ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADOCARLOS BERNAL PULIDOA LA SENTENCIA T-272 19ACCION DE TUTELA CONTRA COLPENSIONES-Improcedencia debió fundarse en la configuración de la carencia actual de objeto por hecho superado (Aclaración de voto)Referencia: Expediente No. T-6.657.386Magistrado ponente: Alberto Rojas RíosEn atención a la decisión adoptada por la Sala Novena de Revisión en el proceso de la referencia, presento aclaración de voto. Si bien me encuentro de acuerdo con la sentencia, no comparto el análisis que allí se hizo sobre la improcedencia de la acción de tutela. Esto por cuanto en el caso concreto el accionante interpuso tres acciones de tutela que tuvieron el siguiente trámite: La primera fue declarada improcedente y seleccionada para revisión. La segunda fue declarada improcedente y excluida de revisión. La tercera amparó los derechos fundamentales del actor y fue excluida de revisión. Precisamente, en el trámite de revisión de esa primera tutela, que corresponde al expediente en referencia, se constató que Colpensiones le reconoció la pensión de invalidez al señor Efraín Cabeza Acendra mediante resolución No. SUB 193188. Si bien Colpensiones hizo este reconocimiento pensional por virtud de la tutela que por tercera vez interpuso el interesado, lo cierto es que en lo que concierne al caso decido por la Sala de Revisión se satisfizo “por completo la pretensión contenida en la [primera] acción de tutela”.De este modo, la declaratoria de improcedencia debió fundarse en la configuración de la carencia actual de objeto por hecho superado, y no, como lo señaló la sentencia, en el acaecimiento de la cosa juzgada constitucional.Fecha ut supra,CARLOS BERNAL PULIDOMagistrado
Concurring opinion
The official text of this opinion is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
JusticeCarlos Libardo Bernal Pulido
Topic of the ruling: Accion De Tutela Contra Colpensiones. Improcedencia Por Cuanto Existe Cosa Juzgada Constitucional.
✓
Official text — Constitutional Court case-law reporter's officeN1 · hard data · faithful reproduction of the published opinion