ACLARACIÓN DE VOTO DE LA MAGISTRADAMARÍA VICTORIA CALLE CORREA A LA SENTENCIA C-745 15SISTEMA DE DEFENSA TECNICA Y ESPECIALIZADA DE MIEMBROS DE LA FUERZA PUBLICA-Constituye una modalidad de auxilio a personas naturales (Aclaración de voto)SERVICIO DE DEFENSA TECNICA Y ESPECIALIZADA A INTEGRANTES DE LA FUERZA PUBLICA-Exequibilidad debió condicionarse a que prestación con recursos públicos sólo beneficia a integrantes de escasos recursos sin medios económicos que deban asumir cargas desproporcionadas para financiar su propia defensa (Aclaración de voto)Referencia: expediente D-10786 Asunto: Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 1698 de 2013 “Por la cual se crea y organiza el Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los miembros de la Fuerza Pública, y se dictan otras disposiciones”. Demandante: Liliana Andrea Ávila García Magistrada ponente:GLORIA STELLA ORTIZ DELGADOSuscribo esta decisión, pero considero relevante precisar, como lo hice en el salvamento parcial de voto a la sentencia C-044 de 2015, que en mi concepto el sistema de defensa técnica y especializada de los miembros de la Fuerza Pública constituye una modalidad de auxilio a personas naturales, y su exequibilidad ha debido condicionarse a que la prestación del servicio de defensa técnica con recursos públicos sólo beneficiara a aquellos integrantes de la fuerza pública de escasos recursos que carezcan de los medios económicos y deban asumir cargas desproporcionadas para financiar su propia defensa. Esa posición no fue acogida por la Corte, pero la sostengo y por eso decidí aclarar el voto.Fecha ut supra,María Victoria Calle CorreaMagistrada
Concurring opinion
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JusticeMaría Victoria Calle Correa
Topic of the ruling: Defensa Fuerza Pública. Sistema De Defensa Técnica Especializada De Fuerza Pública.
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