C-381 de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero
✓Claimant Decreto Legislativo 274 De 2025·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos de orden formal
- Alcance
- Alcance del control de constitucionalidad
- Exequibilidad parcial
- Concepto
- Alcance
- Características
- Naturaleza
- Competencia extraordinaria del Gobierno Nacional para modificar el Presupuesto General de la Nación
- Juicio de finalidad
- Juicio de conexidad material
- Juicio de motivación suficiente
- Juicio de intangibilidad
- Juicio de necesidad
- Juicio de necesidad jurídica
- Juicio de proporcionalidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de incompatibilidad
- Juicio de no discriminación
- Juicio de ausencia de arbitrariedad
- Juicio de necesidad fáctica o idoneidad
- Inexequibilidad por consecuencia
- Pérdida de vigencia no inhibe su control judicial por la Corte Constitucional
- Control formal y material
- Aplicación en decretos de desarrollo dictados al amparo de un estado de excepción
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Control de constitucionalidad del Decreto Legislativo 274 del 11 de marzo de 2025, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025, en el marco de la Declaratoria del Estado de Conmoción Interior en la Región del Catatumbo, el área Metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.
De manera preliminar la Sala Plena constató que la materia regulada en la precitada norma se encontraba cobijada por la exequibilidad parcial declarada en la Sentencia C-148/25.
Posteriormente entró a analizar el cumplimiento de los requisitos formales y materiales de validez que exigen la Constitución, la Ley Estatutaria de Estados de Excepción, las normas de Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y la jurisprudencia constitucional.
Finalizada la revisión de rigor la Sala Plena decidió declarar (i) EXEQUIBLE CONDICIONADO el artículo 1º.
(ii) INEXEQUIBLE POR CONSECUENCIA el artículo 2º respecto de las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones correspondientes a la totalidad de las medidas financiadas con recursos adicionales del PGN de la vigencia fiscal de 2025 de los sectores Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Transporte, Interior y Vivienda, Ciudad y Territorio.
(iii) CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE el artículo 2º respecto de las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones correspondientes a la totalidad de las medidas financiadas con recursos adicionales del Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025 de los sectores Salud y Protección Social, Inclusión Social e Igualdad y Equidad.
(iv) PARCIALMENTE EXEQUIBLE el artículo 2º respecto de las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones correspondientes a los sectores Presidencia, Agricultura y Desarrollo Rural y Educación.
(v) EXEQUIBLE el artículo 3º.
What it decided
Holdings on Decreto legislativo 274/25. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 1 del Decreto Legislativo 274 de 2025, "por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025, en el marco de la Declaratoria del Estado de Conmoción Interior en la Región del Catatumbo, el área Metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar", en el entendido de que la adición al presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2025 comprende únicamente el monto de los recursos correspondientes a las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones que se declaran exequibles o exequibles de manera condicionada en esta providencia.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLE, por consecuencia, el artículo 2 del Decreto Legislativo 274 de 2025, "por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025, en el marco de la Declaratoria del Estado de Conmoción Interior en la Región del Catatumbo, el área Metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar", respecto de las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones correspondientes a la totalidad de las medidas financiadas con recursos adicionales del Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025 de los sectores (i) Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, (ii) Transporte, (iii) Interior y (iv) Vivienda, Ciudad y Territorio, con los efectos en el tiempo de que trata el cuadro final de esta providencia, que sintetiza las razones expuestas en la parte motiva.
- Tercero. Declarar CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE el artículo 2 del Decreto Legislativo 274 de 2025, "por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025, en el marco de la Declaratoria del Estado de Conmoción Interior en la Región del Catatumbo, el área Metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar", respecto de las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones correspondientes a la totalidad de las medidas financiadas con recursos adicionales del Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025 de los sectores (i) Salud y Protección Social, (ii) Inclusión Social y (iii) Igualdad y Equidad, en el entendido de que estos recursos presupuestales adicionales no pueden ser destinados a financiar medidas que busquen responder a problemáticas históricas y estructurales, en los términos particulares y con los efectos de que trata el cuadro final de esta providencia, que sintetiza las razones expuestas en la parte motiva.
- Cuarto. Declarar PARCIALMENTE EXEQUIBLE el artículo 2 del Decreto Legislativo 274 de 2025, "por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025, en el marco de la Declaratoria del Estado de Conmoción Interior en la Región del Catatumbo, el área Metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar", respecto de las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones correspondientes a los sectores (i) Presidencia, (ii) Agricultura y Desarrollo Rural y (iii) Educación, en los términos y con los efectos de que trata el cuadro final de esta providencia, que sintetiza las razones expuestas en la parte motiva, a partir de las cuales se declaró la exequibilidad, exequibilidad condicionada o inexequibilidad de algunas de las medidas de estos sectores, financiadas con recursos adicionales del Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025.
- Quinto. Declarar EXEQUIBLE el artículo 2 del Decreto Legislativo 274 de 2025, "por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025, en el marco de la Declaratoria del Estado de Conmoción Interior en la Región del Catatumbo, el área Metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar", respecto de las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones correspondientes a la totalidad de las medidas financiadas con recursos adicionales del Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025 del sector Defensa, con los efectos en el tiempo de que trata el cuadro final de esta providencia, que sintetiza las razones expuestas en la parte motiva.
- Sexto. Declarar EXEQUIBLE el artículo 3 del Decreto Legislativo 274 de 2025, "por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la Vigencia Fiscal de 2025, en el marco de la Declaratoria del Estado de Conmoción Interior en la Región del Catatumbo, el área Metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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