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Tutela ruling (T)September 11, 2025

T-377 de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez

✓Claimant Victoria·Respondent Colmedica Medicina Prepagada Y Otros

✓
Topic · hard data
Derecho Al Diagnóstico Y Al Tratamiento Médico-Alcance De Los Contratos De Medicina Prepagada En Los Procesos De Reasignación De Sexo Y De Afirmación De Identidad De Género.
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de la empresa accionada se atribuyó al hecho de negarle a la actora la autorización de un procedimiento y de los servicios que le fueron ordenados por los médicos de la propia entidad, en el marco del proceso de reafirmación de género en el que se encuentra.

Lo anterior, por considerar que se trataba de procedimientos estéticos y, por tanto, estaban excluidos del contrato de medicina prepagada.

Se analizó la siguiente temática: 1º.

El derecho a la identidad de género. 2º.

El derecho a la salud y el derecho al diagnóstico de las personas trans en los procesos de reafirmación de género y, 3º.

El alcance de los contratos de medicina prepagada.

La Corte concluyó que la accionada trasgredió garantías constitucionales de la peticionaria al imponerle barreras administrativas para el acceso oportuno e integral a los servicios médicos que requería, lo cual entorpeció, restringió y alteró su plan de vida e interfirió en la pretensión legítima de manifestar su identidad de género a través de los procedimientos ordenados por los médicos tratantes.

Además, omitió la satisfacción del principio de integralidad de los servicios de salud, según el cual las entidades prestadoras del servicio de salud deben garantizar el mayor nivel posible de salud y vida en condiciones dignas, lo cual generó el derecho al diagnóstico.

Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se ordenó a la entidad, entre otras cosas, autorizar y practicar los exámenes ordenados por el cirujano a la tutelante, para continuar con el proceso de tránsito para la afirmación de su identidad de género.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. Revocar la sentencia dictada en segunda instancia por el Juzgado 004 Civil del Circuito de Bogotá, el 3 de marzo de 2025 y, en su lugar, confirmar parcialmente la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado 31 Civil Municipal de Oralidad de Bogotá el 10 de febrero de 2025, en lo relativo al amparo de los derechos fundamentales de Victoria a la salud, la identidad de género y el diagnóstico, en los términos expuestos en esta providencia.
  2. Segundo. Ordenar a Colmédica Medicina Prepagada que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia adelante la autorización y practique los exámenes ordenados por el médico cirujano a favor de Victoria, para continuar con el proceso de tránsito para la afirmación de su identidad de género. En el mismo término, Colmédica deberá prestarle la atención necesaria para que los médicos determinen la necesidad de continuar con el tratamiento hormonal que se vio interrumpido y, si es necesario, le proponga alternativas dirigidas a garantizar su estado de salud.
  3. Tercero. Advertir a Colmédica que, en lo sucesivo, se abstenga de interponer obstáculos administrativos a Victoria para acceder a los procedimientos, tratamientos, servicios, intervenciones y/o medicamentos que los médicos tratantes le ordenen, en virtud del proceso de afirmación de género en el que se encuentra.
  4. Cuarto. Desvincular a la Superintendencia Nacional de Salud, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos y el centro de atención psicológica Liberarte del proceso de tutela, por las razones expuestas en esta providencia.
  5. Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, la Secretaría General de la Corte Constitucional librará las comunicaciones correspondientes. El juez de tutela de primera instancia hará las notificaciones a las partes y tomará las medidas necesarias para el cumplimiento de esta sentencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceVladimir Fernández Andrade
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.