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Tutela ruling (T)February 6, 2025

T-044 de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Abrahán Antonio Cruz Bautista·Respondent Seguros La Previsora Sa

✓
Topic · hard data
Derecho A La Seguridad Social-Obligación De Pagar Honorarios Ante Las Juntas De Calificación De Pérdida De Capacidad Laboral Derivado De Un Accidente De Tránsito. Principio De Oficiosidad Del Juez De Tutela.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Honorarios De Las Juntas De Calificacion De Invalidez Y Seguro Obligatorio De Accidentes De Transito
  • Estos deben ser asumidos por la entidad de previsión, seguridad social o la sociedad administradora en la que se encuentra afiliado el solicitante
Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente
  • No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
Derecho A La Seguridad Social
  • Es un derecho fundamental que encuentra su sustento en el artículo 48 de la Constitución y en los tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad
  • Alcance y contenido
Juntas De Calificacion De Invalidez
  • Realizan evaluación técnico-científica del grado de pérdida de la capacidad laboral, origen de invalidez y fecha de estructuración
Honorarios De Las Juntas De Calificacion De Invalidez
  • Normatividad
  • Reiteración de jurisprudencia
Principio De Oficiosidad E Informalidad
  • Juez de tutela tiene la obligación de tomar medidas necesarias para proteger derechos fundamentales
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
8 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de la aseguradora accionada se atribuyó a la negativa de pagar los honorarios de la Junta de Calificación para que se adelantara la valoración de la pérdida de capacidad laboral del accionante.

Se reiteró jurisprudencia sobre el derecho a la seguridad social y el pago de honorarios de las Juntas de Calificación de Invalidez y se recordó que, conformidad con el artículo 50 del Decreto 2463 de 2001, el artículo 41 de la Ley 100 de 1993 y la jurisprudencia constitucional, las compañías de seguros deben asumir el trámite de calificación cuando hayan aceptado el riesgo de invalidez y muerte, especialmente, en aquellos casos en los que el beneficiario demuestre su falta de capacidad económica para realizar el pago.

Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se advirtió a la accionada que, en lo sucesivo, debe observar la normatividad y la jurisprudencia de la Corporación relacionada con el pago de los honorarios y se abstenga de imponer barreras a sus afiliados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del 29 de julio de 2024 proferida en segunda instancia por la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior de Cundinamarca y Amazonas mediante la cual se declaró improcedente la acción de tutela. En su lugar, CONFIRMAR la sentencia del 12 de junio de 2024 proferida en primera instancia por el Juzgado Promiscuo de Familia de Chocontá que concedió el amparo de los derechos fundamentales del señor Abrahán Antonio Cruz Bautista, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. ADVERTIR a la compañía de seguros La Previsora S.A para que, en lo sucesivo, observe detenidamente la normatividad y la jurisprudencia constitucional relacionada con el pago de los honorarios de las juntas de calificación de invalidez y se abstenga de imponer barreras que dilaten injustificadamente los trámites de pérdida de capacidad laboral e indemnización permanente.
  3. Tercero. LÍBRESE por la Secretaría General de la Corte Constitucional la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.