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Constitutional review ruling (C)July 3, 2025Full bench

C-298 de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Carvajal Sánchez Bernardo Andrés·Respondent Decreto Ley 2150 De 1992

✓
Topic · hard data
Inexequible Norma Que Otorga Facultades Sancionatorias Y Cautelares Al Superintendente Del Subsidio Familiar Por Desconocer Los Principios De Reserva De Ley, De Legaldad Y El Debido Proceso. Decisión Con Efectos Diferidos.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Principio De Reserva De Ley
  • Vulneración por indeterminación y ambigüedad de las medidas cautelares y sancionatorias a cargo del Superintendente de Subsidio Familiar
  • Concepto
  • No es absoluto
Competencias Especiales O Atipicas
  • Jurisprudencia constitucional
Ley Marco
  • Ámbito y regulación por el Gobierno
Medidas Cautelares
  • Concepto
  • Clases, contenido y alcance
  • Características
Caja De Compensacion Familiar
  • Naturaleza jurídica
  • Exigencias por parte de la Superintendencia de Subsidio Familiar
Control De Constitucionalidad Sobre Facultades Extraordinarias
  • Otorgamiento por artículo transitorio de la Constitución
Potestad Reglamentaria
  • Límites por reserva de ley
Principio De Legalidad Y Debido Proceso
  • Vulneración por indeterminación y ambigüedad de las medidas cautelares y sancionatorias a cargo del Superintendente de Subsidio Familiar
Principio De Legalidad
  • Contenido y alcance
  • Reserva de ley
Funciones De Inspección, Vigilancia Y Control
  • Margen de configuración legislativa
Control De Constitucionalidad
  • Competencias especiales o atípicas
24 topics · 32 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 7° (parcial) del Decreto Ley 2150 de 1992, por el cual se reestructura la superintendencia del subsidio familiar.

Las disposiciones censuradas establecen facultades de inspección, vigilancia y control a cargo del Superintendente del Subsidio Familiar.

Según el demandante, dicha facultad vulnera los artículos 6°, 29, 121, 122, 123, 150.8, 333 y 334 de la Constitución Política.

El actor argumentó la alta indeterminación y ambigüedad de las medidas cautelares diseñadas por el legislador extraordinario, las cuales no resultan distinguibles de otros procedimientos administrativos, como los referidos a la potestad sancionatoria.

La Corte constató la afectación del principio de reserva de ley y, como consecuencia de ello, la afectación de los principios de legalidad y debido proceso.

Con base en lo anterior declaró INEXEQUIBLES los numerales 20, 22 y 23, este último en sus literales a), b), c) y d) del artículo 7° del Decreto Ley 2150 de 1992.

No obstante, consideró que la expulsión inmediata del ordenamiento jurídico de las normas objeto de la precitada declaratoria generaría un impacto que causaría traumatismos en cuanto a la efectividad del régimen de inspección, vigilancia y control analizado, cuya aplicabilidad es necesaria para asegurar los fines superiores a los que sirve el sistema del subsidio familiar.

Por lo anterior, moduló los efectos de la presente decisión para que el Congreso de la República en el plazo de dos legislaturas, esto es hasta el 21 de junio de 2027, expida la ley que contenga el régimen integral de intervención administrativa por parte de la Superintendencia del Subsidio Familiar.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Decreto ley 2150/92. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 7°Decreto ley 2150/92STRUCK DOWN
1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declarar la INEXEQUIBILIDAD de los numerales 20, 22 y 23 -este último en sus literales a), b), c) y d)- del artículo 7° del Decreto Ley 2150 de 1992.
  2. Segundo. DIFERIR los efectos de la declaratoria de inexequibilidad hasta el 21 de junio de 2027. Una vez cumplido dicho término, las normas perderán vigencia de forma definitiva y, en consecuencia, las medidas administrativas que se fundamenten en ellas dejarán de producir efectos jurídicos.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
DissentJuan Carlos Cortés GonzálezDissentVladimir Fernández Andrade
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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