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Tutela ruling (T)February 10, 2025

T-047 de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Paula·Respondent Universidad Regional Del Occidente

✓
Topic · hard data
Derecho A La Estabilidad Ocupacional Reforzada-Debido Proceso Y Acceso A La Administración De Justicia (Personas Con Cáncer, No Se Le Renueva Contrato De Prestación De Servicios Por Demanda Previa De Existencia De Una Relación Laboral).
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Debido Proceso Y A La Administracion De Justicia
  • Vulneración por imponer barreras que impiden el acceso al sistema judicial
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud
  • Caso en que se dio por terminado contrato de prestación de servicios de accionante sin autorización previa del Ministerio del trabajo
  • Reglas jurisprudenciales
Accion De Tutela Contra Acto Administrativo
  • Procedencia excepcional cuando amenaza derechos fundamentales
Juez De Tutela
  • Facultad de fallar extra y ultra petita
Libertad De Configuracion Legislativa En Materia De Procedimiento Judicial
  • Acceso a la administración de justicia y debido proceso
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada
  • Procedencia excepcional de la acción de tutela para su protección cuando el trabajador se encuentra en estado de debilidad manifiesta
Derecho Al Debido Proceso
  • Contenido y alcance
10 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La actora alegó que la institucional accionada vulneró sus derechos fundamentales al no luego renovar su contrato de prestación de servicios a pesar de tener un diagnóstico de cáncer.

Además, porque le negó la posibilidad de demandar debido a la política de daño antijurídico de la institución educativa que recomendaba no contratar al personal que tuviera un proceso litigioso en contra de ella.

Se pidió al juez constitucional ordenar el reintegro; el pago de la indemnización por despido discriminatorio.

Se reiteró jurisprudencia sobre: 1º.

Los derechos al acceso a la administración de justicia y al debido proceso y sus limitaciones constitucionales. 2º.

El derecho a la estabilidad ocupacional reforzada de personas en estado de debilidad manifiesta por razones de salud.

Luego de declarar que la universidad accionada vulneró los derechos al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la vida digna, la salud y el trabajo, le ordenó renovar a la peticionaria el contrato de prestación de servicios, cancelar los honorarios dejados de percibir y pagar la indemnización de 180 días debido al despido discriminatorio.

Así mismo, se ordenó a la universidad eliminar el artículo 2 de la Resolución número 709 del 22 de diciembre de 2023, que contempla la posibilidad de excluir de la contratación a personas que hayan interpuesto una demanda contra la institución, y capacitar a todos sus funcionarios en que la política de daño antijurídico no implica en ningún sentido que no pueden acudir libremente al sistema judicial para proteger sus derechos e intereses.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 19 de julio de 2024, proferida por el Juzgado 074 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Bogotá que negó la acción de tutela. En su lugar, DECLARAR que la Universidad Regional del Occidente vulneró los derechos al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la vida digna, la salud y el trabajo de la señora Paula.
  2. SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR que la Universidad Regional del Occidente, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de esta providencia, (i) renueve el contrato de prestación de servicios de la señora Paula, (ii) cancele los honorarios dejados de percibir por la señora Paula entre el momento en el que presentó la acción de tutela y esta decisión y (iii) pague la indemnización de 180 días por concepto de honorarios, a favor de la accionante, según lo previsto por el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, aplicable a los contratos de prestación de servicios.
  3. TERCERO. ORDENAR que la Universidad Regional del Occidente, dentro del mes siguiente a la notificación de esta providencia, elimine el artículo 2 de la Resolución número 709 del 22 de diciembre de 2023, que contempla la posibilidad de excluir de la contratación a personas que hayan interpuesto una demanda contra la institución. Además, capacite a todos sus funcionarios en que la política de daño antijurídico no implica en ningún sentido que no pueden acudir libremente al sistema judicial para proteger sus derechos e intereses.
  4. CUARTO. NEGAR las pretensiones de la accionante de conminar a que la Universidad Regional del Occidente de Bogotá no impida la compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación por el delito de fraude a resolución judicial por haber desconocido lo decidido en la primera acción de tutela y compulsar copias a la Procuraduría General de la Nación por la comisión de las faltas disciplinarias por parte del rector.
  5. QUINTO. DESVINCULAR al Juzgado 008 de Pequeñas Causas y Competencia de Bogotá, la Clínica Colsanitas, el Ministerio del Trabajo, Sanitas EPS, ARL Positiva y Colpensiones del presente proceso.
  6. SEXTO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.