T-357 de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Goniez Peña Manuel Alejandro·Respondent Unidad Administrativa Especial Migracion Colombia
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El actor es un ciudadano venezolano que adujo que la autoridad accionada vulneró sus derechos fundamentales porque (i) no le permitió ejercer el derecho de defensa en el trámite administrativo sancionatorio que culminó con la sanción de deportación, habida cuenta de que no le notificó dicha decisión y lo presionó a renunciar a los recursos; (ii) la sanción de deportación fue desproporcionada y (iii) desconoció la garantía de plazo razonable, dado que el trámite se llevó a cabo en un término excesivamente sumario.
Así mismo, porque negó su solicitud de expedición del Permiso por Protección Temporal (PPT) de forma arbitraria e injustificada, aunque para la fecha de la solicitud de inscripción en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV), la sanción de deportación no estaba vigente, por lo que no podía ser invocada como un impedimento para expedir el permiso en mención.
Se abordó temática relacionada con el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos y el derecho fundamental al debido proceso en los trámites migratorios.
Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se ordenó a la accionada otorgar y expedir el PPT al peticionario.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 28 de enero de 2025 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C, que revocó el fallo del 22 de noviembre de 2024 del juez Treinta y Cuatro Administrativo del Circuito de Bogotá que negó el amparo y que, en su lugar, declaró improcedente el amparo interpuesto por el señor Manuel Alejandro Goniez Peña. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la salud, trabajo y debido proceso del señor Manuel Alejandro Goniez Peña.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTO la decisión del 29 de febrero de 2024, mediante la cual la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia rechazó la solicitud del PPT del señor Manuel Alejandro Goniez Peña. En consecuencia, ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia que, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la presente sentencia, otorgue y expida el PPT al accionante.
- TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.