Tutela ruling (T)June 19, 2026
T-183 de 2026
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Topic · hard data
Sin Información
01
Topics and subtopics of the ruling
The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Sin información
Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02
What it decided
This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 10 de septiembre de 2025 por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogot�, mediante la cual se confirm� la sentencia dictada el 27 de agosto de 2025 por el Juzgado 014 de Familia de Bogot� que neg� el amparo. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por situaci�n sobreviniente.
- SEGUNDO. ORDENAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que, dentro del t�rmino de tres (3) d�as siguientes a la notificaci�n de esta providencia lleve a cabo la evaluaci�n psiqui�trica de la se�ora Laura . A su vez, dentro del t�rmino de ocho �(8) d�as siguientes a la notificaci�n de esta providencia (i) valore la idoneidad parental de la se�ora Laura �y que, con base en el correspondiente resultado, le brinde el acompa�amiento psicol�gico que requiera y adopte las medidas de restablecimiento de derechos que considere id�neas, necesarias y adecuadas para garantizar la protecci�n integral de los derechos de Pedro . Asimismo, (ii) deber� pronunciarse sobre el r�gimen de visitas entre el menor de edad y su madre.
- TERCERO. ORDENAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que, dentro �del t�rmino de tres (3) d�as siguientes a la notificaci�n de esta providencia, realice una diligencia prioritaria de verificaci�n de los derechos del ni�o Pedro y adopte las medidas de restablecimiento que considere id�neas, necesarias y adecuadas para garantizar la protecci�n integral de sus derechos fundamentales. En particular, deber� evaluar los factores de riesgo en los que podr�a estar inmerso Pedro , esto es: (i) desescolarizaci�n; (ii) falta de cuidadora mientras su padre trabaja; y (iii ) el inminente cambio en su lugar de residencia debido al traslado laboral de su progenitor. En cumplimiento de esta orden se deber� prestar especial atenci�n a las recomendaciones m�dicas y a las necesidades psicol�gicas y emocionales de Pedro .
- CUARTO. �De las actuaciones adelantadas en virtud de los numerales
- segundo. y
- tercero. de esta providencia, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar deber� PRESENTAR UN INFORME de cumplimiento al juez de primera instancia y a esta Corporaci�n dentro del t�rmino de un (1) mes siguiente a la notificaci�n de esta providencia.
- QUINTO. � DESVINCULAR del tr�mite de la acci�n de tutela a la Secretar�a Distrital de Salud de Bogot�, el Ministerio de Salud y Protecci�n Social, la Superintendencia Nacional de Salud, la Personer�a de Bogot�, la Cl�nica Universitaria Colombia, el Laboratorio Cl�nico Especializado Martha Dussan, el Hospital de Bosa, la Cl�nica Infantil Santa Mar�a del Lago y el Consultorio M�dico Health Consulting , por no encontrarse legitimadas en la causa por pasiva.
- SEXTO. A trav�s de Secretar�a General de la Corte Constitucional, ORDENAR a todas las partes y entidades que de una u otra manera han intervenido en este proceso, que tomen las medidas necesarias para salvaguardar la intimidad del ni�o y, por lo tanto, mantengan la reserva de los datos que permitan su identificaci�n. S�PTIMO. L�BRESE �por la Secretar�a General de la Corte Constitucional la comunicaci�n de que trata el art�culo 36 del Decreto 2591 de 1991. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Los literales a) y b) del resolutivo
- primero. de la Circular Interna No. 10 de 2022 de la Corte Constitucional disponen que se deber�n omitir de las providencias que se publican en la p�gina web de la Corporaci�n los nombres reales de las personas cuando se haga referencia a su historia cl�nica o a informaci�n relativa a su salud f�sica o ps�quica, y cuando se trate de ni�as, ni�os o adolescentes, salvo los datos de naturaleza p�blica. En sentido similar, se puede consultar el art�culo 61 del Acuerdo 01 de 2025. [2] La informaci�n sobre los hechos expuestos en el escrito de tutela fue complementada a trav�s de los elementos probatorios que obran en el expediente para facilitar el entendimiento del caso.� [3] Expediente digital, archivo �22RespuestaHospitalFundacion.pdf�, pp. 3 y 4. [4] Ibid ., p. 2. [5] Ibid . [6] Expediente digital, archivo �001 DemandayAnexos.pdf�, p. 478. [7] Expediente digital, archivo �002SECUENCIA TUTELA 23060.pdf�. [8] Expediente digital, archivo �001 DemandayAnexos.pdf�. [9] Ibid ., p. 9. [10] Ibid . [11] Ibid ., p. 10. [12] Ibid ., p. 12. [13] Expediente digital, archivo �004AutoAdmiteTutelaNiegaMedidaProvisional.pdf�. [14] Expediente digital, archivo �021RespuestaEPSSanitas.pdf�. [15] Expediente digital, archivo �22RespuestaHospitalFundacion.pdf�. [16] Expediente digital, archivo �029RespuestaDefensoraFliaCentroZonalBosaSeRequiereRemitaPDF.pdf�. [17] Ibid ., p. 7. [18] Expediente digital, archivo �013RespuestaSecretariaDeSalud.pdf�. [19] Expediente digital, archivo �015ContestacionSuperSalud.pdf�. [20] Expediente digital, archivo �018RespuestaSubredIntegradaServiciosSaludSurOccidenteESE.pdf�. [21] Expediente digital, archivo �019ContestacionClinicaColsanitas.pdf�. [22] Expediente digital, archivo �020ContestacionPersoneriadeBogota.pdf�. [23] Expediente digital, archivo �038RespuestaConsultorioMedicoHealthConsulting.pdf�. [24] Expediente digital, archivo �036SentenciaTutelaPrimeraInstancia.pdf�. [25] Ibid ., p. 47. [26] Ibid ., p. 40. [27] Expediente digital, archivo �040EscritoAccionanteImpugnacionFalloTutelaAnexosArchivo039.pdf�. [28] Expediente digital, archivo �09 Fallo2InstanciaEPSSANITAS-Menor-VidaDigna.pdf�. [29] Integrada por los magistrados Vladimir Fern�ndez Andrade y Carlos Camargo Assis. [30] Bajo los criterios: asunto novedoso y exigencia de aclarar el contenido y alcance de un derecho fundamental (objetivos) y urgencia de proteger un derecho fundamental (subjetivo). [31] La Cl�nica Universitaria Colombia y el se�or Fernando no respondieron al requerimiento realizado por esta Corporaci�n. [32] Expediente digital, archivo �RJ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03
The bench that decided
No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04
How it connects
This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.