T-132 de 2001
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Fabio Morón Díaz
✓Claimant Edgar Ibarguen Rivas Y Otro Vs. Fiscalia General De La Nacion Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Hecho superado por pago de acreencias laborales
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Protección derechos constitucionales
- Apropiación para el pago no debe implicar alteración turno de entrega
- Trabajadores de la Rama Judicial
- Actualización monetaria que la administración adeuda
- Reconocimiento intereses moratorios
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Seccion Primera, el seis (6) de julio de dos mil (2000), en el expediente T-353 516, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia en cuanto nego la solicitud de amparo constitucional solicitado por el senor EDGAR IBARGUEN RIVAS contra LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION, Representada por el Director Nacional Administrativo y Financiero y EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
- Segundo. REVOCAR PARCIALMENTE la decision proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Seccion Primera, el seis (6) de julio de dos mil (2000), en el expediente T-353 516, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia en cuanto nego la solicitud de amparo constitucional solicitado por el senor HELADIO SANCHEZ MOSQUERA contra LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION, Representada por el Director Nacional Administrativo y Financiero y EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental a la igualdad.
- Tercero. ORDENAR al Ministerio de Hacienda y Credito Publico, a mas tardar, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, situe, si ya no lo hubiere hecho, los fondos necesarios para el pago de cesantias parciales solicitadas por el demandante SANCHEZ MOSQUERA junto con su correspondiente indexacion, siempre que hubiere apropiacion presupuestal suficiente.
- Si no existiere apropiacion presupuestal, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico debera, dentro del mismo termino ya senalado, iniciar los tramites necesarios a fin de efectuar las correspondientes adiciones presupuestales.
- Cuarto. ORDENAR a la Direccion Ejecutiva de Administracion Judicial de la Fiscalia General de la nacion y la respectiva seccional, que, a mas tardar dentro de los cinco (5) dias siguientes al momento en que el Ministerio de Hacienda y Credito Publico haya situado los fondos respectivos, proceda, si ya no lo hubiere hecho, al pago de las cesantias parciales que se adeudan al demandante SANCHEZ MOSQUERA, indexando las sumas a pagar, tal como lo dispuso la sentencia SU-400 del 28 de agosto de 1997, proferida por la Sala Plena de esta Corporacion. Dichos pagos deberan realizarse respetando los turnos de las respectivas solicitudes de cesantias.
- Quinto. DAR cumplimiento por Secretaria General a lo previsto en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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