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Tutela ruling (T)May 14, 2025

T-185 de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Rodriguez Macuna Oswaldo·Respondent Uariv

✓
Topic · hard data
Derechos Al Debido Proceso Administrativo E Identidad Cultural-Inscripción En El Registro Único De Víctimas De Comunidad Indígena Como Sujeto Colectivo De Reparación.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Comunidad Indigena
  • Reconocimiento y protección constitucional
  • Reconocimiento como sujetos colectivos de derechos fundamentales
Reconocimiento De Comunidades Indigenas
  • Criterios subjetivos y objetivos para identificarlos como población étnica y cultural
Reparacion Integral A Pueblos Y Comunidades Indigenas
  • Contenido y alcance del Decreto ley 4633 de 2011
Derecho Colectivo Fundamental A La Identidad Cultural Indigena
  • Garantía de la comunidad y de cada uno de sus miembros para actuar según su cosmovisión dentro y fuera del territorio tradicional
Registro Único De Víctimas
  • Inscripción de grupo indígena como sujeto de reparación colectiva
  • Importancia
  • Reglas jurisprudenciales para inscripción
Estado Colombiano
  • Deber de proteger a pueblos indígenas afectados por el conflicto armado y víctimas del desplazamiento forzado
Derecho A La Reparación Integral Por Desplazamiento Forzado
  • Planes de reparación colectiva para comunidades indígenas víctimas del conflicto interno
Inscripcion En El Registro Unico De Victimas
  • Constituye un derecho fundamental de las víctimas
Derecho Al Autorreconocimiento De Comunidad Indigena
  • Elemento principal que configura la condición de indígena
16 topics · 19 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El accionante, en calidad de representante de la comunidad indígena Je’eruriwa Yucuna, alegó que la UARIV vulneró derechos fundamentales al negar la inscripción de la colectividad como sujeto de reparación colectiva en el Registro Único de Víctimas (RUV).

El precitado pueblo es originario del Amazonas y fue víctima de desplazamiento colectivo en 1986, debido a la presencia de grupos armados, en especial de las FARC-EP.

Por lo anterior, sus miembros se dispersaron en diferentes municipios y perdieron parte de su identidad cultural y territorio.

En el año 2017, el Ministerio del Interior reconoció oficialmente a la comunidad como grupo étnico.

La entidad negó lo solicitud con base en dos argumentos: (i) que al ser reconocida en el 2017, no cumplía con el requisito de existencia previa a los hechos victimizantes y, (ii) que ya había incluido en el RUV a la comunidad Yucuna del Resguardo Mirití-Paraná, la cual asimiló con la comunidad accionante.

Se analizó la siguiente temática: 1º.

La protección constitucional de los pueblos indígenas. 2º.

El derecho a la autonomía y autodeterminación de los pueblos indígenas. 3º.

El derecho a la atención y reparación de los pueblos indígenas víctimas del conflicto.

Se CONCEDIÓ el amparo y se impartieron una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos tutelados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de segunda instancia del 22 de octubre de 2024, proferida por el Tribunal Superior de Villavicencio, que declaró improcedente la tutela que promovió Oswaldo Rodríguez Macuna en contra de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, así como la sentencia de primera instancia del 17 de septiembre de 2024, proferida por el Juzgado 003 de Ejecución de Penas y Medidas de Aseguramiento de Villavicencio, que negó el amparo de los derechos del accionante. En su lugar, AMPARAR los derechos al debido proceso administrativo, identidad cultural y reparación integral de la comunidad indígena Je"eruriwa Yucuna, por las razones expuestas en la presente providencia.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS las resoluciones 2018-86434 del 2 de noviembre de 2018, 2018-86434R del 30 de mayo de 2019, 20210492 del 18 de diciembre de 2020 y 20243589 del 19 de julio de 2024, todas ellas emitidas por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, por las consideraciones desarrolladas en este fallo.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas que, dentro del término de diez (10) días, contados a partir de la notificación de esta sentencia, profiera un nuevo acto administrativo en el que: (i) reconozca la existencia de la comunidad indígena Je"eruriwa Yucuna, de manera previa a los hechos victimizantes de desplazamiento ocurridos en 1986; (ii) reconozca la independencia de la comunidad indígena Je"eruriwa Yucuna en relación con las demás comunidades de la región del Amazonas; (iii) incluya a la comunidad en el Registro Único de Víctimas como sujeto de reparación colectiva; (iv) ponga a disposición de la comunidad todos los mecanismos de atención humanitaria y reparación a que haya lugar, sin dilaciones y barreras adicionales; y (v) valore la posibilidad de incluirla en el Programa de Garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas Afectados por el Desplazamiento, creado en cumplimiento del Auto 004 de 2009.
  4. CUARTO. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí previstos.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.