data
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Condición De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud. Reiteración De Jurisprudencia.
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de la accionada se atribuyó a la decisión de despedir a la actora por una supuesta justa causa, pero sin contar con el permiso del Ministerio de Trabajo, a pesar de la condición de debilidad manifiesta por razones de salud que presentaba.

En sede de revisión la Sala conoció sobre el fallecimiento de la actora y, por ello, declaró el acaecimiento del fenómeno procesal de la carencia actual de objeto por SITUACIÓN SOBREVINIENTE.

No obstante, consideró necesario emitir un pronunciamiento de fondo para llamar la atención sobre la falta de conformidad de la situación que originó la acción de tutela a la luz de la Constitución y para tomar medidas conducentes a que los hechos que la motivaron no se repitan.

Para el efecto se reiteró jurisprudencia constitucional relacionada con el fuero de estabilidad laboral reforzada por situación de debilidad manifiesta.

Tras concluir que la accionada vulneró la precitada garantía constitucional la Corte le hizo una advertencia para que, en el futuro, se abstenga de incurrir en conductas discriminatorias contra cualquier trabajador o trabajadora y, cumpla con el mandato del artículo 13 de la Constitución, en especial, en relación con las personas que se encuentran en estado de debilidad manifiesta como la accionante.

Se conminó a los jueces de instancia para que, en el estudio de acciones de tutela como la que se revisó en esta ocasión, (i) analicen con especial detenimiento la situación particular y concreta de la parte actora, a partir de una lectura integral y detallada de los elementos probatorios, con el fin de no descartar de manera apresurada la procedencia transitoria del amparo constitucional y (ii) desarrollen el análisis de los supuestos y de los elementos de juicio para que proceda la estabilidad laboral reforzada, de conformidad con la jurisprudencia constitucional en la materia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, las sentencias de tutela de primera y segunda instancia proferidas por el Juzgado
  2. Primero. Municipal de Madrid Cundinamarca el 6 de diciembre de 2024 y por el Juzgado
  3. Segundo. Civil del Circuito de Funza el 27 de febrero de 2025, respectivamente, que negaron el amparo de los derechos fundamentales. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por situación sobreviniente.
  4. Segundo. ADVERTIR a Compañía para que, en el futuro, se abstenga de incurrir en conductas discriminatorias contra cualquier trabajador o trabajadora y, cumpla con el mandato del artículo 13 de la Constitución, en especial, en relación con las personas que se encuentran en estado de debilidad manifiesta como la accionante.
  5. Tercero. CONMINAR al Juzgado
  6. Primero. Municipal de Madrid Cundinamarca y al Juzgado
  7. Segundo. Civil del Circuito de Funza, quienes actuaron como jueces de tutela, para que, en el estudio de acciones de tutela como la que se revisó en esta ocasión, (i) analicen con especial detenimiento la situación particular y concreta de la parte accionante, a partir de una lectura integral y detallada de los elementos probatorios, con el fin de no descartar de manera apresurada la procedencia transitoria del amparo constitucional y (ii) desarrollen el análisis de los supuestos y de los elementos de juicio para que proceda la estabilidad laboral reforzada, de conformidad con la jurisprudencia constitucional en la materia.
  8. Cuarto. INSTAR al Ministerio del Trabajo para que, de acuerdo con sus competencias constitucionales y legales, valore la apertura de una investigación en contra de la sociedad accionada sobre su conducta respecto del cumplimiento de las normas laborales y la protección a los derechos de sus trabajadores a la estabilidad laboral reforzada, teniendo en cuenta los hechos que generaron la acción de tutela radicada en el expediente T-10.963.930.
  9. Quinto. DESVINCULAR del presente trámite al Personero Municipal de Madrid Cundinamarca, a la Inspección del Trabajo de Facatativá, a Fresenius Medical Care Colombia S.A, a la EPS Famisanar y a Colpensiones, por carecer de legitimación en la causa por pasiva en el presente trámite.
  10. Sexto. Por Secretaría General, LIBRAR las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceMiguel Efrain Polo Rosero
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.