Aclaración de voto a la Sentencia C-340 98Referencia: Expediente D-1956Aunque la ponencia original en este proceso proponía la inconstitucionalidad de lo acusado, no puedo hacer nada distinto de acatar -aunque no comparta- la decisión de la Corte en el sentido de negar todo efecto jurídico vinculante al "Mandato por la paz, la vida y la libertad" (Sentencia C-339 de la fecha, con ponencia del H. Magistrado Carlos Gaviria Díaz).Las razones que sustentaban la orientación inicial de la ponencia guardaban relación directa con la fuerza vinculante del Mandato, en calidad de criterio interpretativo obligatorio de la Constitución Política.Desaparecido el argumento, ante la definición que ya hizo la Sala Plena, las cosas quedan como estaban antes de la expresión de esos "buenos deseos" del pueblo y, por tanto, lo procedente es reiterar, como se hace, lo que en ocasiones anteriores ha sostenido la jurisprudencia.Me remito al salvamento de voto depositado en torno a la mencionada Sentencia.JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDOMagistradoFecha, ut supra.
Concurring opinion
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JusticeJosé Gregorio Hernández Galindo
Topic of the ruling: Ley 418/97. Art. 13 Parcial. Mandato Por La Paz. Excepcion De Prestacion Del Servicio Militar Para Menores De 18 Años.
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