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Tutela ruling (T)August 20, 2025

T-348 de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Personera Municipal El Tambo·Respondent Asmet Salud Eps

✓
Topic · hard data
Derecho A La Salud (Accesibilidad, Continuidad E Integralidad)-Reglas Para Suministro De Transporte Para Pacientes (Intermunicipal E Intraurbano Con Y Sin Acompañante). Gastos De Estadía Y Alimentación.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Fundamental A La Salud
  • Servicios y tecnologías de salud
  • Aplicación del principio de integralidad para garantizar la prestación de los servicios de transporte, alojamiento y alimentación para paciente y un acompañante
  • Reiteración de jurisprudencia
Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Vulneración por EPS cuando niega transporte a pacientes o a sus acompañantes
Plan De Beneficios En Salud
  • Todo servicio o medicamento que no esté expresamente excluido, se entiende incluido
4 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se tuvo como hecho común que fueron presentadas mediante la figura de la agencia oficiosa para solicitar el tratamiento integral en salud, así como el suministro de los servicios de transporte, alimentación y alojamiento para los pacientes y un acompañante.

Este último requerimiento con el fin de poder acceder a los procedimientos prescritos por los médicos adscritos a las entidades accionadas.

Se reiteró jurisprudencia constitucional relacionada con las distintas modalidades de transporte en materia de salud intermunicipal e intraurbano y el reconocimiento y pago de los gastos de estadía y alimentación.

Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se dispuso el reconocimiento de los gastos de transporte pedido por los actores para asistir hasta el lugar donde deben desplazarse para la realización de los procedimientos, exámenes, cirugías, valoraciones médicas y demás servicios en salud que requiera para el tratamiento de sus patologías.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR los ordinales los ordinales 1° a 4°, así como 6° a 9° de la sentencia emitida el 4 de diciembre de 2024, por el Juzgado Promiscuo Municipal de El Tambo, Nariño, que concedió el amparo de los derechos fundamentales a la salud, vida, vida digna y seguridad social, ordenó el tratamiento integral de Orlando y dispuso el reconocimiento de los gastos de transporte intermunicipal en cabeza de la Asmet Salud EPS las veces que sean requeridas hasta el lugar donde deba acudir para la realización de los procedimientos, exámenes, cirugías, valoraciones médicas y demás servicios en salud que requiera para el tratamiento del tumor maligno y hiperplasia de la próstata.Todo, según lo expuesto en la parte motiva de esta providencia judicial.
  2. SEGUNDO. REVOCAR PARCIALMENTE el ordinal 5º de la sentencia emitida el 4 de diciembre de 2024 por el Juzgado Promiscuo Municipal de El Tambo, Nariño, en el sentido de confirmar únicamente la negativa en reconocer los gastos de alimentación y estadía. En consecuencia, ORDENAR a Asmet Salud EPS que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, siguientes a la notificación de esta sentencia, suministre a Orlando y a un acompañante los recursos correspondientes a los gastos de transporte intermunicipal e intramunicipal. Esto, en los términos y por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia de tutela.
  3. TERCERO. DESVINCULAR al Hospital Universitario Departamental de Nariño, el Centro Médico Valle de Atriz, la Comisaría de Familia de El Tambo, el Instituto Departamental de Salud de Nariño y la Adres del trámite de la acción de tutela identificada con el número T-10.827.287.
  4. CUARTO. CONFIRMAR los ordinales 1º, 2º, 4º y 5º191 de la sentencia emitida el 6 de diciembre de 2024 por el Juzgado 002 Penal del Circuito de Chiriguaná, Cesar, que concedió el amparo del derecho fundamental a la salud y ordenó el tratamiento integral de Alejandro. Esto, por lo dicho en esta sentencia de tutela.
  5. QUINTO. REVOCAR PARCIALMENTE el ordinal 3° de la sentencia emitida el 6 de diciembre de 2024, por el Juzgado 002 Penal del Circuito de Chiriguaná, Cesar, en el sentido de confirmar únicamente la negativa en reconocer los gastos de estadía y alimentación. En su lugar, ORDENAR a Asmet Salud EPS que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, siguientes a la notificación de esta sentencia, suministre a Alejandro y a un acompañante los recursos correspondientes a los gastos de transporte intermunicipal para acudir a los procedimientos, exámenes, cirugías, valoraciones médicas y demás servicios en salud que requiera para el tratamiento de las patologías objeto de estudio en esta ocasión. Todo, según lo expuesto en la parte motiva de esta providencia judicial.
  6. SEXTO. DESVINCULAR al Instituto Departamental de Salud de Nariño, la Adres, el Sisbén, la Secretaría de Salud Departamental del Cesar, Bienestar IPS y a la Adres del trámite de la acción de tutela identificada con el número T-10.846.050.
  7. SÉPTIMO. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.